La procuradora general de la Nación Alejandra Gils Carbó quedó procesada por administración fraudulenta en la compra de un edificio por el cual se pagaron 44 millones de pesos.
Viernes 13 de octubre de 2017
El juez federal Julián Ercolini procesó a Alejandra Gils Carbó como coautora del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, por la compra del edificio ubicado en la calle Perón al 600, para que funcionen las oficinas de la Procuración. Dicho edificio nunca se utilizó para tales motivos.
Además de la compra por 44 millones de pesos, se pagaron comisiones por $ 10,7 millones.
El juez además embargó a la jefa de los fiscales nacionales, por 7 millones de pesos. Otros cuatro imputados terminaron procesados.
El segundo de la funcionaria, Guillermo Bellingi, cobró 3 millones de pesos en concepto de comisión por la operación inmobiliaria, también quedó procesado.
En la resolución el juez Ercolini considera que Gils Carbó fue coautora del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, que implica una pena de dos a seis años.
Según el expediente: “Se buscó dar un viso de legalidad a algo que habría estado decidido de antemano, previo acuerdo con ejecutivos de la sociedad propietaria del edificio, Arfinsa Argentina Financiera SA”.
Ercolini consideró que la procuradora y el subdirector Guillermo Belling "violaron consciente y voluntariamente los deberes" de funcionarios públicos. En el caso Belling, fue el responsable de “modificar los términos de la licitación”.
“De forma directa o través de intermediarios, los funcionarios idearon y llevaron a cabo un complejo plan orientado a adquirir directamente para el Ministerio Público Fiscal, bajo la simulación engañosa de una licitación pública, el edificio de la calle Perón 667”, sentencia Julián Ercolini.
La operación se concretó por $ 43.850.000 y según dicta la resolución, contó con la intervención "dolosa y fundamental" de Bárbara Jaureguiberry, encargada de firmar el contrato por la inmobiliaria y Juan Carlos Thill, productor de seguros que participó como intermediario. El procesamiento también los incluyó con embargos de $5 millones.
El juez consideró que Gils Carbó y sus funcionarios “se interesaron en miras de la obtención de un beneficio, tanto para aquellas personas como para sí mismos”.
Según indicó el juez, se generó “de modo deliberado un lucro indebido para algunos de sus intervinientes, que como contrapartida conformó un perjuicio patrimonial apreciable para el Estado nacional”.
Durante toda la operación inmobiliaria que para Ercolini fue "simulada" y que todo el tiempo "estuvo direccionado su proceso licitatorio", se pagó una comisión de 7,7 millones de pesos a Jaureguiberry que a su vez pagó otra comisión de 3 millones de pesos por asesoramiento a Juan Carlos Thill.
Además, se sostuvo que la compra fue por un "monto significativamente mayor a los 27 millones de pesos que se hubieran pagado de haberse concretado la operación relativa a la licitación pública N° 17/2012, que sólo dos meses antes había sido dejada sin efecto".
En el expediente se señaló que durante todo el proceso se buscó que “la oferta que hiciera Arfinsa sea la que obtuviera mejor puntaje y resultara adjudicataria”. Por ello el concurso público para él juez fue planteado como “una simulación” y que todo habría estado decidido de antemano, “previo acuerdo con ejecutivos de la sociedad propietaria del edificio”.
En tanto la defensa la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó sostuvo “No nos sorprende porque algunos medios periodísticos, con persistencia cercana a la certeza, lo venían anunciando”, luego de que el juez federal Julián Ercolini la procesara por considerarla coautora del delito de administración fraudulenta en la compra de un edificio para la Procuración. Anunciaron que “se interpondrán los recursos judiciales pertinentes”.
El estudio de León Arlsanian, que representa a Gils Carbó, sostuvo en un comunicado que “se trata de un delito imaginario” y expresó que “el procesamiento produce estupor”. “Se le adjudica una de las modalidades de la defraudación cuando, en realidad, no existió daño patrimonial alguno”, remarcaron los abogados.
“Por fin, cabe señalar que genera suspicacia el dictado de esta resolución con anterioridad al lunes 23 de octubre”, concluye el texto, al relacionar el procesamiento con las elecciones legislativas del 23 de octubre.