La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la resolución del Ministerio de Justicia que en 2016 redujo al 25% el monto de las indemnizaciones para las personas que tuvieron que exiliarse durante la última dictadura militar.
Martes 8 de octubre de 2019 23:38
FOTO I Ministros de la Corte Suprema de Justicia: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.
El fallo del máximo Tribunal disponen que vuelvan a percibir la misma indemnización que quienes estuvieron detenidos en el país a disposición del Poder Ejecutivo Nacional.
El macrismo, desde que asumió, buscó atacar las conquistas logradas por los organismos de derechos humanos y sectores de la sociedad. Durante más de 40 años de lucha lograron que se reconozca los crímenes de Estado cometidos por los militares, las fuerzas de seguridad que, con el apoyo de la Iglesia, empresarios y el Poder Judicial, desaparecieron más de 30.000 luchadores obreros y populares.
El terror instalado desde el golpe en marzo de 1976, llevó al exilio forzado de miles de personas. Sin embargo, a poco de asumir el Gobierno decidió fijar el valor de la indemnización a una cuarta parte de las establecidas para quienes estuvieron detenidos-desaparecidos.
La Ley 24.043, dispone que los exdetenidos perciban una indemnización por cada día de su detención. El cálculo de lo percibido está establecido por la treintava parte de la remuneración mensual asignada a la categoría superior del escalafón para el personal civil de la administración pública nacional. Este mismo cálculo se estableció para la indemnización que deben percibir los exiliados.
German Garavano, ministro de Justicia, firmó en 2016 otra resolución donde considera que hay una “violación de los principios de igualdad y razonabilidad” en la reparación.
Empero, este martes los jueces de la Corte, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, firmaron a favor del recurso extraordinario interpuesto por María Cristina Fernández, quien debió exiliarse en México entre 1975 y 1983.
En el reclamo que realizó Fernández, solicita que la indemnización sea establecida por la ley 24.043. En la causa “Yofre de Vaca Narvaja”, resuelta en 2004, que falló a favor que, en los casos de exilio forzoso, se aplique esta misma ley. En base a este precedente fallo la Corte a favor de Fernández.
Este fallo llega días después que Macri dispusiera homenajear e indemnizar a los militares caídos en 1975 en la provincia de Formosa.
El homenaje de Macri, además de una decisión electoral, comulga con el sistema de ideas de un sector importante de su gestión. Como ha quedado claro en más de una ocasión, en el macrismo conviven un sector negacionista del genocidio ocurrido en la dictadura con otro que avala la teoría de los dos demonios.
La lucha contra la impunidad continúa. La exigencia de que abran los archivos de la dictadura que están en manos del Estado y de la Iglesia está más planteado que nunca, para conocer qué pasó con los 30.000 desaparecidos y a quienes fueron entregados los niños nacidos en cautiverio. Pero también para impedir que los negacionistas en el gobierno avancen en dirección contraria de los avances conquistados contra la impunidad.
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