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Red Internacional
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Despotismo empresarial. Ordenan a Coto pagar el sueldo a un empleado que no puede reincorporarse a trabajar por una patología cardíaca

El trabajador sufre una patología que –conforme al DNU 297/2020- le impide reincorporarse a desarrollar su actividad normalmente, por lo que la empresa decidió dejar de pagarle su sueldo desde el mes de marzo.

Jueves 6 de mayo de 2021 16:06

La Justicia Laboral de Rosario hizo lugar a la solicitud del trabajador abandonado por la gigante cadena de supermercados COTO y ordenó pagarle una compensación no remunerativa equivalente a su salario habitual de forma retroactiva desde el mes de marzo que fue cuando dejó de cobrar el sueldo correspondiente.

El empleado ingresó a trabajar en el frigorífico finalizando el año 2000, donde desarrolla sus tareas como depostador en una cámara frigorífica a 3° bajo cero y en jornadas que van desde las 22 hs a 6.00 am, que ha llevado al trabajador a sufrir una patología cardíaca que lo coloca en el grupo de personas de riesgo. Tal enfermedad, fue reconocida por la empresa mediante el control médico de su parte.
Si bien el DNU 1033/2020 dispuso el fin del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, posteriormente se publicó el DNU 67/2021, regulando la situación de los trabajadores en situación de riesgo mayor, con la finalidad de prorrogar sin término dicha reglamentación: “La suspensión del deber de asistencia prevista en la Res. 207/20”.

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En este marco, Coto dejó de responder los telegramas enviados por su persona denunciando estar dentro del grupo de riesgo y nunca se le liquidó el sueldo bajo la figura de la “enfermedad inculpable”, por lo que legalmente no corresponde ingresarlo al período de reserva de puesto de trabajo, lo que significa dejar de abonarle su sueldo.

En la sentencia, la jueza dispone que: “En este escenario procesal, donde un sujeto de preferente tutela constitucional interpone un amparo invocando una norma nacional de emergencia que le garantiza un ingreso monetario de carácter alimentario durante la segunda ola de una pandemia, entiendo que la medida cautelar innovativa encuentra mayor asidero en el caso concreto, cuando la propia empleadora se etiqueta como “...el mayor empleador de la República Argentina”. Tenemos por un lado, un trabajador que por una problemática mundial como es una pandemia la normativa lo exime de reintegrarse a su puesto de trabajo, por lo que le quitan su ingreso fuente de subsistencia del grupo familiar, y por el otro, citando a la jueza de la causa: “...a una sociedad comercial sobradamente capitalizada, como lo confiesa esta última”, por lo cual sentenció que el balance de derechos en pugna (subsistencia del trabajador y su familia) es infinitamente más desequilibrado que la inercia frente a esta empresa comercial, “ordenando a COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACIÓN SA a pagar una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social, incluyendo en forma retroactiva al momento en que se lo considero en período de reserva de puesto”.

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Un antecedente para los laburantes que deben sufrir el abuso de patronales poderosas como es esta cadena de supermercados COTO, que sin embargo sin una pelea judicial no hubiese tenido resultados favorables, en empresarios que en nuestro país acostumbran a detentar el poder sobre sus trabajadores.

Vale recordar que se trata de una empresa que en el país tiene el poder de ser marcadora de precios, algo que sufren el conjunto de los trabajadores en la constante suba de los mismos. Así se puede ver el aumento sobre las carnes que llegó al 5%, cadenas de supermercados como COTO son a la vez los dueños de esos mismos frigoríficos exportadores.

Esto se suma a las innumerables agresiones que han sufrido trabajadores de la firma de parte de la patota COTO cuando han intentado organizarse por sus reclamos laborales, la última denunciada por un delegado de Santos Lugares que sufrió una golpiza al ingresar al supermercado.

Hace pocos días se conocieron nuevamente denuncias de sus empleados que se ven expuesto al contagio del covid en la segunda ola de pandemia, sin tener los protocolos de seguridad necesarios, algo que se ha mantenido desde el inicio de la pandemia en el marco de patronales despóticas avaladas por los gobiernos.