Se presentaron los fundamentos de la apelación ante la sala I de la Cámara Criminal y Correccional de Apelaciones Federal al dictado del sobreseimiento provisional en el incidente donde se investiga el asesinato del ex dirigente nacional del PST Cesar Arturo Robles Urquiza.
Lunes 6 de marzo de 2017 08:29
Una resolución puesta en crisis por los fundamentos de la querella
Andrea Robles, querellante en la causa “Triple A” con el patrocinio del CEPRODH presentó los fundamentos de la apelación a la resolución dictada en diciembre pasado por el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°5 en donde se decretaba el sobreseimiento provisional en el incidente en donde se investiga la autoría y participación de los miembros de la Triple A en el asesinato de Cesar Arturo Robles Urquiza.
Esta resolución fue dictada bajo el argumento de que no podían hallarse los responsables materiales del asesinato del nombrado ex dirigente del PST, a pesar que se tiene como probado que el autor intelectual del asesinato era el ex ministro del Ministerio de Bienestar Social López Rega, las imputaciones no han avanzado en quiénes dependían funcionalmente de él dentro de la organización paraestatal.
En el escrito presentando por la querella se pone de manifiesto y se hace un detallado análisis de los argumentos que dan por tierra con los fundamentos del juez de primera instancia.
En primer lugar se demuestra que no hubo una valoración correcta de las pruebas ya existentes que permiten establecer una hipótesis de quienes fueron los autores mediatos, participes y autores materiales del asesinato que se investiga. En este sentido se hizo mención a los distintos testimonios que obran en la causa como así también a los indicios que dan cuenta de una zona liberada por la Policía Federal en el momento en que secuestran en la calle a Cesar Robles. Al mismo tiempo en los fundamentos se desarrolla toda la cadena de mandos y de jerarquías que permiten rastrear a los responsables penales que tuvieron participación en distintos grados en la organización criminal creada por López Rega bajo el amparo de Juan Domingo Perón. En los fundamentos se aduce que: “…una organización parapolicial dedicada a la persecución política e ideológica de un colectivo social desde el aparato del Estado. Que esta práctica generalizada de por si constituyo una grave violación a los derechos humanos por la garantía de impunidad que les daba actuar desde el Estado y protegidos por ese poder. Por lo tanto es de vital importancia tener presente que debe ser bajo ese contexto en que se llevaron a cabo los hechos investigados que se valore la prueba…”
“Los juicios de lesa humanidad como la continuidad de la política por otros medios”
Causas políticas como pocas, las investigaciones comenzaron hace 41 años sufriendo la causa diversos archivos y aperturas siempre dependiendo de la coyuntura política por la que se atravesaba. Se señala como el primer momento de las investigaciones el periodo que va del año 1975 con la denuncia inicial hasta 1981 en donde se dictó el sobreseimiento provisional de la causa, siendo premonitorio esta clase de resoluciones a pesar de contar con suficientes pruebas para continuar las investigaciones. El segundo momento de la causa es el que comienza en 1983 con su reapertura a partir de testimonios que vinculaban a Aníbal Gordon con la “Triple A”. Esta segunda etapa está marcada por la investigación casi exclusivamente de lo que se denominó “Grupo Gordon”. La investigación arrojó nuevamente una gran cantidad de elementos probatorios sobre el accionar de la Organización y sus miembros, pero finalmente por el fallecimiento de López Rega se decretó extinguida la acción penal en 1989. El tercer periodo se inicia con la reapertura de la causa en el año 2006 en donde se incorporan los casos de Daniel Banfi, Luis Latrónica y Laguzzi. El avance de la causa en esta etapa estuvo signada por la ubicación de Almirón en España y su pedido de extradición, como así también el procesamiento y detención de Rovira y Morales en Argentina. En este marco fueron incorporados 681 casos, de los cuales se formaron distintos incidentes en donde se adoptaron diferentes medidas de prueba. Uno de estos incidentes tiene que ver con el homicidio de Cesar Robles.
A lo largo de todo el escrito presentado también se ha hecho una fuerte denuncia de los eslabones que conforman una larga cadena de impunidad que se repiten en muchos de los juicios de lesa humanidad que se llevan a cabo. Es por eso que la querella ha planteado que la no apertura de los archivos en manos del Estado es parte de esta política de impunidad que pone límites constantes a la búsqueda de la verdad. Como así también se ha hecho mención al sistemático desguace sufrido en esta causa: “…Igual sentido de impunidad nos produce que con las investigaciones parciales producto de la falta de unificación de las distintas causas que se fueron abriendo a lo largo de los años. El accionar sistemático de la Triple A contra un sector social previamente señalado se torna difuso y no permite un análisis centralizado de todo ese accionar planificado con investigaciones que solo abarcan grupos de individuos, o incluso a una sola persona como el presente incidente…”.
La querella se pregunta finalmente entonces: “¿Después de 41 años de existencia de la causa, de las diferentes coyunturas por las que atravesó, que más se necesita para que se les impute el asesinato de Cesar Robles a los miembros de la Triple A?”.