Hacia finales del siglo XIX y principios del XX, México se encontraba en plena incorporación al modelo capitalista internacional. Nación dependiente y con cercanía a unos Estados Unidos que en aquel entonces pujaban por convertirse en una nación imperialista, nuestro país concentraba una alta inversión extranjera, principalmente estadounidense, británica y francesa.
Las consecuencias de ello se vieron en la proliferación tanto de las haciendas en el campo como de fábricas y minas en algunas concentraciones urbanas. Ante ello comenzaron a surgir los primeros sindicatos en México, la mayoría de tinte anarco-sindicalista, y también los conflictos obreros no se hicieron esperar: la huelga de Cananea, reprimida con el aval de Porfirio Díaz y el gobierno estadounidense, y el lock-out de Río Blanco, fueron las primeras pruebas de fuego del proletariado mexicano.
Hacia las elecciones de 1910, Francisco Ygnacio Madero se encontraba como favorito en las encuestas electorales, pero por abajo también existía simpatía por el Partido Liberal Mexicano, partido fundado por los hermanos Ricardo y Enrique Flores Magón que giró al anarco-sindicalismo y fundaría una tradición propia de esa vertiente en nuestro país.
Si bien el movimiento obrero tuvo en realidad una participación en la Revolución Mexicana, mucho más limitada a acciones de corte reivindicativo, su papel como un actor clave dentro de la economía no escapó a los dirigentes del movimiento. La oposición del zapatismo con el Plan de Ayala y del villismo, así como de las tensiones reflejadas en la Convención de Aguascalientes en 1914, le dejaron claro al bando burgués, los constitucionalistas encabezados por Venustiano Carranza y Álvaro Obregón, que era clave desviar las aspiraciones obreras y campesinas desplegadas durante el ascenso de 1910-1917, hacia la ilusión en la accion del estado burgués, desde arriba, quitándole todo filo revolucionario a la movilización obrera y popular.
Es así que la Constitución de 1917 introdujo el Artículo 123, el cual originalmente estipulaba la duración de la jornada de ocho horas, la jornada nocturna de siete, la jornada de seis para mayores de 12 años y menores de 16, la prohibición del trabajo infantil, el día de descanso, la regulación del trabajo femenino, etc. Sin embargo, también ponía límites dentro de lo que eran derechos laborales; es así que también señalaba en su fracción VI: "El salario mínimo que deberá disfrutar el trabajador será el que se considere suficiente, atendiendo las condiciones de cada región, para satisfacer las necesidades normales de la vida del obrero, su educación y sus placeres honestos, considerándolo como jefe de familia".
Con ello no sólo imponía el papel de sostén del hogar al varón como proveedor de los ingresos, sino que también dejaba al aire cuánto significaba un salario "considerado suficiente", una laguna que los capitalistas han sabido explotar por décadas. Dichas lagunas no eran meras ingenuidades, sino reflejo del carácter burgués de la Constitución y del desvío del esfuerzo revolucionario a favor del empresariado nacional, lo cual no vino sin antes aplastar a la oposición villista y zapatista militarmente.
Es así como la Constitución de 1917 se encuentra entre las primeras en incorporar las llamadas "garantías sociales", una innovación dentro del derecho que después fue estudiada por Max Weber al redactar la constitución alemana en la ciudad de Weimar. Pero no nos dejemos engañar: la incorporación de este artículo, por muy progresivo que sea, fue arrancado gracias a las movilizaciones obreras que costaron varios muertos, a la vez que la misma Constitución de 1917 ha servido como un leal instrumento de la burguesía mexicana para mantener a raya al movimiento de masas.
El constitucionalismo social surgido de la revolución mexicana y de Weimar tuvo por objetivo armonizar el reconocimiento de derechos sociales y democráticos con el derecho de propiedad privada de las empresas, es decir, con el derecho de explotar fuerza de trabajo. [1]
Pero en México, esta suerte de equilibrio no se habría podido mantener de no ser por el surgimiento de formaciones como el PRI, que bajo distintas formas [2] y amparado en distintas justificaciones, [3] mantuvo, ya sea con concesiones —como el reparto agrario o la expropiación petrolera— o con franca represión —como se atestiguó en el sexenio de Gustavo Díaz Ordaz y Luis Echeverría—, el orden social capitalista.
Actualmente, el artículo 123 y la Constitución en general han sufrido diversas modificaciones, las cuales han permitido reformas laborales como la que introdujo Felipe Calderón en 2012, la cual fue alfombra roja que legalizó el outsourcing y fungió como palanca para la aprobación de las demás reformas que aprobó Peña Nieto. Hoy en día la juventud mexicana a duras penas puede decir que ese artículo los beneficia —dejando de lado que el desarrollo tecnológico podría permitir la reducción de la jornada laboral—, ya que la llamada "uberización de la economía" ha traído consigo que empresas como Rappi, Uber y varias más evadan los lineamientos establecidos por ese artículo.
Es por ello que es menester organizarnos en un Movimiento Nacional contra la Precarización y los Despidos que obligue al gobierno que tanto se jacta de ser heredero de lo que denomina la "Tercera Transformación" que dio pie a la Constitución actual a que levante una perspectiva que enfrente la política del gobierno, que impulsó la reapertura de la economía por orden directa de Donald Trump, avaló miles de despidos e impuso a rajatabla, allí donde pudo, la precarización laboral por medio de programas de empleo como Jóvenes Construyendo el Futuro y otros que integraron a miles de jóvenes a la vida laboral sin las prestaciones de las generaciones previas. |