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30 de octubre de 2020 Twitter Faceboock

Derechos Humanos
Juicio Escuelita VII: el Tribunal Oral Federal N° 1 pretende restringir la transmisión virtual de indagatorias y declaraciones
Marina López Dorigoni

Foto: Leonardo Petricio

El próximo 2 de diciembre comienzan las audiencias en el Tribunal Oral Federal N° 1 de la Ciudad de Neuquén, en el Juicio “La Escuelita”, en su tramo VII. El tribunal pretende que las indagatorias y declaraciones testimoniales no se transmitan en vivo.

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El Juicio “La Escuelita” iniciará su etapa VII a partir del 2 de diciembre en la Ciudad de Neuquén. El Tribunal Oral Federal, compuestos por Jueces Alejandro Cabral, Alejandro Silva y Simón Bracco, notificó a las partes la modalidad con la que se concretará este tramo, en el que se ventilarán hechos que tienen a veinte víctimas directas: Guillermo E. Buamscha, Miguel A. Pincheira, Pedro Daniel Maidana, Cecilia L. Vecchi, Alicia A. Pifarré, Susana Mujica, Mirta Felisa Tronelli, Carlos A. Schedan Corvalán, Jorge A. Asenjo, Carlos Chávez, Arlene Seguel, Alicia A. Villaverde Ferrari, Darío Altomero, César Dante Giliberto, Eduardo París, Nora N. Rivera, Raúl H. González, Eva L. Garrido, Dora Seguel, Argentina Seguel.

Los imputados en este tramo son 17 y, en su mayoría ya condenados en otras causas, en esta zona y otras.

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En las distintas etapas, los juicios se caranterizaron por contar con la presencia de organismos de Derechos humanos, centros de estudiantes y distintas figuras. Sin embargo, en esta ocasión el TOFresuelve: “1. Las audiencias de debate se celebrarán en el salón AMUC de este Tribunal, sito en Avda. Argentina 1637 de la Ciudad de Neuquén Capital, a puertas cerradas, a fin de cumplir con el distanciamiento social entre los presentes autorizados a concurrir. 2. Considerando la modalidad adoptada en el punto anterior, a fin de garantizar la publicidad del juicio, se realizará la transmisión en vivo por el portal informativo de la CSJN (www.cij.gov.ar) de todos los actos del debate a excepción de las indagatorias y declaraciones testimoniales…”

Esto motivó a la querella del CeProDH (Centro de Profesionales por los DDHH) hacer una presentación ante el Tribunal, requiriendo se revoque la restricción relativa a la no publicidad de las indagatorias y declaraciones testimoniales.

En sus planteos, destaca que “entiende esta querella que el Tribunal al negar la posibilidad de transmitir en vivo las “las indagatorias y declaraciones testimoniales”, niega lisa y llanamente la posibilidad real de satisfacción de la garantía de publicidad. Como es público conocimiento las Madres de Plaza de Mayo Filial Neuquén y Alto Valle, parte fundamental del proceso histórico que nos condujo a estos juicios, con participación en todos los tramos desde el I al VI y para quienes es un principio fundamental acompañar, por los que ya no están y esperan justicia, se verían absolutamente impedidas de acceder realmente y ejercer su derecho político constitucional. Por su edad, desde el mes de Marzo se encuentran aisladas en sus hogares. Lo mismo ocurre con Oscar Ragni, padre de Oscar Alfredo Ragni, secuestrado y desaparecido desde 23 de diciembre de 1976, y así podríamos mencionar a muchas y muchas integrantes de los distintos organismos de Derechos Humanos, familiares y acompañantes a quienes les será imposible asistir físicamente al lugar por razones de fuerza mayor.

Si la publicidad en los procesos penales comunes se establece como una garantía, no solo para las partes sino también para la sociedad, en estos procesos históricos cobra aún mayor valor.

Las audiencias de estos debates son parte fundamental en la transmisión de conciencia en la sociedad de lo ocurrido durante la última dictadura cívico militar y eclesiástica.

En otro párrafo de la presentación del CeProDH expresan: “Impedirle a la sociedad en general, a las familias y acompañantes de las victimas testigos y a la gran mayoría de las y los integrantes de los Organismos de Derechos Humanos ver en el mismo momento en que sucedan, las testimoniales e indagatorias, implica violentar una garantía social internacionalmente reconocida, retroceder 45 años de historia en este proceso y continuar poniendo sobre sus espaldas la responsabilidad que le quepa al Estado argentino, por haber demorado 45 años el juzgamiento de los crímenes cometidos durante la última dictadura”.

Es de esperar que el resto de las querellas y la fiscalía se hagan eco de este planteo, en pos de propiciar que el TOF resuelva satisfactoriamente. Para las Madres de Plaza de Mayo, filial Neuquén y Alto Valle, para Oscar Ragni, para tantes familiares y militantes de DDHH es imprescindible ser parte de manera virtual, en época de pandemia, estar presentes acompañando los valientes testimonios de víctimas y familiares.

 
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