La huelga es un derecho de las y los trabajadores que se encuentra reconocido, aunque la regulación legal establece varios límites. No obstante, políticamente es un método de lucha para la conquista de mejores condiciones laborales, así como de vida para las familias trabajadoras.
El artículo 2º. de la Ley Federal del Trabajo (LFT) señala que un trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de las y los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva.
Según el artículo 440 de la misma Ley, la huelga “es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores” y políticamente es el instrumento de los más efectivos con el que la clase obrera hace valer sus demandas ante la patronal, pues cuestiona quién toma las decisiones dentro del centro del trabajo y visibiliza que sin las y los trabajadores no puede funcionar.
Los objetivos que busca la huelga se encuentran regulados y restringidos en el artículo 450, sin embargo, en esta ocasión solo nos concentraremos en el de la obtención de la celebración del contrato colectivo de trabajo (CCT).
¿Cuáles podrían ser ejemplos de casos en los que se solicite la firma de un CCT por este objetivo?
1. El centro de trabajo es nuevo, por lo que se daría tiempo a constituir un sindicato con las y los trabajadores, para posteriormente exigir la firma de un CCT.
2. No había organización de las y los trabajadores, por lo que no había ningún sindicato previamente en la empresa o centro de trabajo ya existente, y se conforma uno, tras una lucha de trabajadores que solicitan posteriormente la firma del CCT.
3. Porque habiendo sindicato, que por alguna razón no logra que se establezcan condiciones laborales colectivas que les apliquen a todas las y los trabajadores por igual. Por lo que aquí podría haber una traba legal o política de la patronal.
Este objetivo implica que en casos similares como los ya expuestos, en un centro de trabajo las y los trabajadores se organizan para conformar un nuevo sindicato, el cual busca que se reconozcan los derechos colectivos y consten por escrito, por lo que, a través del emplazamiento a huelga, condicionará su accionar a la firma de un nuevo CCT.
Estos emplazamientos a huelga han ido a la baja posterior a 2017. En los primeros cinco meses de 2018 hubo 1,467 emplazamientos a huelga con este objetivo, pero en 2022 eran solo 185 sindicatos los que pedían la firma de su CCT.
Según la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), en 2023 los sindicatos que han emplazado a huelga por este motivo han sido solo 9 de enero a mayo, aunque ha habido hubo 286 emplazamientos por otros distintos objetivos este año.
La huelga como instrumento de lucha
Los datos que proporciona la STPS no explican en sí mismos la causa de tal baja, pero podemos valernos de algunos hechos para averiguar ¿por qué hay cada vez menos emplazamientos a huelga que busquen la firma del CCT?
En primer lugar, resulta contradictorio que ante el aumento del empleo y ante el asentamiento acelerado de inversión extranjera privada en México, no existan emplazamientos para la firma de CCT. Por lo que queda confirmado que el trabajo que se ha creado es totalmente precario y sin acceso a derechos colectivos. Esto explicaría que el empleo precario impide más emplazamientos por firma de CCT.
En segundo lugar, hay límites legales a la posibilidad de firmar nuevos CCT, vemos cómo la LFT restringe con múltiples candados la posibilidad de emplazar a huelga, resultando perjudiciales para lxs trabajadorxs, pues son medidas claramente antisindicales que buscan disuadir y desviar para que no se opte por ese legítimo recurso de la clase trabajadora.
Finalmente, no podemos descartar las trabas políticas que imponen las burocracias, las patronales y los gobiernos a la organización de las y los trabajadores, así como a la mejora de sus condiciones laborales.
Por lo que es válido replantearnos la huelga como una herramienta de lucha organizada de manera independiente al gobierno, partidos patronales e instituciones, en cada dependencia o centro de trabajo, con la cual lxs trabajadorxs enfrentemos la precarización y luchemos por recuperar plenos derechos laborales para poder hacer uso de esta herramienta conquistada por décadas de luchas obreras.
Junto a la huelga también tenemos métodos de lucha como el paro, la movilización, etc. Pero también se requiere la unidad al interior del centro de trabajo, lo que implica que ningún trabajador esté contratado por fuera de los CCT, así como al exterior entre los diferentes sectores de trabajadores.
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