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La Izquierda Diario
8 de octubre de 2014 Twitter Faceboock

Mendoza
Juicio por gatillo fácil en San Rafael
Noelia Nieto

La valoración de las pruebas, llevó al Fiscal a cambiar la carátula por el crimen de Fabio Basualdo en manos del arma reglamentaria de un Policía de Mendoza. El juicio por la muerte del adolescente de 16 años Fabio Basualdo está llegando a su momento cúlmine, y según lo actuado en el día de ayer se va pareciendo cada vez más a un típico caso de gatillo fácil. En este caso el autor es el imputado Nelson “Urraca” González, cabo de la Policía de Mendoza.

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Fotografía: Emanuel Sanchez Varretti.

La valoración de las pruebas, llevó al Fiscal a cambiar la carátula por el crimen de Fabio Basualdo en manos del arma reglamentaria de un Policía de Mendoza.

El juicio por la muerte del adolescente de 16 años Fabio Basualdo está llegando a su momento cúlmine, y según lo actuado en el día de ayer se va pareciendo cada vez más a un típico caso de gatillo fácil. En este caso el autor es el imputado Nelson “Urraca” González, cabo de la Policía de Mendoza.

En el día de ayer miércoles, cuando se desarrollaba la última jornada de interrogatorios a testigos y peritos policiales y judiciales habiéndose realizado, el día martes, la reconstrucción de los hechos, los abogados querellantes Dres. Martín Marsianesi (por la familia Basualdo) y Juan Ángel Vázquez (por la D.I.N.A.F.) solicitaron al Fiscal Dr. Victor Giambastiani que atendiera el pedido de cambio de caratula pues ellos entienden que los hechos de la elevación a juicio cambiado sustancialmente en el desarrollo del debate que se viene realizando desde el día 17 de septiembre.

El Dr. Marsianesi se explayó durante algo más de media hora en su justificación basada en nuevas pruebas, las cuales se diferencian de las provistas por el Juez de Instrucción Pablo Peñasco en la Elevación a Juicio. El cambio de carátula que requieren es de “homicidio causado en exceso del cumplimiento del deber y en legítima defensa propia” a “homicidio agravado”.

Estas son las evidencias:

1- Todos los testimonios aseguraron que Fabio Basualdo no portaba ningún tipo de arma.

2- Ningún testigo de la fiesta vio el arma calibre 22.

3- Ningún personal policial ve la supuesta arma.

4- Tampoco ningún vecino que estuvo en el lugar pudo verla.

5- Yanina Taboada pone bajo sospecha al compañero del policía Cabo Lucero,
diciendo que arroja un arma precisamente donde se encuentra momentos después el arma que se le atribuye al chico Basualdo.

Y concluye expresándole al Tribunal que se deduce que el hecho no se configura en los presupuestos mínimos necesarios de legítima defensa. Por lo tanto la Querella solicita se aplique los artículos 80 inciso 90 del Código Procesal Penal que prevé la pena de prisión perpetua al que matare a otro abusando de su función o cargo cuando fuere miembro de las fuerzas de seguridad policiales o del servicio penitenciario.

En respuesta a lo solicitado por la Querella, el Fiscal le responde que ratifica muchos de los argumentos de la querella pero rectifica otras. En estas circunstancias, el Fiscal Giambastiani relata una interesante línea de tiempo que incluye en el momento cero, la fiesta donde Fabio concurre con Martínez (imputado hasta el momento por “amenazas agravadas y tenencia de arma de guerra sin la debida autorización”) y se extiende hasta aproximadamente media hora después, cuando aparece el arma de fuego que se le pretendía adjudicar al fallecido. Este time line deja al descubierto hechos, mentiras y complicidades tantos de los procesados como también de la policía interviniente en el operativo.

Algunos de los datos que el Fiscal toma para cambiar definitivamente la carátula es:

1- Martínez y no Basualdo regresa a la fiesta con un arma de fuego calibre 38 secuestrada en la causa.

2- No se pude probar que Fabio portara el arma calibre 22, ni que apuntara, ni que se abalanzara sobre el policía en el momento de la fatal aprensión.

3- Por lo tanto no había motivos para que González desenfundara el arma, la cargara y procediera de la manera que lo hizo. Tampoco se pudo probar que hiciera un disparo de advertencia contra la acequia.

4- Quedó probado que el arma 22 no se encontraba en el lugar de los hechos hasta que el Oficial Lucero regresara de un sospechoso viaje a 150 km/h a 18 km de ahí, en apariencia, ordenado por su superior Chirivino.

5- Se prueba que el arma fue “plantada”, quizás no por González, ya que quizás él no fue el mentor de esa idea, pero si por los funcionarios de mayor jerarquía.

6- El Fiscal destaca las escuchas en la radio en la que se declara desde el Centro de Operaciones, la frase “Están trabajando con mucho misterio ahí”.

7- Los testigos Taboada y Cristian Martínez dicen que Basualdo obedece a la voz de alto y levanta las manos.

8- El Jefe de Científica, Narváez, declaró que el funcionamiento del arma del policía
funcionaba perfectamente por lo que descarta un disparo accidental. La misma se encontraba con los tres seguros sacados. También asegura que el teatro de los hechos se encontraba alterado.

9- González, al bajar a detener a Basualdo, lo hace portando su arma reglamentaria en modo de disparo inmediato, sin cubrirse del supuesto agresor armado, lo que comprueba que éste no se sentía en peligro lo que de ahí se deduce que Fabio Basualdo no tenía arma alguna.

10- Realiza una maniobra para desestabilizar a Fabio con un arma en la mano sin seguro, con el dedo en el guardamonte.

El Fiscal concluye “… No obstante el Oficial Lucero haya resultado sobreseído en instrucción por encubrimiento agravado, como así también el de incumplimiento de deberes de funcionario público lo que sí ameritará será las pertinentes compulsas a Mugetti Emilio y Chirivino Hugo para que se investigue si las conductas de estos se enmarcan en los delitos de Encubrimiento Agravado…” Y aclara que estas causas no prescribe porque son funcionarios público.

Luego de estas exposiciones el Presidente del Tribunal Jorge Yapur se dirige a González para explicarle y resumirle la nueva acusación y los alcances de la misma “…De acuerda a esta nueva carátula se determina que ud., no actuó amparado por alguna justificación y luego se excedió sino que nunca estuvo ni en legítima defensa ni en cumplimiento del deber porque Basualdo no portaba arma. Pero no actuó con intenciones de matar sino que, teniendo en cuenta sus conocimientos de policía y tras haber cumplido 15 años en la fuerza, ud. con el arma en posición de disparo y conociendo del peligro que esto confiere no actuó en consecuencia y se produjo así el hecho. En las consecuencias fácticas sería un homicidio simple cuya pena puede ser de 8 a 25 años de prisión…”

En relación a los reiterados casos de abuso por parte de la Policía de Mendoza y de otras instituciones es que el pasado martes en horas de la mañana, se hicieron presentes los integrantes del programa interministerial “Arte, Libertad y Derechos” dependiente de los Ministerios de Desarrollo Social y Derechos Humanos, Trabajo, Justicia y Gobierno en conjunto con Dirección General de Escuela de Mendoza para realizar su taller itinerante a cargo de la Magister Verónica Torres en la Escuela Abelardo Arias Balloffet. También concurrieron alumnos de las escuelas, Platero y Proyectar.

Al finalizar el encuentro, el Director de Protección de DDHH Emilio Baez comenta acerca del taller “…en estas charlas recibimos exposiciones de casos de vulneración de derechos y por eso venimos acá a San Rafael, porque los casos de violencia institucional están latentes (…) Creemos que es importante promocionar cuales son los derechos que tienen y promover la organización. Por ejemplo en esas famosas detenciones por averiguación de antecedentes, bajo mi punto de vista me parecen arbitrarias y hasta inconstitucionales…”. Al respecto también se expresa la Directora de Promoción de DDHH Natalia Brito “… No solo por parte de la policía existen vulneración de derechos, también sucede en las escuelas, hospitales y reparticiones públicas (…). La sociedad es un actor importante y no siempre hay una reacción social, participativa, de demanda, de organización que ataque los hechos de vulneración. Muchas veces, parte de la sociedad avala determinadas detenciones por portación de rostro o por ser mujer de determinado sector social vayas a un hospital y por ello te traten de una manera distinta. Ese aval social también aporta a que no haya una reflexión distinta, profunda y sincera dentro de las instituciones.
Brito, luego de una larga conversación dice que sin quitarle responsabilidad al Estado, tiene que poner en valor la importancia que tienen los medios de comunicación que incitan, o no, a los ciudadanos a reaccionar de determinada manera ante estos hechos.

Respecto del juicio para determinar responsabilidades por la muerte de Fabio, el Dr. Baez se hizo presente en la reconstrucción de los hechos en Pueblo Diamante y aseguró que le preocupa la situación comentada en el taller acerca de los vallados invisibles que existen en algunas arterias de la ciudad delimitadas por personal policial con la excusa de los denominados “averiguación de antecedentes”.
Regresando al juicio, el abogado del policía el Dr. Torres solicitó un cuarto intermedio hasta el lunes 6 de octubre.

 
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