Luego de meses de lucha y movilización permanente, finalmente el Juzgado Público de Familia falló a favor de los y las trabajadores de La Paz Limpia por la reincorporación de 69 trabajadores despedidos en un plazo máximo de tres días. Sin embargo, este fallo es parcial ya que no determina sobre los salarios que no fueron percibidos durante estos meses de lucha, los cuales deberán ser reclamados por la vía ordinaria. Los únicos que pueden garantizar que se cumpla esta sentencia, si el alcalde Revilla y la empresa deciden desconocerlo, son los trabajadores mismos mediante la movilización y las acciones directas.
En los próximos días es necesaria una gran movilización de las Centrales Obreras Departamentales respectivamente, una encabezada por Hugo Torrez, que es la que ha organizado una movilización el 17 de abril en apoyo a los despedidos aunque luego no dio continuidad a más acciones. ¿No fue acaso que organizó esta movilización del 17 de abril, en el marco de las disputas por legitimidad con la otra COD de Carlos Calla?
La otra COD encabezada por Carlos Calla no solo no dio apoyo a los trabajadores si no que jugó un papel desastroso al aceptar un acuerdo con la Alcaldía, sin la participación de los delegados de base de los despedidos de LPL, y niega la conminatoria y se acepta analizar caso por caso la situación de los trabajadores despedidos. Acuerdo que fue rechazado por los despedidos.
Lo cierto sin embargo es que las dos Centrales Obreras Departamentales tienen responsabilidad ante el conflicto de La Paz Limpia. Las dos Centrales tienen que dejar las disputas y ponerse al servicio de las y los trabajadores que en esto caso pasa por hacer respetar el fallo judicial y garantizar la efectiva reincorporación. Esta acción de Amparo Constitucional se ha realizado después de una serie de violaciones de los derechos laborales.
En noviembre del año pasado, producto de la lucha de las y los trabajadores, se firmó un convenio entre la Alcaldía de la Paz, la empresa La Paz Limpia y las y los trabajadores. Dicho convenio garantizó que cada uno de las y los trabajadores ingresaran a la nueva empresa de Aseo Urbano con contratos de planta e indefinidos.
Este convenio suscrito por la Alcaldía y las partes interesadas, según Bruno Rojas, experto en derechos laborales, pasa a la categoría de ley laboral pero la Alcaldía no respeta el convenio.
¿Entonces qué podemos esperar si las autoridades que deben garantizar el cumplimiento de las leyes son los primeros en violarlas?
Ante este escenario, las y los trabajadores en el mes de febrero y marzo, se presentaron al Ministerio de Trabajo para denunciar que fueron despedidos por denunciar precariedad laboral, el Ministerio en varias ocasiones citó a la empresa para que presenten las pruebas de despido de sus trabajadores. La empresa no se presentó y según el derecho laboral, la razón se le da al trabajador.
En ese sentido el Ministerio de Trabajo emitió, en fecha 3 de marzo, una conminatoria a favor de la reincorporación de 75 trabajadores. Una Conminatoria que quedó en palabras amenazantes porque en los hechos no se cumple. Sin embargo, hoy es diferente, gracias a su lucha los trabajadores ganaron un Amparo Constitucional y hoy tienen un fallo constitucional que otorga un plazo máximo de 3 días para que 69 trabajadores sean reincorporados.
¡Las CODs deben garantizar movilizaciones para hacer respetar el fallo judicial!
¡Las CODs deben garantizar la reincoporación de los y las trabajadores despedidos!
Te puede interesar: ¿Cual es la naturaleza de la división en la Central Obrera Departamental? |