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Red Internacional
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Efeméride. A 35 años de la Ley del Punto Final votada por radicales y peronistas

El 23 de diciembre de 1986, la Cámara de Diputados sancionó la primera ley de impunidad a favor de los responsables de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura-cívico-militar y eclesiástica. Días previos se llevó adelante una marcha multitudinaria que repudió la ley que contaba con media sanción.

Rosa D'Alesio

Rosa D’Alesio @rosaquiara

Jueves 23 de diciembre de 2021 20:51

El viernes 20 de diciembre de 1986, mientras diputados y senadores discutían el tratamiento de la ley, entre 50.000 y 60.000 personas se movilizaron hasta el Congreso para repudiar y expresar el rechazo a la impunidad que el Gobierno de Raúl Alfonsín estaba impulsando.

El lunes 22 de diciembre, finalmente el Senado aprobó la ley 23.492. Con media sanción pasa a Diputados. Después de un largo debate el martes 23 aprobó la ley. En ambas Cámaras el acuerdo contó con los votos de las fuerzas políticas mayoritarias: radicales y peronistas. El 24 el Ejecutivo promulgó la ley.

Ley de Punto Final: el camino hacia la impunidad

El apuro de Raúl Alfonsín por promulgar la ley estuvo ligado al malestar de las Fuerzas Armadas, que rechazaban el punto 30 de la sentencia en el Juicio a las Juntas. Allí se ordenaba continuar la investigación de quienes seguían a los jefes de las Juntas en la cadena de mando.

Sin embargo, para fines de 1986 sólo hubo una sentencia. El 2 de diciembre de 1986, el Tribunal Federal N°1 de La Plata condenó al jefe de la Policía Bonaerense en la primera etapa de la dictadura, Ramón Camps; a su subjefe, el militar Ovidio Pablo Riccheri; al director general de Investigaciones, comisario Miguel Etchecolatz y a otros cuatro subordinados por las los crímenes cometidos en la represión ilegal de lo que se conoció como “El Circuito Camps”. Este circuito contó con alrededor de treinta centros clandestinos de detención en la Provincia de Buenos Aires.

La Ley 23.492

El artículo 1 de la ley, conocida como de Punto Final, establecía: “Se extinguirá la acción penal respecto de toda persona por su presunta participación en cualquier grado, en los delitos del artículo 10 de la Ley Nº23.049, que no estuviere prófugo, o declarado en rebeldía, o que no haya sido ordenada su citación a prestar declaración indagatoria, por tribunal competente, antes de los sesenta días corridos a partir de la fecha de promulgación de la presente ley”.

A excepción de los responsables de secuestros de recién nacidos. La avalancha de denuncias presentadas por sobrevivientes y familiares de los desaparecidos, permitió continuar con los juicios. Esto fue uno de los disparadores que provocó el estallido de la crisis de Semana Santa de 1987.

Alzamiento carapintada

El alzamiento carapintada de la Semana Santa de 1987, cuestionó los juicios a las juntas y reclamó mayor impunidad. La voz de mando del levantamiento la dio el Mayor Ernesto Barreiro -que tuvo una activa participación en la represión al movimiento obrero y popular en Córdoba-, quien se negó a presentarse ante la Justicia Federal por los cargos de tortura y asesinato en el centro clandestino La Perla. Sin embargo, el núcleo de la rebelión se trasladó a Campo de Mayo, donde el teniente coronel Aldo Rico, Aldo Rico, fue el portavoz de los carapintadas. La base del levantamiento fueron los oficiales y suboficiales genocidas que no se beneficiaron con la ley de Punto Final. A pesar que el alzamiento contó con pocos apoyos públicos entre los responsables de las tropas, las FF.AA. se negaron a reprimir a los militares rebeldes. El general Alais, a cargo de la tarea, se hizo famoso por no llegar nunca a destino.

Frente a este alzamiento un sector amplio de la sociedad se movilizó. Desde el jueves santo, la Plaza de Mayo y la de los dos Congresos estaban repletas de manifestantes dispuestos a marchar hasta Campo de Mayo para impedir que se consumara la extorsión de los militares. El domingo de Pascua un sector se manifestó en las puertas de Campo de Mayo al canto de “si se atreven, les quemamos los cuarteles”.

Nuevamente el radicalismo opta por el camino de pactar con los militares y desmovilizar a amplios sectores populares que querían pelear contra los carapintadas y salvar a los militares de las consecuencias que podían sufrir por el pueblo movilizado. El Partido Justicialista y la CGT jugaron su rol infame. No llamaron a movilizarse, y mucho menos llamaron a una huelga general que podría haber derrotado a los carapintadas y a los militares que secretamente los secundaban. En cambio, la CGT acompañó a Alfonsín en su política de desmovilización.

Finalmente el domingo de Pascua, Alfonsín se traslada a Campo de Mayo y pacta con los amotinados mayor impunidad. Cuando regresa a la Casa de Gobierno, se dirige a los manifestantes pronunciando la frase que recuerda su capitulación "Felices Pascuas. La casa está en orden.” La CGT, los dirigentes empresarios, la UCR, el peronismo, el Partido Comunista y la mayoría de los partidos políticos del régimen (con la excepción del MAS, el Partido Obrero y las Madres de Plaza de Mayo, que denunciaron la capitulación) firmaron el Acta del Compromiso Democrático, donde se concede el reclamo carapintada: “el debido reconocimiento de los niveles de responsabilidad de las conductas y hechos del pasado”. En junio de ese año el Congreso aprobó la Ley de Obediencia Debida. De este modo el régimen político iba a sostenerse sobre la impunidad para los crímenes de la dictadura que garantizaron tanto el radicalismo como el peronismo.

El alzamiento carapintada no tuvo por objetivo perpetrar un golpe militar, como desde distintos sectores se quiso presentar. Los militares habían perdido legitimidad y poder, pero tenían fuerza para poner en vilo a un gobierno que intentó disciplinar, con concesiones, al Partido Militar, que aún golpeado y desprestigiado por los crímenes de la dictadura y la capitulación frente a las tropas inglesas, quería sostener su autonomía y se negaba a tener procesados.

El gobierno de Raúl Alfonsín, junto al partido Radical y el PJ, cedió a los reclamos de los militares en nombre de poner a resguardo a la democracia. Cuando en realidad todos estaban unidos para reconstruir el Estado burgués, aplastando las demandas democráticas y sociales de las mayorías populares que no cesaron de movilizarse.
Que Alfonsín no pudiera disciplinar los reclamos militares, más una situación económica convulsiva, lo obligaron a entregar anticipadamente el poder a manos del ya electo Carlos Menem. Pero todo el régimen político preservó la figura de Alfonsín como quien salvó la democracia de las asonadas militares.

Juicio a los dos demonios, impunidad para la triple A

Los juicio a los militares, durante el gobierno de Raúl Alfonsín, se dan bajo la teoría de los dos demonios.

A cinco días de su asunción Alfonsín decretó el juzgamiento de las Juntas Militares que dirigieron el país desde el golpe militar del 24 de marzo de 1976 hasta la Guerra de las Malvinas. El 13 de diciembre de 1983 firmó el decreto 157/83, por el cual se declaraba la prosecución penal contra integrantes de grupos armados, entre ellos Montoneros. Un año después, el 13 de febrero de 1984 fue detenido en Río de Janeiro el jefe Montonero Mario Eduardo Firmenich, llegando al país el 20 de octubre de 1984. Desde entonces permaneció detenido en la cárcel de Villa Devoto, hasta los indultos de Carlos Menem.

El gobierno de Alfonsín promulgó otras leyes vinculadas al período de los años 70. En mayo de 1984 se sancionó la ley 23.062, que garantiza la impunidad de los representantes del Partido Justicialista que comandaron la Triple A. Esta ley establece que la ex presidenta María Estela Martínez de Perón no podría ser juzgada por ningún delito que hubiera cometido antes del golpe militar, porque no había sido desaforada ni sometida a juicio político como prevé la Constitución, sino destituida por un “acto de rebelión”.

Por la guerra de Malvinas fue a juicio Leopoldo Fortunato Galtieri. Un Tribunal Militar lo llevó a prisión. Cumplió cinco años de cárcel hasta ser indultado y restituido su grado militar por el entonces presidente Menem en 1990.

El 9 de diciembre de 1985 se dictó la sentencia a las Juntas. Fueron condenados a prisión: Jorge Rafael Videla (presidente de facto entre 1976 y 1981), Emilio Massera, Orlando Agosti, Roberto Viola (presidente en 1981), Armando Lambruschini.
El fallo que condenó sólo a cinco de los responsables del genocidio fue apelado. El 30 de diciembre de 1986 la Corte Suprema de Justicia modificó la calificación de los delitos consiguiendo la reducción de penas para Viola y a Agosti.

La lucha y el reclamo de juicio y castigo a todos los responsables de los crímenes de lesa humanidad, continúa vigente.


Rosa D’Alesio

Militante del PTS, columnista de la sección Libertades Democráticas de La Izquierda Diario; se especializa en temas de narcotráfico y Fuerzas Armadas.

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