Se trata de Cristian Ávalos quien había sido despedido sin causa a través del Artículo n°245 de la Ley de Contrato de Trabajo en mayo de 2018. La patronal debió reincorporarlo después de que la Justicia fallara que el despido había sido discriminatorio.
Jueves 31 de agosto de 2023
Después de cinco años, Cristian Ávalos volvió a sentarse delante del volante de su interno que conduce por las calles de Morón y el oeste del Gran Buenos Aires. La alegría del chófer y de sus compañeros de trabajo era evidente. Habían dado una pelea durante mucho tiempo por su reincorporación. El caso llegó hasta la Suprema Corte de Buenos Aires, la cual le dio la razón al trabajador despedido y marcó un importante precedente para todos los trabajadores de las empresas del transporte y de la zona.
Empresa del Oeste, a pesar del fallo de la Justicia, desde abril de este año se encontraba incumpliendo con la sentencia judicial y no reincorporaba a Avalos. Finalmente, el pasado martes 23 de agosto debió cumplir con la reincorporación.
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Cristian Ávalos es conductor de Empresa del Oeste. Fue despedido en mayo de 2018. La empresa antes del despido le había ofrecido un arreglo. “Es el arreglo o el 245 (despido sin causa)” le dijo el gerente de la empresa en una reunión. Cristian que había sido anteriormente delegado de los trabajadores de la empresa durante tres mandatos, rechazó el arreglo y dijo que iba a luchar por su reincorporación.
Y así lo hizo. Acompañado por los abogados del CEPRODH (Centro de Profesionales por los Derechos Humanos), planteó un amparo ante los Tribunales de Trabajo de Morón, en el que denunció que el despido era persecutorio y discriminatorio por su actividad sindical y que se debía anular el despido y reincorporarlo.
Primero fue el Tribunal de Trabajo nº5 de Morón, que en septiembre de 2020 falló y dispuso la reincorporación de Avalos, argumentando que el despido había sido discriminatorio obstruyendo la actividad sindical de Avalos: “Por todo ello se concluye que en el caso de autos el despido del actor configuró un acto discriminatorio, desde que arbitrariamente impidió, obstruyó y restringió el pleno ejercicio de los derechos y garantías inherentes a la igualdad y a la libertad sindical individual y colectiva, amparadas por los arts. 14 bis y 16 de la Constitución Nacional y por los tratados y normas internacionales, ante la actividad gremial desplegada por el actor y la posibilidad de ser nuevamente delegado del personal, por lo que corresponde la aplicación de la ley 23952".
Empresa del Oeste apeló ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que en diciembre de 2022 volvió a confirmar la anulación del despido y la reincorporación de Cristian Avalos.
A pesar de la resistencia de la empresa por cumplir el fallo, de los ofrecimientos que recibió para “bajarse de la lucha”, Cristián siempre se mantuvo convencido de volver a su puesto de trabajo. El apoyo que recibió por parte de sus compañeros de trabajo, la Agrupación Bordó de trabajadores del transportes, otras organizaciones y trabajadores de otras empresas fue fundamental y finalmente Empresa del Oeste debió cumplir con su reincorporación.
Este caso es un precedente nunca antes visto, es la primera vez que la Empresa debe reincorporar a un chofer despedido por “el 245”, y marca un ejemplo de lucha y convicción que se le puede dar pelea al despido del 245 con la que las empresas siempre amenazan a los trabajadores.