Tras años de proceso judicial, se condenó a Sergio Patricio Esteban Chiffelle Kirby, Luis Osvaldo de Lourdes Ceballos Guerra y Óscar Arturo Aspée Aspée a penas efectivas de 10 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.
Miércoles 6 de septiembre de 2023
Todos ex infantes de marina, con entrenamiento militar especializado, y en ejercicio durante la dictadura cívico-militar. Juzgados, y ahora condenados, por crímenes de lesa humanidad y en particular por el homicidio calificado de Marcelo Barrios Andrade, tras haber allanado la residencia en la que este se encontraba en el cerro Yungay, Valparaíso.
Más de 30 años han pasado desde el asesinato de Marcelo y recién vienen a condenarles por sus crímenes, a pesar de haber planificado sus actos con anterioridad y haber llevado a cabo la operación con todo lo necesario para matar a una persona y sin ningún respaldo legal para realizarla.
Los hechos configuran para el tribunal un homicidio calificado, en contexto de lesa humanidad “(…) previsto y sancionado en el artículo 391, N° 1, circunstancia Quinta, esto es, con premeditación conocida, desde que a la luz de los antecedentes reunidos existió una deliberación y planificación en el tiempo del operativo militar que culminó con la muerte de Marcelo Barrios Andrade, lo que indefectiblemente fluye de haberse concebido previamente, de su organización al determinarse con antelación la labor que cada efectivo debía desempeñar en el sitio del suceso, cada cual con una tarea previamente asignada, portando elementos idóneos para causar la muerte de una persona, todos ellos además Infantes de Marina, de reconocida formación militar, actuando con asistencia de personal de la misma rama que vigilaba el inmueble para informar los movimientos que se advirtieran de su morador, con efectivos armados que alejaron del sector a terceros que pretendían acercarse, colocándose elementos explosivos al menos en una de las ventanas del inmueble, ubicada inmediatamente al lado de la puerta de acceso, utilizándose granadas al ingresar a la vivienda y con orden de disparar tan pronto les fuera ordenado por quien dirigía el equipo, todo lo cual revela una acción planificada y coordinada que atendido el material bélico utilizado no podía sino concluir con la muerte de Marcelo Barrios Andrade”. [1]
Fernando Benedicto Pereda Navarro, quien habría sido acusado como encubridor del caso, fue absuelto.
Sabido es que este es solo uno de los muchos casos de violaciones a los derechos humanos en Chile y en particular durante la dictadura. Es necesario que estos procesos se sigan dando, pero a este ritmo se aseguraron más de 30 años de impunidad antes de recibir condena quienes ejecutaron esta operación pero ¿Quién dio la orden? Miles de vueltas se dan cuando se trata de hacer justicia por los muertos, torturados y desaparecidos en dictadura, así como con los empresarios, políticos de derecha, carabineros y militares, aun siendo responsables de aberraciones de las más grandes imaginables.