El Gobierno publicó dos decretos de necesidad y urgencia para suspender los desalojos por falta de pago. No se condonan los pagos de las cuotas hipotecarias durante la crisis, ni se elimina el sistema de indexación por UVA.
Domingo 29 de marzo de 2020 17:44
El Gobierno a través de los decretos 319/2020 y 320/2020, publicados en el Boletín Oficial, dispuso la suspensión de los desalojos por falta de pago y se prorrogarán la vigencia de los contratos y se congelan las cuotas de los créditos hipotecarios hasta el 30 de septiembre de este año.
La norma indica que se "congelan los precios de los alquileres al valor de marzo" y que la deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre.
En tanto las deudas que “se produzcan por falta de pago, se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidad".
El decreto exceptúa “a aquel locador que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente".
Según el sociólogo Daniel Schteingart aproximadamente el 19 % de los hogares es inquilino en Argentina, pero en el caso de los jóvenes jefes de hogar es superior al 50 %. Los jóvenes en su mayoría tienen trabajos precarios y son los principales afectados en esta crisis. El subsidio de emergencia es insuficiente para que lleguen a fin de mes y que, además, después puedan pagar la deuda generada por el alquiler.
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Los decretos fueron dispuestos en "el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social" ante la pandemia.
Por su parte, el decreto 319/20 estableció hasta fines de septiembre el congelamiento de los valores de las cuotas de los créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor del mes de marzo, se congela el valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA.
En el caso de que haya diferencia “entre la suma de dinero que hubiere debido abonarse según las cláusulas contractuales y la suma de dinero que efectivamente corresponda abonar por aplicación del congelamiento del monto de las cuotas” se podrán pagar en, al menos, tres cuotas “sin intereses, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento, la primera de ellas, en la misma fecha del vencimiento de la cuota del crédito que contractualmente correspondiere al mes de octubre del corriente año”.
Además, "las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas, solo con intereses compensatorios, sin penalidades".
Para alquileres y para créditos, se dispondrá una "mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes".
Miles de familias están endeudadas con los créditos hipotecarios UVA lanzados por el gobierno de Macri. Estos préstamos se ajustan con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), es decir por inflación y en los últimos años las cuotas se dispararon.
La norma del Gobierno congela las cuotas, pero no elimina la actualización por UVA. ¿Qué sucederá cuando se cumpla el plazo de la disposición? ¿Tendrán que pagar todo lo que aumentó el UVA? La inflación no se detiene.
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El congelamiento de las cuotas es un alivio necesario para atravesar la pandemia pero la crisis económica se extenderá varios meses más y será muy difícil devolver la diferencia a fin de año. Los #HipotecadosUVA pedimos que los bancos se hagan cargo.
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El reclamo de los afectados por este tipo de créditos es salir del sistema de indexación por UVA. Además, ¿por qué no se condona el pago de las cuotas hipotecarias mientras dure la crisis? Los bancos privados ganaron en 2019 casi $ 273.000 millones, y aún el Gobierno no les exigió ningún aporte solidario.
Ante la pandemia es necesario un plan de emergencia para que los trabajadores y sectores populares no paguen esta crisis.
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