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Red Internacional
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Actualidad. Cuáles son las modificaciones en el proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo

El proyecto incorpora novedades como la inclusión en el Plan Médico Obligatorio y la eliminación de la objeción de conciencia, el acceso a la información, derechos de la ESI y la penalización a quien dilate injustificadamente su realización.

Martes 21 de mayo de 2019 23:12

El 28 de mayo la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto presenta por octava vez el proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo, que busca conquistar el aborto legal, libre, seguro y gratuito y terminar con la penalización y clandestinidad.

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El fenómeno de la marea verde, la movilización en las calles de cientos de miles de mujeres a lo largo y ancho del país, fue fundamental para arrancarle al Congreso la media sanción el año pasado. Pero finalmente fue rechazada en el Senado por la influencia de las cúpulas de las iglesias y sectores conservadores, aliados al oficialismo y de la oposición del PJ, decidiendo por sobre la voz de millones movilizadas en todo el país.

¿Qué dice el nuevo proyecto?

El proyecto actualizado contiene 20 artículos, algunos más respecto del dictamen que obtuvo la media sanción el año pasado. Entre sus diferencias se encuentran la eliminación de la objeción de conciencia, y de la extensión de semanas que habilitaban la práctica para situaciones de malformación fetal, mientras agrega asesorías que deberán ser incluidas en el Plan Médico Obligatorio y brindadas por todo establecimiento de salud.

En el Título I, primer capítulo, define la Interrupción Voluntaria del Embarazo como un derecho humano que pertenece a todas las mujeres y personas gestantes, y que debe ser garantizado “sin distinción de nacionalidad, origen, condición de tránsito y/o status de residencia/ciudadanía” de acuerdo a los tratados internacionales ratificados por la Argentina.

El sistema de plazos en función de los factores posee algunos cambios, para todos los casos se admite este derecho hasta la semana 14 inclusive. Las causales que reconoce sin plazo establecido son en caso de violación o de riesgo de vida o su salud integral, entendida como "el estado de completo bienestar físico, mental y social" según la Organización Mundial de la Salud. De esta forma incorpora la interpretación por la Corte Suprema, un avance que se diferencia de la formulación que hace el proyecto de reforma del Código Penal al respecto.

La figura que ponía como causal la “malformación fetal” fue eliminada, a raíz de los cuestionamientos de organizaciones que trabajan sobre derechos de las personas con discapacidad.

Lo más novedoso del nuevo proyecto tal vez sea la eliminación de la objeción de conciencia. En el artículo 6 establece que “En ningún caso puede contener consideraciones personales, religiosas o axiológicas de los/as profesionales de salud ni de terceros/as.”. En el dictamen que llegó al recinto de votación, esto era una discusión, ya que establecimientos de salud podían aducir esta objeción en desmedro del derecho a la salud de toda persona gestante que quiera acceder a una IVE.

Esto repercutió en que instituciones y profesionales se negaron incluso a prácticas ya legisladas, como el juicio llevado adelante en Cipoletti declarando culpable a un médico por negar un aborto no punible. Además reafirma en el artículo anterior que todos los establecimientos deben garantizar la interrupción sin autorización judicial previa.

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La otra novedad son los agregados del derecho al acceso a la información de toda persona que decida someterse a esta práctica a las asesorías varias que deben ser brindadas obligatoriamente por Plan Médico Obligatorio y todos los establecimientos. De esta manera las obras sociales estarán obligadas a dar cobertura total del tratamiento y que sea de forma gratuita dentro del sistema público de salud.

También incorpora que “La información provista debe ser objetiva, pertinente, precisa, confiable, accesible, científica, actualizada y laica de manera tal que garantice la plena comprensión de la persona.” y contempla intérpretes para las personas que no entiendan el idioma y formatos, así como medios accesibles para las personas con capacidades restringidas.

Por otra parte en el capítulo III Políticas de salud sexual y reproductiva, se agregaron derechos fundamentales y artículos respecto de la Ley de Educación Sexual Integral y derechos sexuales y reproductivos.

Por último propone modificaciones al Código Penal reafirmando la despenalización para quien practique la interrupción, y en cambio penalizar a quien dilate el plazo de 14 semanas de forma injustificada o se negare a realizar esta práctica. Esto podría aplicarse en casos como el médico de Cipoletti, o la negativa en Jujuy y Tucumán a realizar la interrupción en casos de violación.

Nuevos desafíos para conquistar todos nuestros derechos

En un país gobernado por el régimen del FMI, la pobreza que ya golpea mayoritariamente a las mujeres sólo se va a agravar, y con esto el acceso de las más jóvenes y pobres, que son quienes mayoritariamente mueren por aborto clandestino, a la salud, a la educación, o a un aborto legal, será aún más difícil. El pago a la deuda externa y los planes de ajuste sólo pueden implicar peores condiciones de vida de las trabajadoras y jóvenes.

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En un año electoral a semanas de presentación de las listas, las contradicciones que atraviesan a casi todos los bloques respecto a este derecho: posiciones a favor y en contra en todas las listas, a excepción del Frente de Izquierda que mantuvo sin fisuras el apoyo al proyecto en las calles y en el Congreso, desde sus candidatos presidenciales hasta a diputados y concejales. El resto de los partidos que habitan el Congreso desde el oficialismo de la UCR-PRO a la oposición del PJ, incluido el propio kirchnerismo sellaron mantener su relación con las cúpulas de las iglesias.

Como se recordará, fue la propia Cristina Fernández de Kirchner quien llamó, en el mismo momento que salía la votación en contra de nuestro derecho a decidir, a "no enojarse con la Iglesia" y a atar los intereses que representan los pañuelos verdes, con los que buscan imponer los llamados "celestes".

Mientras la mayoría de los partidos del régimen acuerdan sus listas esperando a ganar las urnas, se posterga la necesidad de tratamiento inmediato del proyecto porque nuestras vidas, para ellos, no son prioridad. Ese tiempo lo seguimos pagando en nuestras vidas con las consecuencias de la clandestinidad. Pero las jerarquías de las iglesias no perdieron ni un minuto: desde el rechazo en el Senado buscan avanzar contra la ESI y la “ideología de género” -como le dicen los sectores más reaccionarios-. Gobernadores como Manzur en Tucumán contra derechos ya obtenidos como la aplicación de la ILE en casos de violación.

Incluso recientemente se presentó un proyecto de reforma del Código Penal que va en contra de la exigencia del movimiento de mujeres, porque impone aún más criminalización.

Por eso más que nunca hoy depende que el movimiento de mujeres de forma independiente de esos partidos seamos una fuerza imparable en las calles, como supimos hacer e ir por más, contra el FMI y la Iglesia, siendo claras en la necesidad de no destinar ni un peso o dólar a pagar una deuda que no es nuestra, y exigir la separación de la Iglesia y el Estado con nuestros pañuelos naranjas en alto. Nicolás del Caño, diputado nacional y Nathalia González Seligra, junto a la legisladora porteña Myriam Bregman y Patricio Del Corro del PTS en el Frente de Izquierda convocan a ser miles en las calles, frente al Congreso y en las plazas que convoquen en el país, el próximo 28 impulsando la presentación del proyecto.