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Red Internacional
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CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL. Frente Amplio garantiza que plebiscitos dirimentes tengan efecto decorativo y pierde fuerza recurso de la derecha ante Corte Suprema

Pierde fuerza el recurso que los convencionales de la derecha buscaban presentar ante la Corte Suprema contra los plebiscitos dirimentes. La razón es que la fórmula de compromiso aprobada por el Frente Amplio vuelve dicho mecanismo en un gesto totalmente decorativo y simbólico.

Viernes 8 de octubre de 2021

El anuncio de la bancada de convencionales constituyentes de la derecha, de acudir a la Corte Suprema para derogar los plebiscitos dirimentes aprobados en el reglamento, ha comenzado a desinflarse. El acuerdo por la paz contempla, entre sus múltiples trabas, la posibilidad de que una minoría de constituyentes pueda acudir ante el máximo tribunal para impugnar la legalidad de las actuaciones de la convención.

El tema es que la derecha quedó tan reducida electoralmente en la convención que ni siquiera lograron obtener el número de convencionales contemplados en la ley para activar este recurso. De los 39 necesarios la derecha solo obtuvo 37 ( el artículo 136 de la Constitución de Pinochet que somete a la Convención requiere de 1/4 de la convención para presentar este recurso). Los sectores más radicales de la bancada Vamos por Chile creían poder activar este recurso convenciendo a convencionales de la ex concertación.

Sin embargo, la posibilidad se ha ido desinflando no por las trabas que impone la legislación, sino porque el Frente Amplio, con el acuerdo del PC y de la bancada de la ex lista del pueblo hicieron aprobar una fórmula abstracta de los plebiscitos dirimentes que la hace completamente inofensiva.

En el reglamento los plebiscitos dirimentes quedaron quedaran sujetos a una solicitud previa que debe hacerse a los poderes constituidos (congreso, presidencia) de hacer una ley, que permita hacer hacer los plebiscitos dirimentes. Mientras eso no suceda no habrá tales plebiscitos y todo apunta que esto no sucederá dado que depende de que en la próxima elección parlamentaria la derecha saque menos de cinco senadores, algo bastante imposible. Es un volador de luces que la Convención debe efectuar a los organismos del Estado (congreso, presidencia, servel, etc), los que quedarán como encargados de activar los mecanismos jurídicos necesarios para hacerlos viables.

El mecanismo para los plebiscitos dirimentes contemplados en el reglamento estipula que si un tema en discusión no alcanza los 2/3 (66%) pero que sí supere los 3/5 (60%) ,es decir es un pequeño margen de 10 convencionales EL tema puede someterse a un plebiscito...si es que el Congreso Nacional autoriza una ley que debe ser aprobada con un quórum de 2/3. A lo más se trataría de un mecanismo de presión para asegurar que las negociaciones no terminen cayendo en ese margen. Es decir se puede dar el caso que un tema, como la nacionalización de los recursos naturales, alcance el quórum estipulado, pero este quede simplemente en que la Convención emitió un “comunicado” solicitando respetuosamente al congreso que le permita hacer un plebiscito. Es decir una simple declaración.

La Corte Suprema, guardián de la estabilidad institucional de los poderosos desde la fundación de la república, y que prácticamente no ha sufrido ninguna modificación en los textos constitucionales, fue colocada como árbitro en “caso de emergencia” en el acuerdo por la paz precisamente por su carácter conservador.

Pero tan inofensiva es la propuesta de plebiscitos dirimentes aprobada que varios sectores han señalado, que aunque la derecha lograse juntar los 39 convencionales esta tendría pocas posibilidades de ser exitoso en esta sede judicial, dado que la convención puede legalmente hacer “declaraciones y recomendaciones”. Esto ha llevado a que incluso convencionales de derecha y de la ex concertación se desmarquen de la presentación.

Actualmente, ninguna de las bancadas de la convención ha presentado una propuesta de reforma a la Corte Suprema. Su rol de árbitro institucional, bajo el argumento de la “independencia judicial”, es aceptado de derecha a izquierda por todo el espectro de políticos del régimen. Propuestas tales como la elección popular de los jueces, los juicios por jurados, son tachadas como populistas asegurando así que una casta de funcionarios electos por los mismos políticos del régimen resguarden los intereses de la minoría privilegiada desde los tiempos de la independencia.

Incluso algunos plantean darle más poder otorgándole las atribuciones de las que hoy goza el Tribunal Constitucional, ante el desprestigio de este último, lo que reforzaría el rol de guardianes del orden del poder judicial. No por nada el acuerdo por la paz le ha dado este “freno de emergencia”

Así el Frente Amplio celebra haber desactivado la maniobra “comunicacional” de la extrema derecha en la convención al costo de continuar la operación por volver absolutamente irrelevante los cambios que esta pueda hacer. La operación del régimen por restaurar el orden previo a la rebelión continúa su curso y no requiere de exabruptos comunicacionales de un grupo de constitucionalistas descolgados para ser realizada. El propio frente amplio encuentra las fórmulas jurídicas para congraciarse con los poderosos mientras busca ofrecer una superficial cobertura de participación popular.