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Red Internacional
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MUNDO DEL TRABAJO. Mitos y verdades sobre el home office y su regulación

La pandemia por SARS-Cov-2 llegó a México a finales de febrero del año pasado, y con ello llegó toda una revolución en nuestras formas de vida, trabajo y pasatiempos.

Miércoles 13 de enero de 2021

Son miles de trabajadores los que tienen que salir a las calles a laborar con el riesgo de contraer COVID-19, arriesgando así sus vidas y las de sus familias.
Algunos otros pueden realizar sus actividades laborales desde casa realizando el Teletrabajo o más conocido como "Home Office".

Este lunes 11 de enero 2021 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma sobre el teletrabajo y entró en vigor al día siguiente de ser publicada. Esto implica un cambio a la Ley Federal del Trabajo, que no será aplicado hasta dentro de 18 meses, tiempo con el que el Gobierno Federal cuenta para crear una Norma Oficial Mexicana que regule las nuevas obligaciones.

Dichas disposiciones aplicarán a todas las relaciones laborales en las que más del 40% del tiempo laboral se lleve a cabo dentro de los hogares de las personas, o en su defecto, el domicilio de su elección.

Cabe destacar que dicha reforma únicamente aplica para la iniciativa privada, no contempla así, a los trabajadores de instituciones públicas o trabajadores informales que representan el 56.3% de trabajadores en el país.

Las condiciones del teletrabajo deben establecerse en un convenio por escrito, pactado por las partes y tiene un principio de reversibilidad, es decir, la posibilidad de establecer que no es conveniente y que pueda solicitarse el regresar a una modalidad presencial. Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)

A su vez, se contempla que dicha reforma sea incluida en el contrato colectivo (en caso de que la empresa cuente con uno) por lo que el teletrabajo y el acuerdo para implementarlo y los detalles de la modalidad deben quedar establecidos por escrito, personal o colectivamente.

Pero, ¿qué es teletrabajo?

Se entiende como teletrabajo cuando una persona realiza sus tareas laborales en un sitio físico distinto a las instalaciones de la empresa en que labora por al menos el 40% del tiempo de su jornada laboral estipulada.

En medio de una pandemia, tener la posibilidad de evitarse horas de tráfico o tener que desplazarse por transporte público puede parecer una gran ventaja y ahorrarnos mucho tiempo. Sin embargo, el traer el trabajo a casa implica el no desligar tiempos ni espacios destinados a el descanso y relajación del estrés y trabajo. Esto puede acarrear en la mayoría de los casos un desbalance psicológico, emocional y físico.

Antes de la pandemia las enfermedades mentales ya eran un fenómeno mundial, La enfermedad del siglo XXI, y el Home Office (HO) sólo vino a potencializar los detonadores de ansiedad, estrés, aislamiento, etc.

Hoy en día hay miles de familias que pierden seres queridos debido al COVID, pues no cuentan con los recursos necesarios para afrontar los gastos que implican medicamentos, citas médicas, respiradores y tanques de oxígeno, entre otras cuestiones.

En un país donde más de la mitad de los trabajadores no cuentan con seguro social -pues trabajan en la informalidad- el acceso a la salud es un privilegio de clase, aun más lo es el acceso a la salud mental, que lleva normalmente consigo un precio aún mas elevado que la medicina familiar.

Pero me ahorro los pasajes…

El realizar home office implica realizar actividades laborales dentro de casa, a su vez implica gastos extras como luz, internet, teléfono y otros servicios que se utilizaban dentro del centro de trabajo.

Los patrones deberán de contribuir con el pago de una parte proporcional de estos servicios. Aunque no se ha estipulado aún cómo se acordará qué servicios y qué porcentaje del costo absorberá cada empresa. Mientras tanto, dichos gastos siguen siendo absorbidos por los trabajadores.

De la mano de garantizar estos servicios, la empresa deberá instalar y dar mantenimientos a los equipos que entreguen a sus empleados para poder desempeñar su trabajo desde casa (computadoras, impresoras, celulares, escritorios, etc.)

Derecho a la desconexión

Antes de la pandemia y el home office las mujeres dedicaban un promedio de 37.9 horas semanales al trabajo remunerado (sin contemplar horas empleadas fuera del horario laboral) y 39.7 horas a la semana a labores domésticas. Aun teniendo desligados los espacios y horarios de trabajo remunerado y no remunerado, las horas y jornadas dobles eran extenuantes. El home office ha delegado a mujeres y madres las responsabilidades del trabajo y la casa 24/7.

En la reforma de teletrabajo se estipula que los trabajadores no participen en comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo que se den fuera de su horario laboral, entiéndanse: correos electrónicos, llamadas telefónicas, mensajes de WhatsApp, etc.

Sin embargo, esto pocas veces es llevado a la práctica y los patrones pocas veces lo respetan, y recordemos que únicamente aplica para sectores privados que cuenten con contratos formales firmados. Olvidando a miles de profesoras y profesores que trabajan sin contratos, sin horario fijos y ni siquiera contemplando a aquellos que son del sector público.

¿Y mis datos?

Los patrones deben preservar los datos personales y el derecho a la intimidad de los empleados, lo cual se vuelve imposible teniendo juntas, clases y actividades cotidianas dentro de un mismo lugar al mismo tiempo.

También estipulan que éstos no pueden dar salarios inferiores a quienes realizan home office que los de los trabajadores que realizan sus labores de manera presencial con funciones iguales o similares.

Pero, conviene, ¿no?

Puede que para los que tienen algunas condiciones laborales mejores que la mayoría, el home office traiga más ventajas que desventajas.

La realidad es que la reforma aprobada del teletrabajo poco hace por los derechos laborales de los trabajadores y no responsabiliza ni obliga en nada a los grandes empresarios a garantizar los derechos más básicos conquistados hace años por los movimientos y huelgas de trabajadores: jornadas de 8 hs, derecho a seguro social,
una pensión, antigüedad de contrato, contrato, entre otros.

Hace aún menos en contra de los miles de despidos diarios debido a la pandemia y los miles de trabajadores y médicos muertos en primera fila luchando con las peores condiciones de trabajo en contra de la pandemia.

Organicémonos por mejores condiciones laborales para todos y todas, como subsidios de emergencia para trabajadores informales, aumento de emergencia al sector salud en base al no pago de la deuda externa e impuestos progresivos a las grandes fortunas como la de Slim, por la prohibición de despidos y el reparto de horas de trabajo entre todas las manos disponibles, con salario equivalente al costo de la canasta básica y ajustable según la inflación.