La crisis de la Salud Mental en el país. La Ley Nacional de Salud Mental, sus contradicciones y la avanzada macrista sobre sus aspectos progresivos. Una salida desde trabajadores y usuarios.
Pablo Minini @MininiPablo
Martes 31 de enero de 2017 09:24
No es ninguna novedad que la salud está en crisis en Argentina, al punto de que ya no es noticia decirlo. Sin embargo, dentro de esa gran crisis, el sector de salud mental se lleva una de las peores partes.
La gran nota se dio en 2010 con la sanción de la Ley 26657 de Salud Mental y Adicciones, que contiene una perspectiva interdisciplinaria y comunitaria que supera el modelo de atención médico hegemónico. Traducido, significa que todas las disciplinas que intervienen en el proceso de atención de una persona que padece (medicina, psicología, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional, etc.) trabajan en igualdad de condiciones y de pertinencias y ninguna prima sobre las otras. Esto es correlato de entender que un padecimiento mental no se debe a una causa única y exclusiva, ya sea biológica o genética o social o intrasubjetiva. Y correlato de una concepción de la persona como un cuerpo biológico, un sujeto psicológico y un actor social. Esto último implica que la comunidad tiene su parte en el proceso de enfermedad, pero también en el proceso de salud de sus miembros. De esta manera, se incluye la intersectorialidad en la atención de la salud de las personas: a quien padece ya no se lo aleja de su comunidad de pertenencia internándolo en asilos durante décadas. La ley 26657 promueve en su art 9 que “el proceso de atención debe realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco del abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud”. Expresa que el tratamiento “se orientará al reforzamiento, restitución o promoción de los lazos sociales”.
De acuerdo a esto se prohíbe expresamente la creación de nuevos “manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados” (art 27) y se obliga a reemplazarlos por dispositivos intermedios que no desarraiguen a la persona de su lugar de pertenencia (las casas de medio camino son los más conocidos, aunque existen otros). ¿Dónde se realizan entonces las internaciones, en caso de que sean necesarias? Pues en los hospitales generales, que deberían contar con los recursos necesarios (camas, personal, presupuesto). Y con respecto a los institutos monovalentes que ya existen los obliga a la adecuación progresiva a la ley. Es decir, a la sustitución por esos otros dispositivos. Sin que eso implique un perjuicio para sus trabajadores, que deberán conservar sus puestos de trabajo.
Último punto que analizamos, el art 36. Según este artículo, la autoridad de aplicación, es decir, el Ministerio de Salud, debe actuar en coordinación con los ministerios de Educación, Desarrollo Social y Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para “desarrollar planes de prevención en salud mental y planes específicos de inserción sociolaboral para personas con padecimiento laboral”. De acuerdo a esto, el decreto reglamentario 603/2013, art 2, crea la Comisión Nacional Interministerial en Políticas de Salud Mental y Adicciones (CONISMA) en el ámbito de la Jefatura de Gabinete.
Pero en estos aspectos, la propuesta del gobierno de Cambiemos es girar en U. Porque mediante el decreto 1053/2016, la CONISMA pasa del ámbito de Jefatura de Gabinete a Ministerio de Salud. Olvidémonos entonces de coordinar alguna acción en salud mental y adicciones con Trabajo, con Empleo o con Seguridad Social. Todo vuelve a ser asunto exclusivo de Salud, hacia una concepción de la salud como un proceso sólo biológico.
Por otro lado, la ley contempla la creación de un Órgano de Revisión Nacional, encargado de controlar a la autoridad de aplicación de la ley y de velar por que los derechos humanos de los usuarios sean efectivamente respetados. Ahora se ve en jaque por las versiones de un proyecto que lo mudaría a la órbita del ministerio de Salud. Es decir, se prevé poner el órgano que debería controlar a la autoridad de aplicación de la ley bajo la órbita de esa misma autoridad. Otro punto de la modificación del Órgano es, presumiblemente, la eliminación de su conformación a las organizaciones de usuarios y su reemplazo por dos asociaciones de psiquiatras.
Una “herencia bifronte” con una cara a medida del sector privado
Antes de continuar, hay que recordar que desde la promulgación de la ley no se implementó un adecuado Plan Nacional o Federal de Salud Mental que estableciera la efectiva creación de los dispositivos sustitutivos de los manicomios y la conformación de equipos interdisciplinarios e intersectoriales. Antes de poder ponerse en práctica, la ley misma selló su sentencia, pues legisló y permitió la regulación de un sector privado. Junto a la salud pública dio un marco a la lógica mercantil y a la corporación médica. Que no tardó en hacer acto de presencia (si es que en algún momento desapareció de la escena).
En agosto de este año, el ministro de Salud, Jorge Lemus, se enfrentó con la resolución 1484/15. ¿Qué decía esa resolución? Daba un plazo de un año para que los centros de salud monovalentes, tanto públicos como privados, se adecuaran al texto de la ley de salud mental. En su punto 11 expresaba que “los institutos especializados en Salud Mental no podrán contar con internación”, pero permitía que existieran otros dispositivos, como emprendimientos productivos o residencias asistidas. Desde el ministerio consideraron que se trataba de una discriminación hacia las empresas de salud privadasporque no podrían adecuarse a la ley sin echar trabajadores y sin inversiones excesivas. El ministerio de Salud de la Nación emitió la resolución 1003/16, que dejó sin efecto la 1484/15 y convocó una comisión que elaborara las nuevas normas de habilitación. Quien estuvo a cargo de formar dicha comisión fue el ya conocido Andrew Blake. ¿A quiénes convocó Blake? A la Asociación de Médicos Municipales, a la Asociación Gremial de Psiquiatras de la Capital y a la Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la República Argentina. ¿Interdisciplina? Pues no.
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Para sumar nubes negras a este cielo, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se lanza a formar un polo de neurociencias aplicadas: 650 millones de pesos en 2017, 2018 y 2019 para reconvertir y refuncionalizar los hospitales Alvear, Borda, Moyano y Tobar García y el centro de Salud Mental Ameghino. En los proyectos de reconversión la línea expresa es a favor del enfoque médico hegemónico y de la farmacéutica, al punto que, por ejemplo, no se incluye a los Trabajadores Sociales en el proyecto y el resto de las disciplinas son vistas como auxiliares de la medicina. Tampoco se dice nada de qué dispositivos contarán para facilitar la externación de pacientes. Esta supuesta “modernización” va en contra de la Ley de Salud Mental y en una obvia orientación manicomial (no se interna a toda la gente, pero ese es el encanto del manicomio del siglo XXI: uno está encerrado al aire libre, y en muchos casos en la indigencia misma, mientras tenga sus psicofármacos a mano. La cercanía con del polo farmacéutico de Villa Lugano no es coincidencia.
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Y si hablamos de neurociencias no podemos dejar de pensar en su estrella local, el doctor Facundo Manes, adalid del paradigma biológico determinista y de la utilización de las neurociencias como marketing político. Asesor en la Unidad de Coordinación para el Desarrollo de Capital Mental de la provincia de Buenos Aires, desde donde combatirá el “impuesto mental de la pobreza”. De la persona como algo más que un cerebro, como actor histórico y social, como sujeto de derechos, nada.
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Y para concluir con el resumen del panorama tormentoso de la salud mental, el 20 de octubre de este año la senadora del FpV, María Laura Leguizamón, vio coronado su esfuerzo: Diputados aprobó la Ley de Dificultades Específicas del Aprendizaje, conocida como ley de dislexia. La relación con Manes va más allá de compartir la cena anual de la Fundación INECO, fundada por Manes, que tuvo lugar en el Yatch Club de Puerto Madero, ya que la ley , en sus fundamentos, define a la dislexia como una alteración de base neurobiológica, donde no intervienen causas externas “como las diferencias culturales, la instrucción inadecuada ni las condiciones socio económicas”. Es decir, en Argentina, por ley, se declara algo que ningún investigador serio en el mundo se animaría a afirmar: las dificultades de aprendizaje de los niños estarían ubicadas siempre y en todos los casos en sus cerebros, no en la comunidad ni en el sistema educativo. ¿Cómo es que una legisladora se anima a firmar aseveraciones tan contundentes en materia de salud mental? Tal vez haya cobrado coraje después de hablar con su propio esposo, Marcelo Figueiras, presidente de los laboratorios Richmond, que tiene una bonita sección de fármacos neuropsiquiátricos.
Una perspectiva antimanicomial de la mano de trabajadores y usuarios
Dada la tormenta, ¿es tiempo de desensillar hasta que aclare? No podríamos nunca compartir esa afirmación, desde el momento en que estamos del lado de los trabajadores y las trabajadoras de salud mental. Hoy vemos a la ley 26657 de Salud Mental y Adicciones como una apuesta a medias entre un sector público y un sector privado cuyos intereses el Kirchnerismo, por su propia naturaleza posneoliberal, nunca cuestionó. De esta ley ya queda muy poco. La Alianza Cambiemos se esfuerza por que quede cada vez menos. De una perspectiva antimanicomial, interdisciplinaria y comunitaria, solo queda la voluntad de quienes trabajamos en salud mental pública y de las asociaciones de trabajadores y usuarios. De un verdadero plan público de abordaje integral de las personas con padecimiento mental, solo queda el trabajo cotidiano de los trabajadores, en su mayoría precarizados, con contratos basura y sueldos miserables. Una verdadera perspectiva antimanicomial y comunitaria en salud mental no puede dejar de lado la discusión de cómo construir un sistema único de salud pública y una discusión sobre la producción pública de medicamentos. Tampoco puede dejar de lado una discusión profunda que incluya a trabajadores y usuarios sobre qué tipo de tratamientos llevar adelante y con qué presupuesto, con perspectiva de clase y en oposición concreta a las empresas privadas de salud, que son el factor principal de abuso al padecimiento del pueblo trabajador.