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Red Internacional
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Hay que enfrentar este ataque. Quieren trabajadores esclavos: ¿cómo es la reforma laboral que ataca indemnizaciones y derecho a protestar?

Por medio del decreto 847/24, Milei y Sturzenegger quieren facilitar las condiciones para que las patronales puedan despedir. La CGT, en lugar de enfrentar este ataque, lo negocia. Tienen que romper la tregua y enfrentarla. Hay que organizar la resistencia a este ataque desde abajo, en cada empresa y cada lugar de trabajo.

Jueves 26 de septiembre 09:48

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Este jueves el Gobierno reglamentó el capítulo laboral de la Ley Bases. Por medio del Decreto 847/24, avanza en un ataque feroz contra la clase trabajadora. El ataque tiene el aval de la conducción de la CGT que, todo indica, estuvo negociando la letra fina del texto publicado. De hecho, hace semanas se había conformado una especie de "mesa técnica" en la que se discutía como sería la reglamentación.

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Como explica el investigador Luis Campos, el aspecto más brutal del ataque tiene que ver con facilitar los despidos. En un hilo publicado en X (Twitter) señala "el régimen de indemnización por despido pasa a depender de la negociación colectiva sin ningún piso mínimo. El Estado se desentiende por completo de su obligación de garantizar el derecho constitucional a la protección contra el despido arbitrario (art. 14 bis CN)".

Al mismo tiempo, el decreto confirma lo establecido en el texto de la Ley Bases donde se penaliza el derecho a protestar, atacando medidas de fuerza como los bloqueos. Estos podrán ser “configurar grave injuria laboral”, algo que es tomado como un agravio hacia las patronales. En ese apartado, la norma plantea sanciones a acciones que puedan afectar “la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza” o que lleven a que “se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas [trabajadores, proveedores, clientes] y/o cosas al establecimiento”.

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La norma, además, extiende el periodo de prueba en las empresas. Es decir, le facilita a las patronales contratar y despedir bajo esa modalidad que precariza las condiciones laborales. El período de prueba pasa de 6 a 8 meses y, en el caso de algunas empresas más reducidas en dotación, puede extenderse hasta un año.

Indemnizaciones

Campos explica asimismo que “lo más importante pasa por el fondo de cese. Los sindicatos van a tener la llave para entregar las indemnizaciones por despido que pueden ser reducidas a la nada e incluso ser financiadas con aportes de los trabajadores”.

La nueva regulación deposita en la negociación que se haga en los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) la forma de regulación de las indemnizaciones. Como señala el autor de "La fortaleza", a partir de ahora “los fondos de cese sustituyen la indemnización por despido (y algunas otras más) y solo se pueden establecer en la negociación colectiva. Esto ya estaba previsto en la ley bases (…) A partir de ahora el monto, plazos y modalidades de las indemnizaciones por despido dependerán de lo que se negocie en cada CCT”.

En el actual sistema indemnizatorio, el trabajador despedido sin causa cobra un salario por año de antigüedad. El nuevo proyecto elimina eso, habilitando cambiar montos, plazos y forma de cobro.

El nuevo esquema implica tres posibilidades para la indemnización por despido: cancelación individual, fondo de cese individual o colectivo, seguro individual o colectivo. El primero implica que cada Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) puede regular las indemnizaciones como quiera, variando monto, plazos y modalidad de pago. El fondo de cese plantea tres modalidades: cuentas bancarias, fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. En ese caso, el CCT debe regular la cuantía del aporte que hará el trabajador y cuánto cobrará al ser despedido.

La aplicación extendida del Fondo de cese es la apuesta más amplia por parte del Gobierno y las patronales. Es un intento de avanzar en abaratar de conjunto los despidos en la clase trabajadora. La CGT y las conducciones burocráticas son parte de permitir esta avanzada.

La nueva reglamentación no establece ninguna garantía mínima respecto del monto de la indemnización por despido. Esto queda librado a la negociación que, hecha por sector, favorece la fuerza de las patronales. En esa negociación, la parte obrera la representan mayoritariamente conducciones sindicales completamente burocratizadas, que han permitido todo tipo de ataques contra los derechos laborales en los últimos años.