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Red Internacional
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Mundo Obrero. Tribunal de Madrid reconoce por primera vez a repartidor de Glovo como trabajador

El juez del juzgado de lo Social número 33 de Madrid concluye que existe relación laboral en el caso presentado por un repartidor contra la compañía que lo había despedido por hacer huelga.

Miércoles 13 de febrero de 2019

Foto: Glovo

Foto: Glovo

Por primera vez una sentencia reconoce la relación laboral entre Glovo y uno de sus repartidores. El fallo se conoce tan solo unos días después de que Glovo hubiera logrado en los tribunales españoles una sentencia contra el reclamo presentado por otros trabajadores.

El magistrado José Pablo Aramendi concluyó que un mensajero de la empresa de repartos a domicilio era presentado como un “falso autónomo” tras la denuncia del trabajador. El juez del juzgado de lo Social número 33 de Madrid declara además que el despido queda nulo, por haber sido consecuencia del ejercicio de los derechos fundamentales de un trabajador, como es el de huelga y libertad de expresión.

La UGT, sindicato que apoyó la presentación, ha celebrado el reconocimiento de la relación laboral entre el mensajero y Glovo en un comunicado. Para el sindicato "el siguiente paso será el conflicto colectivo planteado en la Audiencia Nacional".

Eldiario.es ha consultado a Glovo sobre esta resolución judicial, en la que se condena a la empresa a readmitir al repartidor y a abonarle los "salarios de tramitación" dada la declaración de despido nulo, pero hasta el momento no ha recibido respuesta.

El modelo laboral de Glovo, al igual que el de empresas de reparto a domicilio similares como Deliveroo, se basa en una gran "plantilla" de mensajeros que transportan los pedidos que los consumidores piden a través de la app. Desde Madrid a Buenos Aires, pasando por el DF mexicano y decenas de grandes ciudades, las nuevas tecnologías aprovechan la demanda de cada vez más “servicios” y un “ejército juvenil de reserva” creando un nuevo combo. En él, Deliveroo, Glovo o Uber son vendidos como los símbolos de la nueva era de la “economía colaborativa”, una forma de esconder las viejas costumbres del capitalismo: la superexplotación y la precarización de las condiciones laborales.

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El fallo se suma a otro caso en el que la Justicia había resuelto a favor de la relación laboral entre un repartido y la empresa Deliveroo, con una sentencia que declara que un repartidor de Valencia era falso autónomo.

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La sentencia a favor del trabajador de Glovo pone al descubierto estas nuevas formas de explotación. Pero también muestra que se están generando nuevas formas de resistencia entre los trabajadores: plataformas de lucha entre los trabajadores de Deliveroo en varios países, agremiación de los choferes de Uber en Seattle o la organización de los repartidores de Rappi en Argentina.

Unir estas luchas a las del conjunto de la clase trabajadora, tanto en los sectores “uberizados” como en los tradicionales multiplicará la potencialidad de esas luchas.

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