Desde las 20:00 horas de este domingo comenzó a regir el feriado irrenunciable correspondiente al lunes 1 de enero, donde el comercio no podrá abrir sus puertas pero sí los locales atendidos por sus propios dueños.
Lunes 1ro de enero de 2018
Según la ley, los centros comerciales, supermercados y grandes tiendas estarán cerrados hasta las seis de la mañana del martes 2 de enero. Sin embargo, la excepción a esta regla rige en los locales que son atendidos por sus propios dueños y aquellos que pertenezcan a los rubros de entretenimiento (restaurantes, clubes, cines, casinos de juegos, entre otros), expendio de combustibles y farmacias de urgencia o con turno fijado por la autoridad sanitaria.
No obstante, el subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz, explicó a Cooperativa.cl que "para los trabajadores de pub, restorán y discotecas que pueden abrir el 1 de enero y otros feriados irrenunciables, les rige la norma de alternancia, es decir, si el 1 de enero del año pasado trabajó y continúa con el mismo empleador, este 1 de enero le corresponde el día libre".
Las multas
Los dueños de empresas que no cumplan con estas normas se arriesgan a multas que van desde 233 mil hasta los 933 mil pesos.