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Red Internacional
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Fortalecer el aparato represivo. Baja de edad de imputabilidad: mitos y falacias en los que se apoyan el gobierno y sus aliados

En el marco del intento de imposición de una agenda política reaccionaria, nuevamente se está incrementando la instalación de falsos datos y sentidos comunes en relación a la vinculación de las niñeces y juventudes a los delitos graves. ¿De qué se discute y de qué prefieren no hablar?

Viernes 26 de julio 16:00

Una historia que se repite

La iniciativa de reformar la Ley Penal Juvenil impulsada por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona ingresó recientemente a Diputados para ser tratada. Con una fuerte impronta punitivista, lo que más sobresale del proyecto es bajar la edad de imputabilidad de los 16 a los 13 años.

Esta propuesta podría tener consenso en gran parte del arco político de los partidos tradicionales, ya que si se recuerda, fue uno de los aspectos donde coincidentemente en 2023 todos los candidatos presidenciales, salvo Myriam Bregman del FIT-U, expusieron argumentos similares con el objetivo de instalar la idea de “hay que hacer algo con los jóvenes peligrosos”. Este sentido común de la criminalización de la juventud tiene un largo recorrido, pero la construcción de ciertos mitos y sentidos comunes parten de datos falsos. Veamos.

El proyecto de ley propone bajar la edad mínima a 13 años para someter a las niñeces a procesos judiciales por delitos que contemplan penas de hasta 20 años de prisión para encarcelarlos en espacios supuestamente “especiales” dentro de unidades penitenciarias. Ya el ex gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, hacia 2011 materializó el proyecto de una institución híbrida en el Centro Cerrado de Virrey del Pino, lugar de alojamiento para jóvenes adultos, con el manejo de la seguridad del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) y de personal de Niñez y Adolescencia de la Provincia, para el área de tratamiento.

El resultado de esa experiencia fue jóvenes muertos, rencillas entre pibes provocadas por el personal del mismo SPB y una completa ausencia de políticas para los intereses de los pibes como sujeto de derechos. Otro tanto sucede en el Centro Cerrado Almafuerte ubicado en el complejo del Sistema Penal Juvenil de la localidad platense de Abasto.

Entre tanto, el dos veces candidato presidencial peronista, Sergio Massa, entre sus propuestas también prometía militarizar las villas con las Fuerzas Armadas, ofreciendo “soluciones” a la problemática de la llamada “inseguridad”y poniendo el acento en el aumento de la delincuencia juvenil, al igual que los fundamentos esgrimidos por el actual gobierno encabezado por Javier Milei.

Pero para derribar estos “mitos de clase” -donde el ministro Cúneo Libarona expresa que “todos los días los argentinos de bien padecemos delitos cometidos por menores que quedan impunes. No podemos permitirlo. Vamos a darles herramientas estructurales a los jueces para que puedan encarcelar a quienes delinquen”-, analizaremos las cifras de la Provincia de Buenos Aires, donde se registra la mayor cantidad de población del país y también la mayor cifras de casos de personas relacionadas con causas penales.

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Queda claro que no resulta descabellada la afirmación del ministro Cúneo Libarona, quien pretende establecer una justicia de mano dura en un contexto donde las políticas de ajuste que generan mayor desigualdad social llevó en seis meses a un aumento de la pobreza de las niñeces y adolescencias a un 70 %.

Basta con recorrer las instalaciones de los actuales dispositivos de alojamiento de menores en la Provincia de Buenos Aires para comprender que es imposible resolver los conflictos de niñeces y adolescencias de manera armoniosa con la ley penal, tal como plantean las teorías punitivistas para la existencia de una sociedad con menos problemas futuros.

Para reforzar esta idea, es muy significativo el promedio histórico latinoamericano: el 70 % de las personas que ingresan al sistema penal general han pasado por alguna clase de institución vinculada con el abordaje de los menores en riesgo o menores en conflicto con la ley penal juvenil.

Mitos y realidad

En nuestro país se viene insistiendo en la vinculación delictiva con las niñeces y juventudes, poniendo el eje del problema en los cambios de las leyes para discutir la edad en la que deben ser penados. Esta idea suele tener mayor peso en la sociedad cuando hay crisis social y económica permanente o cuando éstas se profundizan, pero lo cierto es que se parte de premisas fundadas en estadísticas y datos manipulados en favor de las propias propuestas punitivistas. ¿Por qué? ¿Hay muchos jóvenes que cometen delitos? De esos delitos cometidos, ¿cuántos son delitos graves?

Según datos de Ingresos de Inimputables por Delito: Homicidio (Grado consumado), por el Sistema de Responsabilidad Juvenil de la Provincia de Buenos Aires.[1], en la provincia con mayor cantidad de población y mayores índices de delitos, como es Buenos Aires, de un total de 16.888 delitos cometidos por menores entre los años 2014 y julio de 2024, sólo un 7,64 % están directamente vinculados a homicidios consumados.
Si se desglosan estos datos en relación a jóvenes punibles o inimputables, con relación a casos de homicidios, los resultados arrojan que entre 2014 y 2024 hubo 912 casos de delitos por homicidio cometidos por jóvenes punibles (un promedio general de 91.2 casos por año) y 379 con el mismo delito cometido por jóvenes inimputables (un promedio general de 37.9 casos por año). Hablamos de una región que en 2014 rondaba los 15 millones de habitantes y hoy llega casi a los 18 millones.

Estos datos concretos, si son comparados con la cantidad total de los denominados delitos graves -donde están involucrados mayores de edad-, la cifra resulta irrisoria, lo que indica que del total de causas penales de jóvenes en la Provincia de Buenos Aires, sólo un 7,64 % son relacionados con hechos graves, pero en el total de hechos, incluyendo a los adultos, la cifra disminuye notablemente[2].Estas cifras sirven para desmitificar que las niñeces y juventudes son “peligrosas”.

De este análisis se desprenden más interrogantes sobre la “problemática de la juventud” que intentan imponer los sectores dominantes.

Porque si el problema de fondo no está ligado a la relación de las juventudes con los delitos graves, como se demuestra en las estadísticas, el siguiente mito instalado es que sí estarían involucrados en delitos menores como los robos. Y el imaginario reforzado por medios de comunicación y redes sociales es que el clima de inseguridad tiene como principal componente a las “juventudes peligrosas”. Volvamos a las estadísticas de niñeces y adolescencias no punibles- inimputables.[3]

Como se puede observar en el gráfico, desde el año 2009 hasta julio de 2024, se registran cifras que oscilan entre 260 y 440 jóvenes no punibles-inimputables presentes en dispositivos de privación o restricción de la libertad ambulatoria, lo que indica que no existe una alta tasa de niños y adolescentes menores de 16 años involucrados penalmente. ¿Entonces por qué se insiste en la reducción de la edad penal? Principalmente para desviar la verdadera problemática que tiene que ver con la vulneración de los derechos de los niños, además de que la baja de imputabilidad no va a generar una “sociedad más segura”.
En apariencia el Estado (con sus distintos pelajes políticos) intenta dar una aparente respuesta efectiva a situaciones que tienen causas en la desigualdad económica, en aspectos estructurales de décadas de falta de oportunidades, una situación precisamente provocada de forma consciente y sistemática por el mismo Estado, en todos sus niveles, nacional, provincial y municipal.

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Pero también hay otro mito que recorre gran parte del ideario social, en los que el Estado decide poner sus recursos para una “política de seguridad” donde se supone que debe ser “eficaz” para perseguir a ciertos sectores de la sociedad. Como se fue mostrando, la incidencia estadística de lo que sucede en la realidad, y más aún con respecto a los delitos graves, no es significativa en los menores. Hay una distorsión de la realidad, donde se instaló la creencia de que el debido proceso legal constitucional del derecho convencional que protege a las personas, supuestamente se activa frente a una imputación que puede tener como consecuencia la determinación de la responsabilidad penal y la aplicación de una sanción. Como si el debido proceso legal no rigiera respecto de cualquier otra situación en la que la persona está interactuando frente al Estado, no sólo en el orden judicial sino también en el orden administrativo.[4]

Ante esta deformación de la realidad, el gobierno nacional de Javier Milei intenta aumentar las penas y tiempos de castigo a personas de menor edad, apelando a la idea de que existen leyes que resguardan a “jóvenes peligrosos” y a la vez, intenta invisibilizar a niñeces víctimas por la constante vulneración de todo tipo de derechos. La ecuación sigue siendo la misma: cada vez más desinversión en políticas sociales que atiendan a niñas, niños y adolescentes y cada vez más mano dura y vulneración de derechos de las niñeces víctimas de un sistema económico-social por demás desigual.

Por lo tanto, el objetivo de reformar la Ley Penal Juvenil no sólo no está pensado para dar respuesta a aspectos estructurales de niñeces y juventudes, sino que desvía el foco de las principales problemáticas sociales como la creciente pobreza, precarización educativa y salud.

Una vez más, la violencia que propicia el Estado con sus políticas de ajuste, tiene como respuesta más violencia, mediante el punitivismo que siempre tiene a las mismas víctimas: las niñeces pobres. Si se tiene en cuenta los porcentajes insignificantes de datos de menores involucrados en causas graves, la idea de la baja de imputabilidad resulta un objetivo de nuevo ataque a los sectores populares y empobrecidos de nuestra sociedad, donde no tiene justificación el cambio de toda una ley a nivel nacional (se debe tener en cuenta además las distintas realidades de las provincias, con sus correspondientes leyes provinciales) para todos los casos.

Tratados y derechos internacionales

La Argentina es uno de los países firmantes de convenciones de derecho internacional que le impiden reducir la edad mínima de la responsabilidad penal, no sólo por el mandato de la Convención sobre los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing (estipuladas por la Organización de las Naciones Unidas), entre otros tratados, donde incluso se prevee subir la edad mínima (que hasta ahora es aceptada en 12 años) a 14 años por el planteo de que es intolerable tener una edad mínima tan baja. Por ende, en el caso de nuestro país, por los principios de no regresividad de Derechos Humanos, es inviable bajar la edad penal.
Pero hay otro aspecto en lo que refiere a la esencia de la problemática de las niñeces, que es el planteo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación al rol que debe cumplir el Estado con los niños y niñas involucrados en asuntos criminales. Principalmente se insiste en la idea de salir de la lógica penal y punitivista para fortalecer los aspectos de protección y obligaciones que debe tener el Estado hacia los sectores socialmente desfavorecidos o vulnerables, para evitar que se involucren en situaciones delictivas.
Pero en ese planteo, más progresista, puede haber una nueva encerrona si no se ataca el rol de clase que tiene el Estado, que es el principal generador de las vulnerabilidades existentes, no sólo en las niñeces. Porque la garantía de derechos de protección integral para todos los niños y niñas no puede disociarse de la discusión sobre la disparidad real y concreta que este sistema ejecuta sobre esa franja de la población. Es decir, si se incluyen los lineamientos de los organismos de Derechos Humanos, lo que se debe debatir son las políticas públicas que incumben los derechos de niños incompetentes en lo penal y adolescentes con competencia limitada por su edad, para dejar en un segundo plano el aspecto judicial.

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Desplazar el debate público

Las decisiones del destino de millones de niños y niñas nuevamente está en manos de un puñado de funcionarios que poco tienen que ver con las realidades que vivimos las mayorías populares. Es por eso que las problemáticas de las niñeces deben ser debatidas en los ámbitos de quienes cada día conocen y ponen el hombro a cada situación para su reintegración social, junto a las mismas niñeces como sujetos de derechos, que tienen mucho para decir sobre qué quieren, qué no, qué sueñan y quiénes son sus enemigos.
Los miles de trabajadores y trabajadoras de los distintos dispositivos de Niñez y Adolescencia del país deberían tener un espacio de consulta y resolución para un abordaje preventivo y de tratamiento de quienes ven vulnerados sus derechos socioeconómicos. Pero sin medidas integrales que den respuesta a la desocupación, educación, salud, pobreza, sólo se podrá debatir sobre salidas coercitivas y represivas para un contexto que expulsa a millones de personas a la precariedad de la vida y situaciones de desesperación cotidiana.
A la vulneración de derechos de niñeces y adolescencias, generado por un sistema capitalista esencialmente injusto y reforzado ideológica y discursivamente por mitos y falacias, la respuesta que hay que dar es la concientización en las escuelas, los espacios juveniles y barrios, la movilización para evitar la baja de imputabilidad y el desenmascaramiento de los objetivos no sólo del actual gobierno, sino de todo el arco político que pretende disciplinar a toda una sociedad con represión, criminalización de la juventud y punitivismo a temprana edad.


Citas
[1] Fuente: Sistema Re.I.N.A. 12 de julio de 2024.
[2] Según Mary Beloff “La jurisdicción más compleja en términos de seguridad del país es la provincia de Buenos Aires, en términos generales es de un 4 o 5% del total de delitos, según la coyuntura de crisis económicas (donde suelen aumentar los delitos en contra la propiedad); en el orden nacional ronda entre el 1 o 2%. Y en hechos graves la relevancia no es significativa en términos de porcentajes” en Argumentos contra la baja de edad de “imputabilidad”, 2023.
[3] Fuente: Sistema Re.I.N.A., Informe S.R.P.J. No punibles – Inimputables (por edad a la fecha de la Comision del Delito). Informe Histórico. Presentes en dispositivos de privación o restricción de la libertad ambulatoria, actualizado, Julio de 2024.
[4]Mary Beloff, ibidem.