Tras la presión del empresariado, Macri reenvió al Congreso los proyectos que se proponen abaratar despidos y precarizar aún más el empleo. Las centrales sindicales deben llamar al paro nacional contra este ataque.
Domingo 29 de abril de 2018 12:00
Recordemos que por el malestar que habían despertado el proyecto acordado con la CGT y tras las jornadas de diciembre contra la reforma previsional, este había sido congelado. El “nuevo rumbo” pasaría por aprobar la “reforma” en cuotas y flexibilizando los convenios colectivos.
De conjunto se trata de avanzar sobre las condiciones laborales de amplios sectores, favoreciendo con el “blanqueo” a las patronales que tuvieron por años a sus trabajadores sin registrar, abaratando y facilitando los despidos, al mismo tiempo que precariza el trabajo, en especial para juventud.
Baja de las indemnizaciones
En el proyecto que lleva por título Regularización del empleo no registrado, lucha contra la evasión en la seguridad social, registración laboral y fondo de cese sectorial se establece una reducción de las indemnizaciones en el momento del despido.
Buscando atacar lo que llama la “rigidez impropia de la relación laboral”, el proyecto propone el abaratamiento del despido.
Así, en el artículo 37 se modifica la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y se define que en el cálculo de la indemnización “quedan excluidos de la base salarial prevista en el párrafo anterior, el sueldo anual complementario, los premios y/o bonificaciones, y toda compensación y/o reconocimientos de gastos que el empleador efectúe hacia el trabajador”.
Como todo trabajador sabe, se trata de montos más que importantes en el conjunto de lo que percibe anualmente. La propuesta constituye un verdadero regalo a las patronales.
En el mismo proyecto se insiste con la creación del llamado Fondo de cese laboral, que también apunta a modificar el sistema de indemnizaciones.
Se crea por medio del artículo 21. En el mismo se establece que del fondo en cuestión participen las entidades patronales y las asociaciones sindicales, con aval del Ministerio de Trabajo.
La misma tendría por objetivo “asumir la cobertura en materia de preaviso y despido sin causa contempladas en los artículos 232 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias”. El artículo también indica que “el presente sistema sustituye y reemplaza al empleador en el cumplimiento de las obligaciones antes mencionadas”.
Las indemnizaciones a la hora de despedir pueden ser abonadas con este fondo, que pasa a ser una especie de “seguro” para cada empleador. Pero, al poder organizarse por sector, facilita a los empresarios de una Cámara definir cuando una de sus empresas puede encarar, por ejemplo, despidos masivos.
Una ventaja para las patronales a la hora de atacar a los trabajadores de conjunto.
Un blanqueo que es un negocio para los empresarios
El proyecto vuelve a presentar el blanqueo laboral como objetivo. Sin embargo, al igual que en diciembre, la normativa propuesta incluye una extensa serie de beneficios para los empresarios. Estos, al blanquear se verán desligados de multas y sanciones que hoy rigen.
Para los trabajadores, el blanqueo viene con más límites que ventajas. Se establece que “los trabajadores incluidos en la regularización prevista en el régimen tendrán derecho a computar hasta SESENTA (60) meses de servicios con aportes”.
Quiere decir que si un trabajador estuvo 15 años en negro, solo puede ser blanqueado por 5 de esos años. Mientras, el empleador gana en beneficios.
No todo termina ahí. En el mismo artículo se agrega que los aportes deberán ser “calculados sobre un monto mensual equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”. Si el trabajador o trabajadora percibía un monto superior al SMVM, también perderá a la hora del blanqueo.
Además, en su artículo 43 también deroga el artículo 1 de la ley 25.323 que establece que el trabajador recibirá el doble de la indemnización “cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no esté registrada o lo esté de modo deficiente”.
Pasantías e hipocresía
El gobierno envió también otro proyecto, que lleva como título Ley de Capacitación continua. Allí se presenta un esquema destinado a ampliar el sistema de pasantías para regalar mano de obra barata a los empresarios.
En el Título II del mismo, presentado como facilitador de la “transición entre el sistema educativo formal y el trabajo” se establece la creación del Sistema de Prácticas Formativas “en ambientes de trabajo y producción de bienes y servicios”.
Las mismas están destinadas a promover “prácticas en ambientes reales de trabajo y producción de bienes y servicios de los conocimientos adquiridos en forma teórica por estudiantes secundarios, terciarios, universitarios y nóveles graduados”.
Las prácticas tendrán un carácter “exclusivamente formativas y no de carácter productivo, sin generarse por ello relación laboral alguna con la Empresa o Institución donde se realicen”.
Sin embargo, la misma normativa establece duración y carga horaria de las prácticas formativas “en función de las características y complejidad de las actividades a desarrollar”. Es decir en función de las necesidades productivas de la empresa en la que se ingrese.
Además, la carga horaria puede extenderse en función de “los lugares donde se desarrollen las Prácticas Formativas, o que el tipo de aprendizaje que impliquen las mismas justifique una distribución distinta”. También podrá aumentar “cuando la Práctica Formativa se realice en épocas de receso educativo”.
Evidenciando que se trata más de una pasantía de trabajo que de una práctica educativa, el proyecto deja abierta la posibilidad de renovación de la práctica “por hasta 6 meses adicionales, debiéndose firmar un nuevo acuerdo individual entre todas las partes”.
Que se trata de trabajo juvenil barato al servicio de los empresarios lo ratifica el hecho de que la autoridad de aplicación es el Ministerio de Trabajo y no la cartera de Educación.
El mismo proyecto propone lo que llama el “fomento del empleo juvenil y entrenamiento para el trabajo”. Establece como destinatarios de esas políticas a “las personas con residencia legal en el país que no hubieren cumplido la edad de VEINTICUATRO o (24) años, que se encuentren en proceso de incorporación al mundo del trabajo”.
En función de implementar políticas destinadas a ese fin –definidas de manera más que vaga en el proyecto- se establecen “acuerdos de articulación” entre el Poder Ejecutivo Nacional, gobiernos provinciales y municipales, las instituciones educativas y de formación profesional, las asociaciones sindicales, empresariales y las organizaciones representativas de los jóvenes”.
En el sistema se propone la implementación de “ayudas económicas” que, para beneficio de las empresas, podrán contabilizarse “como parte del salario”, debiendo las patronales abonar menos.
El Capítulo V establece lo que define como “Entrenamiento para el trabajo” y está destinado a “favorecer las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados con el desarrollo de prácticas en ambientes de trabajo”.
Sin embargo, establece claramente que ese tipo de prácticas “no constituirá relación laboral con la entidad que ejecute el proyecto, ni con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; ni generará responsabilidad solidaria de estos últimos respecto de las obligaciones a cargo de las entidades responsables de los Proyectos”.
Trabajo precario, inestable y barato. Los empresarios felices.
En el artículo 44 de este proyecto se vuelve a insistir con una nueva figura favorable a los empresarios. Allí se establece el concepto de “Empresas en Transformación Productiva” para aquellas que tienen “dificultades competitivas y/o productividad declinante que requieren mejorar sus procesos o tecnología, modificar y/o desarrollar nuevos productos, o redireccionar su actividad y/o integrarse a otra u otras empresas con el objeto de potenciar su desempeño”.
La definición es suficientemente genérica y amplia. Implica un aval para que los empresarios puedan despedir con más facilidad. En ese caso la función específica está destinada a garantizar el establecimiento de un “Seguro de Desempleo Ampliado” para trabajadores despedidos de esas empresas. El seguro incluye aportes en dinero que no tiene carácter remunerativo hasta por 9 meses. Otro enorme regalo a los capitalistas.
Hay que enfrentar este nuevo ataque
Frente a este nuevo ataque del gobierno es necesaria una respuesta de la clase trabajadora y el pueblo pobre. El intento de avanzar con la reforma laboral se produce en el momento en que amplias capas de la población rechazan los brutales tarifazos en los servicios.
La dirigencia sindical peronista, que mantiene una pasividad extrema ante el tarifazo que sufren las mayorías populares, tiene que romper su pasividad. Empezando por las centrales y sindicatos que dicen oponerse a la reforma desde su presentación en 2017.
Es necesario que llamen a un paro nacional y a un plan de lucha para enfrentar este nuevo ataque de Macri, Triaca y el empresariado.
Redacción
Redacción central La Izquierda Diario