Gustavo Lleral, garante de la impunidad de Gendarmería y funcionarios macristas, ahora dice que va a cumplir lo que le ordenó la Cámara de Comodoro Rivadavia en 2019. Sin esas pericias y sin haber determinado cuándo, cómo y dónde murió Santiago, el Poder Judicial ya quiso descartar la hipótesis de desaparición forzada. Pero la causa sigue abierta.
Daniel Satur @saturnetroc
Sábado 29 de octubre de 2022 20:37
Juez federal Gustavo Lleral | Foto Télam
Este viernes el juez federal de Rawson Gustavo Lleral, quien desde 2017 tiene a su cargo la causa por desaparición forzada seguida de muerte de Santiago Maldonado, ordenó la realización de algunas pericias tendientes a determinar qué sucedió el 1° de agosto de 2017 en la Pu Lof en Resistencia de Cushamen (Chubut). Con algunos matices, esas medidas de prueba venían siendo reclamadas por las querellas durante años y el mismo magistrado se negó sistemáticamente a viabilizar.
Se trata básicamente de una “reconstrucción virtual” de los hechos ocurridos aquel día en el kilómetro 1848 de la Ruta Nacional 40 y una pericia tecnológica sobre videos registrados por Gendarmería al momento del brutal operativo represivo, a raíz del cuál Maldonado estuvo 78 días desaparecido (finalmente fue hallado muerto el 17 de octubre de ese año en las aguas del Río Chubut).
Marcha atrás
En el fallo de este viernes, el juez dejó expuesta su absoluta tolerancia a quedar en ridículo. Es que cuatro días antes, el lunes 24, había emitido otro fallo en el que disponía el “archivo parcial” de la causa en relación a la hipótesis de desaparición forzada seguida de muerte. Si bien proponía a las partes (querellas y fiscal) intervenir sobre otras posibles hipótesis, daba por descartada siquiera la posibilidad de que el joven de 28 años haya muerto tras ser detenido por los gendarmes.
Para dar por cerrada esa línea de investigación, Lleral buscó basarse en fallos previos de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia (de septiembre de 2019), de la Cámara Federal de Casación Penal (de diciembre del mismo año) y de la Corte Suprema (del pasado 4 de octubre), donde formalmente se convalidaban su propias “conclusiones” sobre la imposibilidad de que Gendarmería pudiera haber cometido ese delito.
Sin embargo, en su fallo de este viernes, el juez ordenó “revocar” su propia resolución previa respecto al archivo de la causa en lo referido a la hipótesis de desaparición forzada. Si no fuera porque se está jugando con la posibilidad de obtener verdad y justicia por Santiago, se trataría de un absurdo juego de palabras.
¿Qué le pasó a Lleral para ordenar primero una cosa y luego la contraria? Sólo él lo sabe. Lo cierto es que entremedio de ambos fallos las querellas de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos (AEDD) y del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentaron escritos respondiendo a la decisión del magistrado de dar por descartada esa hipótesis (con la que se caratula la causa).
En el caso de la APDH, tal como lo reprodujo este sábado la periodista Adriana Meyer en Página|12, el escrito presentado afirma que “el archivo de una hipótesis penal dentro de un expediente abierto y en proceso como el caso Maldonado, sólo puede ser interpretado como un hecho político pero alejado de lo jurídico”. Es decir que Lleral no se estaría basando en hechos y pruebas sino en especulaciones.
“La causa sigue abierta por resolución judicial de instancias superiores y esto no es materia interpretativa sino resolutiva”, agregan desde ese organismo, toda vez que “al ser un expediente abierto y en trámite, el juzgador debe agotar una investigación imparcial, teniendo el juez como misión esencial la de investigar acabadamente todas las circunstancias que merezcan un reproche penal”. Para la APDH es evidente “la renuencia expresa del juzgador” a investigar las circunstancias bajo la premisa del artículo 142 del Código Penal (desaparición forzada de persona).
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Reconstrucción virtual de los hechos
El lunes 24 el juez de Rawson escribió 25 páginas para fundamentar por qué no debía investigarse más una posible desaparición forzada. El viernes 28, para revocar sus propias palabras y, además, ordenar nuevas medidas de prueba, le bastaron cinco. Poco serio.
Entre las medidas ordenadas se encuentra una que desde septiembre de 2019 la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia lo había conminado a ejecutar, pero él se negaba amparándose en los “tiempos” procesales atravesados por recursos, apelaciones y demás medidas llevadas adelante por la familia Maldonado y el resto de las querellas ante la impunidad sostenida durante años.
Según el fallo (al que accedió La Izquierda Diario) se trata de la “reconstrucción virtual del escenario de los hechos” del 1° de agosto. Una recreación tridimensional, utilizando el recurso tecnológico de “realidad aumentada” y tomando como coordenadas “los datos objetivos colectados en la investigación”.
La representación interactiva debería “determinar las distintas variables según el lugar en el que se coloquen los intervinientes, permitiendo así verificar eventualmente el campo visual de cada uno de ellos y establecer si fue posible que percibieran a Santiago Maldonado agazapado en el río”, según escribió el juez.
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A propuesta del fiscal de la causa Federico Baquioni, Lleral designó al Equipo Argentino de Antropología Forense para la realización de la reconstrucción virtual de los hechos, “con la participación de todas las partes”.
Todo esto, vale reiterar, a más de cinco años de la desaparición y muerte de Maldonado, durante los cuales el mismo juez dio sistemáticamente la espalda a la familia de Santiago en sus diversos pedidos de pericias y citación de testigos.
Por caso, desde hace cinco meses el juez tiene en su poder la declaración de una exgendarme de Esquel que asegura haber escuchado a varios de sus compañeros del Escuadrón 36 comentar que, tras el operativo del 1° de agosto hubo un “detenido” que “se les fue”. Pero aún no avanzó sobre ninguna de las pistas que la testigo dio, empezando por citar a los jefes y oficiales que la mujer (que hoy vive en otra provincia y denuncia estar amenazada) identificó como encubridores.
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Los videos de la represión
Otra de las medidas ordenadas por el juez Lleral es la realización de una “pericia tecnológica sobre los soportes de video” registrados por los mismos gendarmes durante el operativo represivo. Uno de esos videos (que se puede ver más arriba) muestra el avance a los tiros sobre la comunidad mapuche de parte de la fuerza que respondía a la entonces ministra de Seguridad Patricia Bullrich.
Según el escrito que firmó, la idea es “identificar las expresiones verbales que se registran, la cantidad de disparos efectuados, los momentos en que gendarmes se encuentran munidos de armas u otros elementos (hacha, piedras, palos, chapones, etc.), y los momentos en que se observe a los mismos o a civiles arrojar piedras o efectuar detonaciones”.
A su vez les informa a las querellas “que les asiste el derecho de proponer puntos periciales a incluir” al momento en que se realicen las medidas ordenadas, al tiempo que las habilita a “designar peritos de parte para que intervengan en las mismas”.
Ante la consulta de este medio sobre qué impresiones causan estas “novedades” surgidas en las últimas horas desde el juzgado federal de Rawson, desde la familia Maldonado y su abogada, Verónica Heredia, prefirieron por el momento no hacer declaraciones. Resta saber cuán cierta será la concreción de esas medidas y si su ejecución contará con las garantías indispensables para encuadrarlas en una real búsqueda de la verdad. Algo que, con Lleral como máximo responsable de la investigación, a priori plantea muchas dudas.
Daniel Satur
Nació en La Plata en 1975. Trabajó en diferentes oficios (tornero, librero, técnico de TV por cable, tapicero y vendedor de varias cosas, desde planes de salud a pastelitos calientes). Estudió periodismo en la UNLP. Ejerce el violento oficio como editor y cronista de La Izquierda Diario. Milita hace más de dos décadas en el Partido de Trabajadores Socialistas (PTS).