Tendrá un plazo de 90 días. El fallo del juez Hugo Vaca Narvaja aceptó hacer lugar parcialmente al amparo presentado por los vecinos de barrio San Antonio.
Viernes 27 de diciembre de 2019 19:49
@FueraPorta
El pasado 23 de diciembre se conoció el fallo del juez Vaca Narvaja, en la causa contra Porta Hnos que llevan adelante desde hace varios años vecinos de barrio San Antonio por la contaminación que genera la planta de bioetanol.
El fallo ordena que la empresa deberá acreditar en el término de 90 días la realización del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental en los términos de la Ley Provincial N°10.208. Asimismo, la Secretaría de Ambiente de la Provincia deberá informar si la compañía posee o no licencia ambiental para producir bioetanol.
Sin embargo, la justicia rechazó la demanda presentada contra el Estado Nacional “por el supuesto incumplimiento de la firma, y que consideraba que existía una violación a lo dispuesto por la Ley 26.093”, que regula la habilitación y control de la producción de biocombustibles. Negando así el principal pedido de la comunidad: que cese la producción de la fábrica.
Al respecto, Silvia Cruz,vecina y demandante en la causa, señaló: “Nosotros ya resolvimos que Porta contaminaba cuando dijimos que nos enfermábamos, esa es la verdad que tenemos nosotros y ahora la herramienta legal quedó por detrás. La posición de la Justicia Federal no está a la altura de lxs vecinxs que le están diciendo una verdad”.
Desde las organizaciones Fuera Porta y Vudas expresaron, "esta empresa produce bioetanol en un complejo fabril de 6 manzanas ubicado en medio de barrios del sur de nuestra ciudad. no tiene estudio de impacto ambiental ni audiencia pública. Desde hace 8 años vecinxs exigen que se tenga en cuenta su vida, su habitar y su salud. ¿Podremos cuidarnos de una empresa ilegal, que puede explotar y que contamina sin que nadie la regule? esperamos que este eco retumbe en los pasillos de los responsables y obligue a cumplir las leyes de protección ambiental".