A partir de la publicación del proyecto de ley conocido como Ley Ómnibus, desde La Izquierda Diario consultamos la opinión de distintos especialistas en educación para analizar las ’reformas’ que propone el texto enviado por el Ejecutivo al Congreso.
Daniel Brailovsky, doctor en Educación, licenciado y maestro en Educación Inicial, Profesor de Educación Musical y Magíster en Educación con orientación en Gestión Educativa y formador de docentes, señaló: "Los aspectos educativos de la ’Ley Ómnibus’ de Milei tienen una orientación muy clara. Parece como si se hubieran recopilado todas las demandas progresistas y democratizantes de las distintas comunidades educativas de las últimas décadas... y se hubiera llevado el texto en la dirección contraria".
Brailovsky realizó un breve resumen del eje educativo del proyecto, marcando los siguientes movimientos:
La desejerarquización del título docente y desvalorización de la función pedagógica mediante la habilitación como docentes en el sistema educativo de egresados de carreras técnicas y de grado. La enfatización extrema de las evaluaciones docentes: Incorpora a la Ley de Educación Nacional un artículo referido a la evaluación de los docentes con un examen que certifique sus capacidades y conocimientos, donde esta evaluación periódica será una condición para poder desempeñarse como docente en el país. En este sentido, las capacidades y conocimientos de los docentes revalidarían sus titulaciones cada cinco años. Al artículo de la ley que habla de la información y la evaluación educativa le agrega un párrafo en el que se plantea un examen final de la escuela secundaria de carácter censal y obligatorio para todos los estudiantes y por el que se emitan certificados individuales. Es decir que, en lugar de pensar la evaluación como un insumo para las políticas (para brindar más ayuda a quien más la necesite) la piensa como una herramienta competitiva (para que quede claro que a los ricos les va mejor y puedan asegurarse mejores posiciones). En la misma línea de convertir la evaluación en un elemento meritocrático para segmentar el sistema educativo, se propone modificar la sección de la Ley de Educación Nacional que dice que los resultados de las evaluaciones "resguardarán la identidad de los alumnos, docentes e instituciones a fin de evitar cualquier forma de estigmatización". Este párrafo anti-discriminación es eliminado, y reemplazado por otro en el cual se acentúa que "padres y docentes tendrán acceso a la información que les permita tomar decisiones para mejorar la educación de hijos y alumnos". El resguardo de los derechos es reemplazado por el reaseguro de los privilegios. Retoma el eterno anhelo de Soledad Acuña de cerrar Institutos de Formación Docente, al modificar el artículo 78 de la Ley Nacional de Educación, atribuyéndole a la Secretaría de Educación del Ministerio del Capital Humano el establecimiento de criterios "para acreditar y registrar los institutos superiores de formación docente y los títulos que éstos emitan". Quita al Estado responsabilidades en varias áreas que implican fortalecer la cultura y proveer lo educativo entendido como bien común. Por ejemplo, incluye la modificación del artículo 91 de la Ley de Educación Nacional, promoviendo el libro y la lectura, aunque al comparar el texto propuesto con el anterior, se observa que el cambio consiste en eliminar el párrafo que dice: "asegurar su creación y adecuado funcionamiento en aquellos establecimientos que carezcan de bibliotecas", es decir, que deslinda al Estado de la responsabilidad de crear bibliotecas escolares. En el artículo 109 de la LEN, donde se establece que la modalidad híbrida sólo se aplica para los adultos mayores de 18 años y para modalidad rural (es decir, que resguarda a la educación obligatoria de devaluarse en versiones virtuales cuya fuerza formativa es indudablemente menor) lo reemplaza por otro que plantea que los estudios híbridos como alternativa a la educación presencial podrán impartirse desde la escuela primaria, para menores de edad e incluidos en las distintas modalidades educativas. Este es claramente un mecanismo para preservar (en las estadísticas) tasas de escolaridad "teóricas" sin garantizar la plena experiencia de la escolaridad para los más desfavorecidos del sistema. Dado que este conjunto de reformas generaría exclusión y muchas niñas y niños se caerían del sistema, la creación de un "tacho de basura virtual para pobres" (como aquel caño de desperdicios de la escuela fábrica de Tonucci) resulta una herramienta que les servirá para evaluar el impacto con altísimas dosis de hipocresía en las estadísticas. Modifica el artículo 2 bis de la ley de educación superior 24.521 preservando la gratuidad de la educación superior... pero sólo "para los ciudadanos argentinos nativos o por opción y para extranjeros que cuenten con residencia permanente en el país", reservando a las instituciones la posibilidad de establecer aranceles para quienes no reúnan esos requisitos. De esta manera se materializaría la xenofobia que ya se ha expresado ampliamente en la campaña electoral, al atribuirle una desmedida responsabilidad a los extranjeros en las cifras de las universidades. Donde la Ley de Educación Superior prohíbe a las instituciones suscribir acuerdos o convenios con otros estados instituciones u organismos nacionales o internacionales "que impliquen ofertar educación como un servicio lucrativo o que alienten formas de mercantilización", esta modificación propone que las instituciones superiores puedan suscribir acuerdos o convenios de esa naturaleza compartiendo recursos de todo tipo e implementando cualquiera de las prácticas que esa ley prohibía. También se modifica el artículo 7 de esa ley, eliminando la posibilidad de que personas mayores de 25 años que no hubieran completado los estudios secundarios puedan ingresar a la educación superior. Con esto se garantiza que la educación superior deje de ser un vehículo de ascenso social para muchísimas personas. También, para terminar de dejar afuera a los que tienen menos posibilidades de acceder, se habilitan y amplían los exámenes de ingreso a la educación superior. Sobre el régimen de financiamiento de la educación superior, asocia los aportes del estado a la matrícula de cada universidad. Es decir: no son las políticas estratégicas, los derechos ni las prioridades productivas las que definan presupuestos, sino la simple ley de la demanda. Este criterio de mercantilización se hace extensivo también a la escolaridad obligatoria. En la ley de cooperadoras escolares, allí donde la norma actual dice que "en ningún caso los fondos percibidos por las cooperadoras por parte de particulares empresas u organizaciones podrían tener como contrapartida publicación en términos publicitarios o propagandísticos del donante", se elimina esta restricción abriendo la posibilidad a que las escuelas tengan sponsors comerciales para financiar el déficit de aportes estatales. Tendríamos entonces que prepararnos para encontrar en la puerta de las escuelas un cartel de coca-cola o de Volkswagen. Para finalizar, Brailovsky señaló: Es tan burda la impugnación de todo lo que está bien, y la promoción entusiasta de todo lo que está mal, es tan inmenso el daño que causaría esta "reforma", a la educación argentina, que no se ni por donde empezar un análisis. Sólo deseo que la pereza y la cobardía de las masas, que Milei da por hechas cuando lanza estos ataques, sea desmentida por una reacción proporcional.