Las nuevas restricciones en el Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal ya están causando sus efectos nocivos para la salud de miles de personas. Cajoneo de solicitudes, restricciones insólitas a médicos ya autorizados, estigmatización de cultivadores solidarios y la “sugerencia” de que los pacientes le compren a empresas que lucran con la planta de marihuana. ¿Viva la libetad?
Sábado 7 de septiembre 15:34
“Se requiere mayor especificación de la información clínica. Se devuelve el trámite para que sea ajustado a lo dispuesto en la Resolución 3132/24, la cual establece en su ARTÍCULO 7° que: ’Es requisito excluyente para solicitar la inscripción en el REPROCANN contar con indicación médica para uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico que se encuentre registrado en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) y contar con una Diplomatura o Maestría sobre el uso medicinal de la Planta del Cannabis Medicinal’”.
La cita corresponde a la respuesta de las autoridades del Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (Reprocann) a una de las tantas solicitudes pendientes de revisión. Tras la publicación de la Resolución 3132/2024, el motor del Programa de cannabis medicinal finalmente arrancó. Así, se puso en marcha el “Plan Anti Embudo” que busca restringir el acceso al cannabis con fines terapéuticos. Diez meses se tomaron las autoridades para buscar el modo de recortar derechos sin la necesidad de poner un coto a las patologías contempladas por la Ley 27.350.
En otros artículos (ver acá y acá) La Izquierda Diario detalló cuáles son los nuevos requisitos solicitados a las ONG y a los profesionales de la salud, además de señalar que, si bien dichos cambios no hacen referencia directa a los pacientes inscriptos ni a los que esperan aprobación, los mismos afectan a todo el engranaje del Reprocann.
Representantes de ONG que conforman el Consejo Consultivo Honorario (CCH) del Programa de Cannabis resaltaron que el texto dejaba muchas dudas y que no explicaba cómo adecuarse a las nuevas exigencias del Ejecutivo. A su vez, contaron que solicitaron una reunión con el secretario de Calidad en Salud, el doctor Leandro Busso, pero que no recibieron respuesta.
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Este viernes, dicha secretaría del Ministerio de Salud de la Nación emitió un comunicado con el objetivo de evacuar los interrogantes que ha dejado la Resolución 3132. Es preciso mencionar que, tal como lo muestra el ejemplo mencionado, se están rechazando solicitudes de inscripción al Reprocann por considerar que la información brindada por el profesional médico que ha indicado el uso de cannabis con fines medicinales es insuficiente. En criollo: personal administrativo tiene la potestad de cuestionar los datos que figuran en las historias clínicas de los pacientes, es decir, los datos brindados por un médico. Cabe aclarar que ello no está estipulado en la nueva resolución.
“Los pacientes que vinculamos desde las ONG para tramitar su aprobación presentan su historia clínica, como exige la ley. En caso de que soliciten más información, la misma se puede ampliar. El problema es que los médicos que tienen títulos de posgrado en el uso de cannabis para uso medicinal no tienen manera de cargarlos al sistema del Reprocann”, explicaron a este medio desde el CCH.
Sobre este punto, la Secretaría de Calidad en Salud manifestó en su comunicado: “Los profesionales médicos ya inscriptos en el REPROCANN podrán adecuarse a la nueva normativa”. A su vez, el comunicado reitera en varias ocasiones que los profesionales médicos y las ONG que se encuentran inscriptos cuentan con 6 meses para adecuarse a la normativa, “sin posibilidad de prórroga”.
Valeria Salech, presidenta de Mamá Cultiva, explicó en diálogo con La Izquierda Diario: “Son muy pocas las diplomaturas en cannabis que se dictan, y además requieren como mínimo 220 horas de cursada, es decir, nadie puede hacer una diplomatura en 6 meses”.
Y añade: “Se exige algo que el Estado no promueve ni incentiva. No colaboran para que los médicos, por lo menos del sistema público, se formen o se perfeccionen en materia de cannabis medicinal. Y las diplomaturas que dictan las universidades son pocas porque son caras porque hay que pagar honorarios a quiénes las dictan, y el sistema público universitario está en crisis presupuestaria. Entonces se piden cosas que el Estado no puede garantizar”.
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No obstante, desde la comunidad médica señalan que el no haber realizado un posgrado o curso en cannabis para la salud y/o en endocannanabinología no representa la mayor traba para adecuarse y para que los pacientes presenten sus solicitudes, ya que la mayor parte de los profesionales de la salud que actualmente indican cannabis cuentan con especialización. Sin embargo, el sistema del Registro no proporciona la posibilidad de cargar los títulos.
Ante ello, el documento oficial señala: “El Programa comunicará en breve a través de su página web las vías para realizar esta adecuación”. Y completa: “Se considerarán para cumplir el requisito de lo establecido en la resolución 3132/2024 las instituciones educativas reconocidas por la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano de la Nación”.
En ese sentido, hay que destacar que tras la sanción en 2017 de la Ley que regula la investigación y el uso de cannabis con fines medicinales y/o terapéuticos, muchas universidades públicas del país empezaron a realizar estudios con la planta e incluso a dictar capacitaciones en medicina cannábica.
El primer caso data de 2019, cuando la Facultad de Ciencias Extactas de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) comenzó a impartir la Cátedra Abierta sobre Cannabis y Salud, tanto para alumnos de la institución como para miembros de la comunidad en general. La misma, a cargo de Darío Andrinolo y Patricio de Urraza, las autoridades de dicha facultad e investigadores del Conicet.
“Creemos que la cátedra sobre Cannabis y Salud de la UNLP será válida ante el Reprocann para los médicos que la han cursado. Pero la verdad es que aún no tenemos la certeza”, contó Andrinolo a este medio.
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En cuanto a los cultivadores solidarios, los pacientes para quienes cultivan y los autocultivadores que ya posean autorización, no tendrán la obligatoriedad de adecuarse a la normativa vigente “hasta que se termine la vigencia de la autorización ya emitida”, pero “una vez vencidas todas las autorizaciones vigentes, se deberán readecuar a lo establecido en la resolución 3132/2024”.
Por último, sobre las nuevas solicitudes y las que están pendientes de revisión desde hace casi un año, el informe es tajante: “Las autorizaciones quedarán sujetas a que el profesional médico realice la adecuación a la normativa o lo derive a un profesional médico que cumpla con los requisitos”. ¿Qué ocurrirá entonces con los pacientes vinculados al Reprocann a través de ONG o médicos que, de no poder adecuarse en el plazo dispuesto de seis meses, sean dados de baja del Programa?
El documento de la Secretaría de Calidad en Salud responde: “Aquellos pacientes podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales debidamente registradas por la autoridad sanitaria o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas u otras presentaciones que en el futuro se establezcan”.
Un abanico de alternativas para que los usuarios de marihuana con fines terapéuticos “escojan libremente” de qué modo acceder a la planta y sus derivados en el marco de la proliferación de la industria y el sector privado. “Viva la Libertad, ¡Cannábicos!”