Minera Candelaria, de capitales canadienses, que tiene como lema “Cero Daño” fue multada por la Corte Suprema por graves daños medioambientales por su uso de aguas subterráneas
Miércoles 29 de junio de 2022
Según información recabada por el medio El Ciudadano, la Corte Suprema ratificó la multa impuesta de 4.176 UTA por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), debido a una infracción grave que fue no rebajar su consumo de agua fresca (subterránea), según su permiso ambiental.
La sentencia contra la compañía que opera minera Candelaria, fue ratificada por la Corte Suprema, ya que luego de que la SMA multara a la empresa canadiense, esta apelo al Segundo Tribunal Ambiental que le encontró la razón, por lo que la instancia superior tuve que terminar de resolver, dándole la razón a la Superintendencia.
La resolución señala que es por el grave daño ambiental en la cuenca del río Copiapó, “en virtud de la creciente recirculación de aguas provenientes del depósito de relaves y de la inserción de aguas tratadas y desalinizadas al sistema”. La multa de 4.176 UTA, equivalente a $ 2.918 millones de pesos, una pequeña multa para el daño que provoco.
Benjamín Muhr, Fiscal (S) de la SMA, explicó que “la sentencia de la Corte Suprema respalda el accionar jurídico de la SMA en esta investigación. Asimismo, destacamos que el fallo sostiene que la SMA no sólo cuenta con facultades para interpretar la normativa ambiental, dentro del margen de su labor fiscalizadora, sino que es su deber así hacerlo, indicando que no cabe duda de que se encuentra facultada para calificar jurídicamente los hechos, que es indispensable para el ejercicio de su labor”.
Felipe Sánchez, jefe de la Oficina Regional de la SMA de Atacama sostuvo que “Estamos muy conforme con el fallo de la Corte Suprema. Ahora, como Superintendencia debemos dictar una nueva resolución sancionatoria que cumpla con la sentencia del Segundo Tribunal en todo aquello que no fue invalidado por el Máximo Tribunal, esto es la configuración de algunas infracciones”.