El pasado 21 de enero la comunidad nahua del municipio de Chinicuila en Michoacán ganó el amparo a las empresas mineras Las Encinas y ArcelorMittal, que extraían hierro sin consultar a la comunidad de manera libre, previa e informada y sin actuar a través del proceso judicial que exige la ley nacional e internacional.
Jueves 3 de febrero de 2022
El juez sexto de distrito de Uruapan reconoció el amparo por el que esta comunidad ha estado luchando por más de tres años contra la concesión minera que otorgó ilegalmente la Secretaría de Economía y declaró la suspensión de los títulos de concesión a ambas empresas en Michoacán hasta que la comunidad sea consultada.
Esta concesión es sólo una más de las múltiples violaciones al derecho del territorio de las comunidades indígenas por parte de las autoridades en sus tres niveles de gobierno, quienes permiten el despojo de los recursos naturales de estas comunidades en beneficio del enriquecimiento de las grandes empresas que son realmente para quienes gobiernan.
Además, este 2 de febrero, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió el caso de la comunidad nahua de San Juan Huitzontla, Michoacán y la del ejido de Tecoltemi en Puebla contra las ilegales concesiones mineras y en general contra la Ley Minera. “Si la SCJN declara la inconstitucionalidad de la Ley Minera, se impediría que las comunidades indígenas tuvieran que apelar a un amparo para defender su derecho a ser consultados por la explotación de sus territorios”.
La Ley Minera contra los derechos de las comunidades indígenas
La Ley Minera, promulgada en 1992, permite a la Secretaría de Economía otorgar concesiones de territorios de comunidades indígenas sin considerar que se les consulte para obtener el consentimiento libre e informado, a menos que exista de por medio un litigio en el exijan ese reconocimiento, lo que, como señala el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), implica condiciones materiales con las que las comunidades indígenas no cuentan.
Por ello, esta red de derechos humanos que dio seguimiento jurídico al amparo y la comunidad nahua se suman a la demanda de la comunidad de Tecoltemi, acompañada por Fundar–Centro de Investigación y Análisis y por el Consejo Tiyat Tlal, por una revisión integral de la Ley Minera en México, buscando cancelar los títulos de concesión minera y declarar a esta ley como inconstitucional e inconvencional por vulnerar los derechos a la tierra de los pueblos indígenas.
Mismos que se reconocen en el artículo 2º de la Constitución, aunque de manera ambigua, y en distintos tratados internacionales que México firmó y ratificó para hacerse parte, como la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 y los convenios 107 y 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
La Ley Minera viola estos recursos jurídicos y el interés de los pueblos indígenas porque, según la organización Fundar “decreta que las actividades mineras deben preferirse sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del territorio, aun cuando se trate de territorios indígenas o ejidales; determina que las empresas mineras tienen preferencia para usar y aprovechar el agua para la minería, e incluso para actividades más allá de la minera; garantiza a las empresas el acceso pleno a los terrenos mediante figuras como la expropiación o la ocupación temporal; autorizando estos abusos hasta por 100 años” (27/01/22).
Esto es un abuso y pone en riesgo la existencia de las comunidades indígenas que no sólo deben lidiar con el despojo del agua y la tierra, sino también con la contaminación que deja la práctica de la megaminería.
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¡Que las ganancias de la minería sean para los trabajadores y pueblos indígenas!
Como docentes consideramos que la única forma de frenar los crímenes patronales de la industria minera es desde la organización democrática e independiente de sus trabajadores, sin confianza en los charros que tampoco enfrentan a la industria minera ni a los gobiernos, unidos a los pueblos indígenas que defienden sus tierras y a los movimientos ambientalistas se puede planificar la producción en función de las necesidades de las mayorías, acabar con la explotación indiscriminada de los recursos naturales y garantizar la preservación del medio ambiente.
Esto no será posible en el sistema capitalista, por lo que es necesario avanzar en su destrucción antes de que termine con el territorio y las poblaciones indígenas, como lo muestra la grave crisis de sequía y cambio climático que atraviesa el mundo.
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El avance a la liquidación del sistema significaría que no sólo la minería sino todos los rubros productivos sean planificados al servicio de las grandes mayorías y no para el enriquecimiento de un puñado de empresarios y gobernantes que los encubren. Además de la salvaguarda y el cuidado del medio ambiente que hoy es una tarea urgente.