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Mano dura. Ni “libertad” para protestar: Bullrich usa el ilegítimo artículo 194 contra cortes y piquetes

La ministra de Seguridad de Milei relanzó su “protocolo” para criminalizar y reprimir a quienes reclamen en las calles por comida, salario, vivienda o en defensa del ambiente. Ya lo intentó en 2016, pero fracasó ante la masiva salida a las calles de la clase trabajadora y los sectores populares. Ahora vuelve recargada, agitando un artículo del Código Penal creado por el dictador Onganía. ¿Qué posibilidades tiene de aplicar su plan?

Daniel Satur

Daniel Satur @saturnetroc

Jueves 14 de diciembre de 2023 20:07

Foto Matías Baglietto | Enfoque Rojo

Foto Matías Baglietto | Enfoque Rojo

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Como detalla Larisa Pérez en otro artículo de La Izquierda Diario , este jueves la ministra de Seguridad Patricia Bullrich inauguró su gestión buscando una nueva oportunidad para mostrar su política de mano dura.

Fue a través del anuncio de un “Protocolo de Orden Público” con el que se pretenderá sancionar penalmente a individuos y organizaciones que protesten cortando calles, avenidas o puentes. Protestas que el Gobierno de Javier Milei vaticina como respuestas lógicas al ajuste brutal sobre los bolsillos populares, que también fue anunciado esta semana por el ministro Luis Caputo.

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Hay que recordar que a fines de 2015, cuando asumió en el mismo cargo nombrada por Mauricio Macri, la funcionaria anunció la aplicación de un “Protocolo Antipiquetes”, con la intención de impedir, a como diera lugar, que la protesta social ocupara el espacio público “alterando” el tránsito. “Les vamos a dar cinco minutos, se van o los sacamos”, amenazaba rabiosa, apoyada en su idea por varios gobernadores y hasta algunos adversarios como Hugo Moyano.

Pero aquel protocolo nunca se pudo aplicar, ya que en las calles miles de personas, en diversas manifestaciones, le dijeron “¡no!” a esa violenta amenaza. Acompañando esas acciones populares, el Frente de Izquierda propuso en la Cámara de Diputados un rechazo a la iniciativa bullrichista.

Lógicamente, la no aplicación del protocolo lejos estuvo de impedirles reprimir en varias oportunidades, algunas con consecuencias trágicas como las muertes de Santiago Maldonado (cuyo cuerpo fue hallado 78 días después de la represión de Gendarmería) y de Rafael Nahuel (asesinado por miembros de Prefectura recientemente condenados). La lista de personas criminalizadas en ese período se incrementó de forma exponencial.

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Nada nuevo bajo el sol

El protocolo que ahora Bullrich presenta en sociedad tiene otro antecedente. En 2022, desde La Libertad Avanza se había empezado a agitar el supuesto lanzamiento del “Movimiento Antipiquetero Argentino”. Su antiperonismo los inhibió de ponerle “Alianza”, porque iba a confundirse con la Triple A. Su vocero principal era el legislador porteño Ramiro Marra, quien se paseaba por los medios diciendo que “un piquete es un hecho delictivo que está en el Código Penal, en el artículo 194”, y que “los piqueteros no son ni pobres ni vagos” sino “delincuentes”. Quedó para la historia este cruce de aquellos días, en Crónica HD, entre Marra y el hoy diputado nacional Christian Castillo del PTS-FITU, quien lo “atendió” como se debe.

Milei, Bullrich y compañía, de todos modos, no hacen más que extremar un argumento que, palabras más palabras menos, también esgrimieron en la historia reciente dirigentes de otras filiaciones políticas, incluso de sectores que, en otros terrenos, posan de “progresistas”. De hecho el año pasado, mientras Marra proponía el fantasmagórico MAA, el entonces ministro de Desarrollo Social Juan Zabaleta hablaba de “aprietes” para referirse a miles de trabajadoras y trabajadores que acampaban frente a su despacho reclamando alimentos para los comedores barriales.

Hay que decir que Bullrich no inventa nada, sino que a lo sumo juega a darle forma y colores distintos a lo que ya existe. Aunque en esta oportunidad, con su “Protocolo de Orden Público” se anima a ir un poco más allá de lo que le permite la propia ley que invoca.

Es importante decir que, en los 28 años en los que el peronismo (en sus diferentes etapas) gobernó desde 1983 a la fecha, nunca se propuso eliminar el entramado de leyes y decretos creados a lo largo de los años para perseguir y reprimir movilizaciones, huelgas y protestas. Es más, muchas de las normas más duras las impulsaron ellos. Y hasta se dio la supuesta paradoja de que, luego de la experiencia macrista, quienes hasta 2019 habían denunciado los planes represivos de Bullrich, una vez vueltos a la Casa Rosada aplicaron políticas sustentadas en la misma legislación.

¿Qué dice el 194?

Entre las leyes y códigos utilizados para reprimir la protesta, Bullrich se basa sobre todo en el mencionado artículo 194 del Código Penal de la Nación. Textualmente, “el 194” dice que quien, “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años”.

Ante todo, ése artículo es antidemocrático e ilegítimo desde su origen. No fue incorporado al Código Penal por una votación en el Congreso, sino que fue incrustado de facto en 1968 por el dictador Juan Carlos Onganía a través del “decreto-ley” 17.567. Eso es tan cierto como que ningún gobierno posterior se dignó a derogarlo, teniendo toda la razón para hacerlo. El último gobierno de Juan Perón derogó partes del decreto, pero mantuvo intacto ese artículo. Y tras la dictadura genocida de 1976-1983, las gestiones radicales, peronistas (incluyendo al kirchnerismo que en 2007 impulsó la Ley Antiterrorista), aliancistas y macristas lo sostuvieron hasta hoy.

Con el 194 en la mano, hace décadas que jueces y fiscales asociados a las clases dominantes imputan, procesan y (en algunos casos) condenan a luchadoras y luchadores obreros, sociales, estudiantiles, ambientales y barriales que encabezan movilizaciones, piquetes, acampes y demás formas de protesta por derechos elementales como el trabajo, el salario, la salud, la educación, la vivienda o el cuidado del medioambiente.

Pero más allá de los aprestos represivos de todos los gobiernos (en alianza con empresas periodísticas que ametrallan con el “caos de tránsito”), lo cierto es que en nuestro país existe una jurisprudencia según la cuál, aún siendo reaccionario y antidemocrático, el artículo 194 tiene límites concretos para ser aplicado. Por eso se da la aparente ironía de que muchas causas contra manifestantes a los que se los procesó con “el 194” duermen años en los juzgados y terminan cayéndose por “falta de mérito”. Aunque, claro, el daño está hecho y la protesta social sigue siendo atacada.

En febrero de 2016, durante el “primer tiempo” de Bullrich como ministra represora, desde la bancada del Frente de Izquierda Nicolás del Caño y Myriam Bregman presentaron junto a otros legisladores un proyecto para derogar el 194. En ese texto se explicaba que en Argentina “no se castiga cualquier entorpecimiento o interrupción del tránsito, sino que sólo se pena cuando esas situaciones son el resultado de una manifestación pública”. Y se recordaba que ante eventos habituales como “un festejo deportivo o una celebración religiosa”, que también interrumpen la circulación (a veces incluso por más tiempo que una protesta), “no existe una sola causa por la aplicación del art. 194 del Código Penal”.

Una línea argumental similar a la de la izquierda tienen reconocidos constitucionalistas como Roberto Gargarella y organizaciones de defensa de los derechos humanos como el Centro de Estudios Legales y Sociales.

En el caso del CELS , en varias ocasiones el organismo afirmó que “si bien han surgido variadas interpretaciones en la doctrina sobre este delito (...) el artículo 194 no delimita con suficiente grado de precisión la conducta prohibida penalmente. No tanto por los verbos típicos utilizados, sino más bien por la consecuencia que esas conductas deben generar, esto es la situación de un peligro no común”. Y agrega que “al aplicarse esta figura suele ampliarse el ámbito de punición hacia conductas no contempladas en el tipo penal (...) [Y] se suele aplicar esta figura a situaciones que no generan ningún perjuicio ni peligro de perjuicio a terceros. A su vez, la aplicación concreta del art. 194 del CP ha producido graves restricciones de derechos fundamentales, como el de peticionar a las autoridades, de reunión pacífica y de libertad de expresión, derechos que se encuentran protegidos de cualquier injerencia arbitraria del Estado, tanto constitucionalmente como a través de los distintos instrumentos internacionales incorporados a nuestro derecho interno”.

Aunque no exista una situación de “peligro común”, quienes reclaman la aplicación del artículo 194 contra cortes y piquetes insisten en que sí hay impedimento, estorbo o entorpecimiento del “normal funcionamiento” de transportes y servicios. Una falacia (como varias que ya acumulan Milei, Bullrich y compañía), ya que la totalidad de las protestas (sacando excepciones puntuales) se realizan en zonas que tienen diversas formas alternativas para la circulación y el transporte. Ni hablar de la Ciudad de Buenos Aires, el AMBA y demás ciudades grandes del país, donde cada día hay más cortes por eventos oficiales u obras de mantenimiento que por protestas populares.

Este jueves Bullrich dijo que su “Protocolo de Orden Público” no contemplará si ante un corte o piquete hay vías alternativas tanto para vehículos como para personas. Es decir, que está incluso dispuesta a violar (por derecha) el mismo artículo redactado por los dictadores de la “Revolución Argentina” de 1966.

Hay que agregar un hecho que no por obvio deja de ser ilustrativo de las motivaciones políticas de la represión. Son los propios gobiernos (nacional, provinciales o municipales) los que, sabiendo de la realización de las protestas y teniendo en sus manos el manejo del tránsito, lejos de canalizar la circulación por vías alternativas diseñan operativos que complican aún más la circulación y hasta terminan “encerrando” autos, colectivos y camiones en embotellamientos sin sentido.

Organizarse y salir a luchar

Queda claro, entonces, que el artículo 194 no dice lo que muchos dicen que dice. Pero eso no invalida que sea usado a pleno por funcionarios, jueces y fiscales para buscar neutralizar y hasta encarcelar a quienes salen a las calles a luchar por mejores condiciones de vida. En este caso, no se trata tanto de la ley sino más bien de la trampa. Ésa que el Estado capitalista despliega en forma de campaña permanente para justificar el hambre y la miseria planificada.

Bullrich sabe bien por qué en 2016 fracasó estrepitosamente su “protocolo antipiquetes”. Y aunque hoy quiera basarse en el 55 % de votos que su jefe obtuvo en el balotaje, nada indica que su furia represora ahora pueda tener una revancha. Sobre todo porque el ajuste de su gobierno es un verdadero plan de guerra contra las condiciones de vida de las mayorías trabajadoras (entre las que están muchos votantes de Milei). Y la historia Argentina tiene un largo muestrario de resistencias y combate en las calles a la violencia hambreadora del gran empresariado y sus agentes políticos.


Daniel Satur

Nació en La Plata en 1975. Trabajó en diferentes oficios (tornero, librero, técnico de TV por cable, tapicero y vendedor de varias cosas, desde planes de salud a pastelitos calientes). Estudió periodismo en la UNLP. Ejerce el violento oficio como editor y cronista de La Izquierda Diario. Milita hace más de dos décadas en el Partido de Trabajadores Socialistas (PTS).

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