A través de un DNU de Alberto Fernández, desde ahora se le prohíbe a la AFI “entrometerse” en tareas del Poder Judicial. Total normalidad para los espías de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y Penitenciarios. ¿Qué harán ahora los herederos de Stiuso?
Jueves 5 de marzo de 2020 10:49
Foto AFI
El Gobierno de Alberto Fernández publicó este jueves en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 214/2020, que modifica algunas de las funciones de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), tal como lo había anticipado el domingo en la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso. El punto sobresaliente del DNU dice que a partir de ahora “ningún organismo de inteligencia podrá realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, ni cumplir funciones policiales o de investigación criminal”.
Así, Fernández modificó parcialmente la Ley de Inteligencia Nacional 25.520 que establecía una “excepción” por la cual se permitía “a los organismos de inteligencia participar como auxiliares de la justicia en las investigaciones criminales”.
Básicamente se cambia la letra del artículo 4 de la Ley 25.520. Desde ahora dice que “ningún organismo de inteligencia podrá:
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El decreto plantea que esta medida se adopta luego de haberse dispuesto (a través de otro DNU, el 52/19) “la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia y la derogación del Decreto N° 656 del 6 de mayo de 2016”, mediante el cual el Gobierno de Mauricio Macri había producido, según las consideraciones de la actual administración, “un retroceso institucional en materia de democratización y publicidad del Sistema de Inteligencia Nacional”.
Los considerandos del nuevo DNU afirman que, mientras transcurren los 180 de intervención de la AFI (en los cuales se haría “un reordenamiento y rediseño integral del Sistema de Inteligencia Nacional en pos de restablecer y fortalecer los principios democráticos y de publicidad que deben regir la materia”), resulta necesario “adoptar una medida urgente para lograr bases sólidas para el referido reordenamiento, disponiendo una modificación esencial sobre una de las áreas del Sistema de Inteligencia Nacional que mayores distorsiones ha evidenciado, como es su interacción con el sistema de administración de justicia”.
Esa “interacción”, dice el Gobierno, “permitió generar y retroalimentar vínculos espurios desarrollados entre organismos de inteligencia y algunos sectores del sistema de justicia, franqueando la participación de aquéllos en funciones totalmente ajenas a sus verdaderas áreas de incumbencia”. Según la óptica oficial, en esa “inadecuada intromisión” radicaría gran parte de la afectación de la “necesaria independencia judicial”.
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La “necesidad y la urgencia” en adoptar esta medida, afirma a su vez el decreto, se basa en “la gravedad de la situación” que haría “imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la Constitución Nacional para la sanción de las leyes”. De todos modos, aclara, será la Comisión Bicameral Permanente que tiene competencia en la materia la que deberá “pronunciarse respecto de la validez o invalidez” del DNU y “elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de diez (10) días hábiles”.
La modificación de las funciones de la AFI planteadas por el decreto publicado hoy marcan una alteración en las tareas de espionaje y persecución política-judicial que los “servicios” de la agencia estatal vienen desarrollando desde hace décadas y al servicio de todos los gobiernos.
Sin dudas el emblema de esas prácticas fue Antonio “Jaime” Stiuso, el gran “service” que desde la dictadura cumplió solícito las órdenes de todos los gobiernos, incluyendo obviamente el que condujo la actual vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y e integró el actual presidente Alberto Fernández.
Pero vale recordar que a lo largo de las últimas décadas otros “servicios” se fueron desarrollando con grandes inyecciones presupuestarias de parte del Estado y con ampliación de funciones, llegando incluso a “competir” con la ex SIDE tanto en capacidad operativa como en objetivos políticos y judiciales. El ejemplo de las tareas de César Milani en el Ejército entre 2013 y 2015 es quizás el más conocido. Pero el resto de las Fuerzas Armadas, todas las fuerzas de seguridad federales y provinciales y los servicios penitenciarios de todo el país cuentan con sus respectivos departamentos de inteligencia, todos especializados en las tareas detalladas en los cuatro puntos de más arriba y que el Gobierno ahora le impide hacer a los herederos de Stiuso.
Habrá que ver, desde ahora, qué reubicación les dará el Gobierno a los agentes dela AFI especializados en carpetazos y operetas, qué tareas les asignará (ya que no parecería estar en las intenciones oficiales provocar ningún despido masivo en los sótanos del Estado) y qué nuevas consecuencias traerán estos reordenamientos de “la casa”.
Redacción
Redacción central La Izquierda Diario