Dictadura, juicios de lesa humanidad y el rol de los abogados de los sobrevivientes. Lo legal como herramienta en la lucha contra la impunidad de todos los genocidas y sus cómplices.
Jueves 23 de marzo de 2017 13:40
Desde el fin de la dictadura, la lucha contra la impunidad irrumpió en las calles. Significó un fuerte enfrentamiento contra el pacto entre radicales y peronistas por salvar a las fuerzas armadas como institución, a la burocracia sindical cómplice y a los grandes empresarios. Los gobiernos caen y se reciclan mientras los artífices y ejecutores del genocidio siguen en funciones.
El Centro de Profesional es por los Derechos Humanos, con Myriam Bregman como integrante de “Justicia Ya”, intervino en las querellas en diversos juicios contra los genocidas: Etchecolaz, Von Wernich y ESMA, donde se juzgó a Febres, Astiz y Acosta, entre otros. Lo propio hicieron Victoria Moyano en el Plan Cóndor, Luz Santos Morón en los juicios a los genocidas en La Plata y Natalia Hormazábal en los juicios en Neuquén.
La figura del genocidio
Durante la dictadura de 1976 la figura legal del genocidio se encontraba plenamente vigente. La Argentina la había incorporado, ya en el año 1956, mediante la adhesión al instrumento internacional creado luego de la segunda guerra mundial.
Pero la ley se vuelve palabrerío abstracto rápidamente. Con una demora de 23 años, recién en el año 2006 el poder judicial reconocería que los crímenes de la dictadura de 1976 habían sido cometidos “en el marco de un genocidio”. Fue en el juicio contra Miguel Etchecolatz, el primero luego la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.
Durante la década del 80, el Estado logró imponer que se juzgara a los militares solo por delitos comunes. Con la reapertura de los juicios en el 2006, jueces en su inmensa mayoría y por supuesto los defensores de los militares mantuvieron el mismo método.
En ambos, la estrategia consistía en ocultar a los grandes artífices del plan genocida y en negarlo, precisamente, como plan. Por eso los abogados de los sobrevivientes, nucleados en la querella unificada del colectivo “Justicia Ya!”, insistieron con la aplicación de la figura de genocidio al entender que no se trataba de una simple sumatoria de delitos asilados.
Esta exigencia legal buscaba derrotar la impunidad de la que gozaron miles de militares y civiles genocidas desde el fin de la dictadura. Fue también la conclusión de definiciones y denuncias efectuadas a lo largo del juicio: “se trató de un plan sistemático de exterminio de la dictadura,cometido contra una generación a la que consideraban necesario aniquilar para imponer unplan económico, político y social que tenía como objetivo cambiar la estructura del país, disciplinar y aumentar la explotación de la clase trabajadora”, afirmará Myriam Bregman referente del CeProDH y del mencionado colectivo durante los alegatos contra Etchecolatz.
El genocidio, como crimen específico de lesa humanidad, implica la comisión de múltiples y variados delitos, cometidos todos durante la última dictadura militar.
Según el texto legal, su característica distintiva es el ataque a determinado grupo de la población con el fin de destruirlo, aniquilarlo. Este estrecho concepto jurídico fue profundizado durante distintos alegatos por la querellas, quienes explicaron que la dictadura se propuso esa destrucción “con la intención de que su desaparición genere una transformación de la sociedad entera. El genocidio estuvo dirigido contra militantes sociales, barriales, sindicales y estudiantiles, destruir su organización y participación eran de los objetivos centrales de la dictadura.”
La principal consecuencia jurídica de la figura legal del genocidio es la imprescriptibilidad. Con su exigencia y posterior aplicación, la lucha contra la impunidad logró imponerle al Estado la obligación de juzgar a los responsables de la dictadura sin importar el tiempo transcurrido. Para ello fue necesario que las querellas exigieran juicio por juicio el cambio de calificación legal para que se condenare a los militares por genocidio.
Los autores y ejecutores del plan de exterminio
Ya en el comienzo de los juicios, Myriam Bregman utilizará los alegatos y el concepto de genocidio para denunciar a todos los responsables: “las Fuerzas Armadas y de Seguridad, auspiciadas y alentadas por parte de otros sectores como el gran empresariado y la Iglesia, se hicieron del poder del Estado para aniquilar a otro grupo nacional…ese ’grupo nacional’, era un enorme obstáculo para el proyecto de país que la dictadura de la mano de los grandes empresarios quería imponer”.
En la mega-causa ESMA, dividida en varios expedientes, se encontraban imputados Acosta y Astiz junto a varios genocidas de la Armada. En el 2011 fueron las audiencias del expediente que investigaba los asesinatos de Rodolfo Walsh y de quien fuere protagonista en su libro “¿Quien mató a Rosendo?”, Raimundo Villaflor.
Con su hija Patricia Walsh como parte de la querella, Bregman acudirá al propio Rodolfo Walsh y su Carta Abierta para definir la composición social de los perpetradores del genocidio: “En la política económica de ese gobierno debe buscarse no sólo la explicación de sus crímenes sino una atrocidad mayor que castiga a millones de seres humanos con la miseria planificada”
Demostrando los efectos más profundos de la impunidad, Bregman denunciará a “los verdaderos mandantes de los aquí imputados: la UIA y la Sociedad Rural, el Consejo Empresario Argentino (hoy denominado Asociación Empresaria Argentina), los Rocca de Techint, los Blaquier del Ingenio Ledesma, los Madanes de FATE y ALUAR, la FORD, la Mercedes Benz y tantos otros que componen una minoría en nuestro país, siguen manteniendo el poder económico y persiguiendo, con apoyo estatal, a los que toman las mismas banderas de quienes fueron asesinados por la dictadura.”
El genocidio es un proceso con diferentes etapas: preparación, desarrollo, justificación y planificación de la impunidad. Por ende, es una práctica social genocida aquella que colabora en el desarrollo del genocidio como la que lo justifica ideológicamente. La cúpula de la Iglesia Católica y los medios de comunicación, cuya participación también fue probada en diversas causas, siguen ocultando todo lo que conocen y los archivos que disponen, generando así su propia impunidad.
La nueva impunidad
La forma en que desarrollaron y desarrollan estos juicios fue definida en aquél entonces como una “nueva construcción de la impunidad”.
Casi la totalidad de las pruebas que integran estas causas se basan en testimonios de los sobrevivientes y familiares, testimonios que deben repetirse constantemente al no juzgarse al genocidio y sus responsables de manera unificada. Con este método, los archivos de la dictadura permanecen ocultos por la justicia y los sucesivos gobiernos. Habiéndose probado su existencia, incluso con la confesión de los mismos militares, ningún juez fue capaz de ordenar su apertura.
Bregman denunciará que “esta forma de juzgar a los genocidas es funcional a los intereses políticos tanto de aquellos que pretenden mantener la impunidad absoluta, como de quienes pregonan que es suficiente con juzgar a unos pocos casos paradigmáticos.”
El genocidio implica un verdadero plan criminal común con una división del trabajo criminal: todos los que participaron como autores directos o mediatos son responsables. Aunque la figura fue aceptada por la justicia, su aplicación fue y sigue siendo parcial. En promedio existen solo dos condenados por cada uno de los más de 600 centros clandestinos de detención, mientras que los denominados “responsables civiles” (las grandes empresas, los medios de comunicación y la cúpula de la Iglesia Católica) siguen impunes más allá de algunas pocas excepciones.
Myriam Bregman dejará en claro que “cada uno de ellos fue un engranaje en una maquinaria genocida.”
Es por ello que no se puede hablar de justicia, no mientras los archivos sigan ocultos, no mientras los procesos judiciales sigan dificultando el acceso a la justicia, no mientras los testigos y abogados sigan recibiendo amenazas, no mientras los genocidas no estén en cárceles comunes y más de la mitad de los imputados goce del privilegio de la prisión domiciliaria. No mientras Jorge Julio López siga desaparecido.