El Ceprodh presentó un recurso de casación contra la sentencia dictada en la causa San Martín, conocida como Escuelita VI. El recurso tiene por finalidad solicitar la revocación de la sentencia a los genocidas.
Lunes 28 de octubre de 2019 11:15
El de 10 de octubre el Tribunal Oral Federal de Neuquén, resolvió la absolución parcial de Néstor Castelli, Jorge Eduardo Molina Ezcurra, Oscar Lorenzo Reinhold, y Jorge Héctor Di Pasquale, juzgados por los casos de tres víctimas. Determinó penas irrisorias que van desde los 11 hasta los 3 años de condena, llegando en el caso del imputado Carlos Benavidez a establecer pena de ejecución condicional y bajo “reglas de conducta”; y asimismo, difirió tratamiento de modalidad de cumplimiento de las penas, hasta la etapa de ejecución, disponiendo lisa y llanamente que los represores se vayan caminando a su casa.
Natalia Hormazabal, abogada querellante del Ceprodh tal como lo anticiparon al conocer el veredicto indicó que "a 43 años de estos hechos, no podemos consentir una sentencia de este tipo, donde con criterios arbitrarios y discrecionales, se intenta fortalecer la lógica del juzgamiento de casos como individuales y asilados".
Denunció que "intentar la idea de una renovada obediencia debida, donde se libera hasta altos mandos de sus responsabilidades, ni hablar de los mandos medios y bajos, es algo inadmisible". Explicó que para "la realización del plan genocida, fue necesaria la división de las tareas criminales. Se intenta crear la idea que fueron un puñado los genocidas, cuando actuaron miles en todo el país.”
La abogada querellante agregó: “Como organismo de Derechos Humanos nos agravia, al igual que a sobrevivientes y familiares, que los jueces sigan dictando sentencias por fuera de la realidad histórica. Luego de un periplo de más de cuarenta años, con procesos laberínticos, no atienden a los hechos, crean ficciones jurídicas y no están a la altura de los delitos que juzgan. Seguiremos luchando por juicio y castigo para todos los genocidas, porque es una pelea por el hoy.”
Será la Cámara de Casación Penal Federal de la Nación, quien decida el curso del remedio procesal.
Casacion Escuelita VI by PTS-FIT Neuquén on Scribd