“Los conceptos de revolucionario y de internacionalista, en el sentido moderno de la palabra, son correlativos al concepto preciso de Estado y de clase: una pobre comprensión del Estado significa una pobre conciencia de clase (comprensión del Estado existe no solo cuando se lo defiende, sino también cuando se lo ataca para derrocarlo), en consecuencia, una pobre eficacia de partido, etc.” (Antonio Gramsci, Q3 §46).
1. El propósito de estas notas es proponer algunas hipótesis de lectura sobre la relación entre el concepto de “hegemonía” y la lucha de clases en los Cuadernos de la cárcel: estereotípicamente colocado en el centro de aquellas que serían las contribuciones de Antonio Gramsci a una renovación de la estrategia revolucionaria “en Occidente”, buscamos aquí reponer algunos pasajes del texto gramsciano donde el tratamiento del concepto de “hegemonía” en las notas carcelarias está estrechamente ligado al análisis de las formas y de las condiciones del desarrollo histórico –y, por ello, hablamos de formas contingentes, es decir, políticamente producidas y posteriormente solidificadas a partir de la necesidad de superación de coyunturas concretas del enfrentamiento entre las clases– del Estado burgués.
Nuestro objetivo polémico, en particular, son aquellas lecturas de la noción gramsciana de hegemonía que hacen de la “sociedad civil” un espacio social neutral, nacido de una concepción teleológica de “complejización” de las estructuras de la dominación. Estas interpretaciones, creemos, suponen la adopción de la lectura liberal de la sociedad civil, que podríamos reconocer en el dispositivo polémico de Norberto Bobbio [1], pero también, como reflejo subalternizado de la matriz liberal, en las lecturas pluralistas del eurocomunismo. En esta clave, entendemos que, a través de una operación deshistorizante, el concepto de hegemonía es conducido a su reducción como mero proceso de agregación aliancista, relativizando el contenido estratégico que lo informa en la propia formulación de Gramsci y, consecuentemente, neutralizando el contenido teórico-político y político-estratégico de otras categorías, entre las que destaca aquella de “guerra de posiciones”, reducida a su vez a una competencia –de tipo culturalista o discursiva– en el seno de una sociedad civil relativamente aislada del concepto gramsciano de Estado.
En esta clave, proponemos que la propia reconstrucción histórica –y, por lo tanto, también conceptual [2]– de las formas de estructuración política de la lucha de clases, realizada por Gramsci en los Cuadernos, muestra que la emergencia y el desarrollo histórico –es decir, como producto de la misma lucha– del concepto de “hegemonía” pueden ser leídos, en el mismo movimiento y como dimensiones de una misma lógica, como una fase del desarrollo histórico del Estado.
En otras palabras, creemos que el concepto de hegemonía gana sustancia estratégica al ser leído como una fase de la historia de la organización de la burguesía como Estado: la identificación de las formas de su emergencia, de su dinámica interna y de las implicancias de su profunda crisis en la primera posguerra pueden ser leídos, en ese sentido, como uno de los motivos estratégicos que se encuentran en la base de las premisas filosóficas y epistemológicas del marxismo gramsciano. De este modo, es posible volver a la reflexión carcelaria sobre la hegemonía como un capítulo nuevo y distinto de las discusiones del período inmediatamente previo: ahora mediado por el problema de la crisis de posguerra, el reconocimiento de y la reflexión sobre las “fuerzas motrices de la revolución” en Italia –la cuestión de la “hegemonía del proletariado” [3]– es resituado y desarrollado dentro de la reflexión sobre la fundación de la dominación burguesa y a las formas masivas de su organización de la sociedad. En algún sentido, este es también un gesto leninista: tal reorientación del punto de vista puede leerse ya en el ensayo Notas sobre el problema meridional de 1926, disparador declarado de la agenda de preocupaciones del período carcelario [4].
En este sentido, creemos que la reconstrucción gramsciana de la génesis de la hegemonía burguesa en el contexto de su recomposición post-crisis del Estado liberal puede leerse, en las páginas de los Cuadernos, como un reconocimiento y una identificación de la coyuntura concreta de las relaciones de fuerza dentro de la cual se desenvuelve la lucha de clases, iluminando su lógica y su condensación en el Estado, permitiendo construir históricamente el propio concepto de Estado y el consecuente universo de categorías estratégicas para comprender la estructuración transversal e integralmente política de lo social –y, por ende, del procesamiento estatal de la propia lucha de clases– desde una perspectiva revolucionaria.
En otras palabras, desde este punto de vista y como concepto de la clase obrera, la hegemonía gana espesor analítico y estratégico: por un lado, supone el reconocimiento de las condiciones históricas de la lucha que impone la burguesía como clase dominante y que, como tal, estructura en el Estado; por el otro, gracias a este reconocimiento de la producción históricamente determinada de la forma de la lucha, las clases dominadas se organizan en el campo no neutral de la instituciones que signan su carácter subalterno, construyendo una agregación y desarrollo de fuerzas que, dentro del juego hegemónico, supone la construcción de sí mismas como una fuerza social que tiende hacia disolución de las propias formas de la hegemonía burguesa.
2. La reflexión sobre la hegemonía aparece en una fase temprana de la redacción de los Cuadernos, en el contexto de la indagación sobre las transformaciones del Estado durante el siglo diecinueve y de la reflexión sobre la calidad del proyecto político burgués condensado en la emergencia del parlamentarismo, como forma concreta de Estado y como índice de la propuesta programática integral de la organización burguesa de la sociedad, prefigurada en la filosofía hegeliana.
La primera aparición significativa del concepto de hegemonía es, justamente, una tematización sobre el desenvolvimiento del capítulo italiano de la afirmación de la burguesía como clase dominante, en el proceso de unificación territorial y política que signó la formación del Estado nacional en la península. En la conocida nota §44 del Q1, titulada “Dirección política de clase antes y después de la llegada al gobierno”, Gramsci sostiene que
[e]l criterio histórico-político en que debe basarse la investigación es éste: que una clase es dominante de dos maneras, esto es, es ‘dirigente’ y ‘dominante’. Es dirigente de las clases aliadas, es dominante de las clases adversarias. Por ello una clase ya antes de subir al poder puede ser ‘dirigente’ (y debe serlo): cuando está en el poder se vuelve dominante, pero sigue siendo también ‘dirigente’ […] Puede y debe existir una ‘hegemonía política’ incluso antes de llegar al gobierno y no hay que contar solo con el poder y la fuerza material que éste da para ejercer la dirección o hegemonía política (Q1 §44. 1999, p. 107).
Frecuentemente interpretada como una primera codificación de renovación estratégica para el partido de la clase obrera, creemos que su continuidad con las intervenciones de 1926 debe entenderse en otro sentido. Esta evocación genética de la hegemonía se inserta explícitamente en el tratamiento de las formas de construcción de la dirección burguesa, en el contexto de una serie de notas que trabajan sobre la relación entre las clases y los intelectuales [5] y alrededor de la crisis de aparato hegemónico de la burguesía en la posguerra, sobre el prisma retrospectivo de su nacimiento en el siglo anterior. Pocas notas más adelante –escribe en los primeros meses de 1930– Gramsci proponía una interpretación de la construcción institucional del Estado burgués en clave hegemónica, en una trama histórico-política determinada por el tipo de proyecto nacido de la revolución francesa y de los propios avatares de la afirmación de la burguesía como clase dominante. En Q1 §47 “Hegel y el asociacionismo”, Gramsci proponía interpretar
[l]a doctrina de Hegel sobre los partidos y las asociaciones como trama ‘privada’ del Estado. Ésta derivó históricamente de las experiencias políticas de la revolución francesa y debía servir para dar mayor concreción al constitucionalismo. Gobierno con el consentimiento de los gobernados, pero con el consenso organizado, no genérico y vago tal cual se afirma en el instante de las elecciones […] Así, Hegel, en cierto sentido, supera ya el puro constitucionalismo y teoriza el Estado parlamentario con su régimen de partidos. Su concepción no puede ser todavía más que vaga y primitiva, entre el político y el economista, según la experiencia histórica de la época (Q1 §47. 1999, p. 122).
Desde los primeras notas del primer cuaderno –e, incluso, podríamos decir que, en cierto sentido, el trabajo teórico en los Cuadernos se abre en Q1 §43– Gramsci decanta el concepto de “hegemonía” a partir del análisis de la forma histórica de la construcción burguesa de su aparato de dirección: las indicaciones de §44 sobre la insuficiencia moderna del momento de mero dominio y su inconmensurabilidad con el proyecto de la revolución francesa son presentadas, en Q1 §47, a partir de la identificación de sus dos formas específicas: los partidos y los sindicatos como “trama privada del Estado”, aquellas instituciones –entendidas en un sentido amplio, como momento estatal de producción social de estatalidad– que organizan el sistema de mediaciones del Estado parlamentario.
Sin embargo, no se trata aquí del parlamentarismo como sistema de gobierno, sino como lógica históricamente producida de integración y traducción de la presencia conflictiva de las clases en la sociedad, en una instancia de universalización simultáneamente formal y orgánica: su origen está íntimamente relacionado con la necesidad de condensar políticamente la victoria de la burguesía contra las antiguas clases dominantes, pero también –y, especialmente, porque en la emergencia disruptiva de la clase obrera está el secreto de las formas específicas que asume la dominación burguesa– contra lo “novísimo”.
Génesis histórica de la “hegemonía” coincide, entonces, en los trazos iniciales de la reflexión gramsciana, con la estructuración de la forma de Estado que testimonia el nacimiento político de la clase obrera y con la necesidad de estabilizar la dominación política de la burguesía. Como escribirá algunos meses más tarde en pleno proceso de “retorno a Marx” (Frosini, 2010; Izzo, 2009) en la primera serie de los “Apuntes de filosofía” del Q4, solo después de la derrota de la Comuna de París “las contradicciones internas de la estructura social francesa que se desarrolla después de 1789 encuentran su composición relativa solamente con la tercera república y Francia tiene 60 años de vida política equilibrada después de 80 años de trastornos a oleadas cada vez más largas” (Q4 §38. 1981, p. 169).
Tal internalidad orgánica entre génesis de la hegemonía y el nacimiento del parlamentarismo a partir del conflicto entre las clases queda explicitada en la nota inmediatamente sucesiva a aquella sobre la sistematización hegeliana del concepto burgués de Estado. La relación entre hegemonía y Estado es presentada como fruto de un largo ciclo de afirmación burguesa de la dominación, iniciado con la gran revolución y solidificado solo tras el aplastamiento del movimiento obrero francés, que funciona como elemento aleccionador de la clase a nivel europeo, presentándole los límites del revolucionarismo permisible y las bases de expansión del reformismo posible.
La construcción de la hegemonía es teorizada, entonces, como el efectivo desarrollo histórico –es decir, político: “práctico” en el sentido de las Tesis sobre Feuerbach– de un concepto integral de Estado, estableciendo una relación orgánica entre su expansión “teórico-práctica” –jurídica, política, económica– y su carácter como operación de “recuperación del consenso”. Allí, en Q1 §48, Gramsci sostiene que
[e]l desarrollo del jacobinismo (de contenido) ha encontrado su perfección formal en el régimen parlamentario, que realiza en el periodo más rico de energías ‘privadas’ de la sociedad, la hegemonía de la clase urbana sobre toda la población, en la forma hegeliana del gobierno con el consenso permanentemente organizado […] El ‘límite’ hallado por los jacobinos por la Ley Chapelier es superado y ampliado a través de un proceso complejo, teórico-práctico (jurídico-político-económico), por el cual se recupera el consenso político (se mantiene la hegemonía) ampliando y profundizando la base económica con el desarrollo industrial y comercial hasta la época del imperialismo y la guerra mundial (Q1 §48. Gramsci, 1999, p. 123).
3. En el desenvolvimiento de la reflexión gramsciana en esas mismas notas, la pregunta sobre el concepto de hegemonía y sobre la forma histórica del Estado –que funge como su soporte y como su sinónimo– descubre su carácter como preocupación estratégica: habiendo presentado que no es una forma neutral de la política –dado su origen como procesamiento burgués de la dominación–, Gramsci pone la hegemonía como perspectiva de análisis de la crisis del Estado liberal, aquella coyuntura donde se sanciona la propia caducidad e ineficacia del conjunto de mediaciones nacidos e institucionalizados a fines del siglo anterior. En ese sentido, poco más adelante en el mismo Q1 §48, sostiene que
[e]n el período de período de posguerra, el aparato hegemónico se resquebraja y el ejercicio de la hegemonía se hace cada vez más difícil. El fenómeno es presentado y tratado con diversos nombres y bajo diversos aspectos. Los más comunes son: ‘crisis del principio de autoridad’-‘disolución del régimen parlamentario’ (Q1 §48. Gramsci, 1999, p. 124).
Desde la perspectiva del dirigente comunista que reflexiona sobre el Estado y la práctica política revolucionaria, la posguerra presenta un desafío teórico y práctico: la comprensión estructural –en el sentido de la estructura conflictiva de lo social, es decir, como cúmulo de relaciones de fuerza– de la coyuntura abierta y, consecuentemente, como determinación de las formas y los límites de la intervención de la clase obrera y sus organizaciones. La pregunta sobre la disolución del aparato hegemónico burgués es –además, al mismo tiempo y necesariamente– por un lado, la preocupación por las tentativas de recomposición, su proyección a escala europea y las determinaciones específicas de la respuesta burguesa a nivel estrictamente nacional; por el otro, la búsqueda por comprender cabalmente cuál es la calidad y la lógica del terreno donde la clase obrera debe efectivamente organizarse.
Asimismo, es la propia formulación del concepto de hegemonía en este sentido aquel que permite construir un diagnóstico de la crisis que muestre el carácter fundamental –en sentido etimológico, es decir, involucrando directamente los fundamentos históricos y lógicos de la hegemonía burguesa– de la fractura producida por la irrupción política de una clase obrera que se propone darse una propia organización como Estado: la revolución rusa y su expansión europea –como secuencia de episodios insurreccionales, pero también como índice de vitalidad de una alternativa integral que disputa la dirección del propio desarrollo histórico de la sociedad– implica la sanción de la definitiva caducidad del parlamentarismo –entendido en el sentido arriba expuesto– y la consecuente fluidificación de la sociedad civil, aquella “trama privada del Estado” que había supuesto la institucionalización del equilibrio de fuerzas precedente.
4. La lectura de la hegemonía a la luz del concepto de Estado y de la reconstrucción del proyecto burgués, propuesta por Gramsci desde los primeros cuadernos, permite entonces recalibrar la propia relación entre hegemonía y la lucha de clases. Por un lado, reconociendo que la profundización del concepto de Estado a partir de la reflexión sobre la hegemonía se instala directamente en un intento por comprender la estructuración política de la sociedad: en ese nivel, la historia de las diferentes duraciones, temporalidades y lógicas de las relaciones de fuerza se suelda en el Estado.
Entendido como aparato hegemónico, el Estado condensa y otorga un sentido unitario a tales dimensiones de lo social, en función de la desactivación –efectiva o preventiva– del carácter disruptivo del enfrentamiento de clases. En otras palabras, la hegemonía es la producción de un orden de clase y su condensación en una trama institucional: en palabras del propio Gramsci, Estado es todo aquel conjunto de acciones prácticas y teóricas a través de las cuales la clase dominante justifica y mantiene su dominio, obteniendo el consenso de los dominados. “Trama privada del Estado” y, especialmente, “guerra de posiciones” pueden leerse, en esta clave, como conceptos de la ofensiva estratégica de la burguesía una vez reconocida la amenaza efectiva de la clase obrera que se reconoce políticamente a sí misma como tal. Por otro lado, el corazón del proyecto teórico gramsciano es, necesariamente, su espíritu estratégico: no como doctrina de la “revolución en Occidente”, sino como elaboración filosófica y epistemológica de la potencia inmanente de la lucha de clases en la producción de la realidad como historia.
Estos registros son, en realidad, el mismo problema puesto en función de la lucha entre clases antagónicas. En el nexo entre ellos –el inicio del análisis en la construcción conflictiva de las condiciones generales de la dominación y, por ende, de la lucha; el “retorno a Marx”, donde “praxis” e “inmanencia” definen al marxismo como una epistemología de la producción política de la realidad, como una “ciencia de la política”; la producción de una matriz de análisis estratégico y la elaboración alrededor de su desenvolvimiento organizativo– puede ser leído, nuevamente, como un desarrollo del leninismo: en definitiva, como reconocimiento de las condiciones estratégicas en las cuales debe producirse históricamente la lucha de la clase obrera, la reflexión sobre la hegemonía puede ser leída como la traducción gramsciana del análisis concreto de la situación concreta.
Referencias bibliográficas
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Artículo publicado en el Boletín de la Asociación Gramsci Argentina N° 1 (Marzo 2023).
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