Se trata de un recurso de Casación presentado por la querella del CeProDH, en donde cuestionó tanto las absoluciones, como las penas exiguas de 3 a 11 años para quienes cometieron delitos de lesa humanidad.
Lunes 7 de junio de 2021 11:44
En el día de la fecha la Cámara Nacional de Casación Penal, Sala IV, notificó sentencia que, con el voto mayoritario del juez Gustavo Hornos revocó parcialmente la sentencia del Juicio Escuelita VI que en su momento había dictado absoluciones a genocidas, entre ellos Néstor Rubén Castelli, y los integrantes de la plana mayor de Inteligencia Oscar Lorenzo Reinhold, Sergio Adolfo San Martín, Jorge Eduardo Molina Ezcurra y Jorge Héctor Di Pasquale. Asimismo anula la sentencia en cuanto el Tribunal había rechazado el pedido de quita de los beneficios previsionales obtenidos por los represores -y que gozan en la actualidad-, reenviando al Tribunal de origen para el dictado de un nuevo fallo.
La sentencia del Tribunal Oral de Neuquén había desestimado su responsabilidad por los casos de la periodista de la región “Maité” Oliva, el concejal Olivera y el estudiante de abogacía y militante Juan Marcos Herman.
En el recurso de Casación presentado por la querella del CeProDH cuestiona tanto las absoluciones como las penas exiguas de 3 a 11 años para quienes cometieron delitos de lesa humanidad.
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La Cámara de Casación resolvió finalmente por voto mayoritario: “II. HACER LUGAR PARCIALMENTE a los recursos de casación interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y por la querella CEPRODH, ANULAR lo resuelto por el a quo en lo que respecta a la aplicación de lo previsto en el art. 19, inc. 4, del C.P., REENVIAR al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento teniendo en consideración lo aquí desarrollado, y por mayoría:
a) REVOCAR la absolución dictada respecto de Néstor Rubén Castelli por el caso del que fuera víctima, CONDENARLO como coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de y aplicación de tormentos físicos y psíquicos por resultar la víctima un perseguido y REMITIR al tribunal de origen a fin de que, previa audiencia de visu, se determine la pena a aplicar.
b)REVOCAR las absoluciones dictadas respecto de Oscar Lorenzo Reinhold, Sergio Adolfo San Martín, Jorge Eduardo Molina Ezcurra y Jorge Héctor Di Pasquale por el caso del que fuera víctima Olivera, CONDENARLOS como coautores de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el uso de violencia y aplicación de tormentos físicos y psíquicos por resultar las víctimas perseguidos políticos, y REMITIR al tribunal de origen a fin de que, previa audiencia de visu, se determine la pena a aplicar.
c) REVOCAR la absolución dictada respecto de Jorge Eduardo Molina Ezcurra por el caso del que fuera víctima Herman, CONDENARLO como partícipe necesario de privación ilegal de la libertad agravada por el uso de violencia, y aplicación de tormentos físicos y psíquicos por resultar la víctima perseguido político y REMITIR al tribunal de origen a fin de que, previa audiencia de visu, se determine la pena a aplicar. Regístrese, notifíquese, comuníquese...”
Mariana Derni, abogada querellante expresó “entendemos que pese a no hacer lugar a todos los planteos, este fallo es un gran avance porque se obliga al dictado de un nuevo fallo, reconociendo el rol fundamental que tuvo el Destacamento de Inteligencia 182 en el plan genocida llevado adelante en la región; todo lo que ya ha sido probado en juicios anteriores. Ellos marcaban, estudiaban, seguían e informaban todo acerca de cada una de las víctimas”.
Natalia Hormazabal, abogada querellante, indicó “en este juicio Escuelita VI se agregaron nuevos elementos de prueba, pero todo lo recopilado en juicios anteriores no dejaba lugar a dudas acerca del funcionamiento del circuito represivo en la región, que incluyó a la Escuela de Instrucción Andina con Centro de Detención y Tortura, y que si bien era un lugar público, cumplió con estas tareas en la clandestinidad y como parte del plan represivo”.
Y finalizó “llegar a esta instancia es producto de la lucha incansable que han dado las y los sobrevivientes, sus familiares y los organismos de Derechos Humanos de la región, así como de las y los querellantes que seguimos dando pelea en estas causas pese al intento de “ dar vuelta la página” de la historia del genocidio en nuestro país”.