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Red Internacional
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Juicio Escuelita Iv. La querella del CeProDH pidió prisión perpetua en cárcel común para los 22 imputados

Este miércoles 10, mientras en La Plata se realizaba una importante concentración frente al Tribunal Oral Federal para exigir que se rechace el pedido de prisión domiciliaria a Etchecolaz, en Neuquén alegó el CeProDH.

Jueves 11 de agosto de 2016

Fotos: Camila Marcel

La querella del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos, conformada por las abogadas Natalia Hormazabal, Leticia Celli y Mariana Derni, comenzó su alegato pasados unos minutos de las 9 de la mañana del miércoles.

En la sala en la que se desarrollan las audiencias, había un importante número de público, se destacaba la presencia de las Madres de Plaza de Mayo, filial Neuquen y Alto Valle, el diputado provincial del PTS en el FIT Raúl Godoy, trabajadores de la educación, de Zanón bajo control obrero, Norma Brizuela y trabajadoras de salud.

Comenzó la intervención de esta querella la abogada Celli, quien hizo una introducción planteando que los jueces, a la hora de decidir, deben tener en cuenta que:“Este juicio, no es un juicio del pasado, sino un juicio del presente, que están juzgando un plan genocida, que incluían entre una de sus apuestas fundamentales, la manera de garantizarse la impunidad, pues no tenerlo en cuenta significaría un análisis sesgado y miope, inaceptable a 40 años de espera para este momento. Esta querella entiende que todos los que participaron del plan genocida ya sea como autores directos o mediatos, resultan ser coautores ya que hay un verdadero plan criminal común y una división del trabajo criminal”.

Esta parte de la querella incluyó el detalle de la intervención en el terrorismo de estado en la región por parte del ejército y las policías Federal de Río Negro y de Neuquén.

También se argumentó en relación al pedido de condena por genocidio: “En esta modalidad genocida, que es pensar al genocidio como destrucción y reconstrucción de relaciones sociales, donde el aniquilamiento de una fuerza social no es el objetivo final sino un medio para transformar las relaciones sociales del conjunto, ubica Feierstein al genocidio argentino”.

A su turno, la abogada Hormazabal se explayó en relación a los hechos, la responsabilidad de cada imputado y las fuerzas represivas intervinientes.
Una parte importante de este alegato lo constituyó la cuestión de los delitos sexuales, como delitos autónomos y parte sustancial del delito de genocidio. Es en este tramo que por primera vez, se juzga en relación a delitos sexuales.

También, y a diferencia del resto de las querellas, el CeProDH pide al TOF que se juzgue y condene por desaparición forzada, como constitutiva del delito de genocidio. “La desaparición no es un eufemismo sino una alusión literal: una persona que a partir de determinado momento desaparece, se esfuma, sin que quede constancia de su vida o de su muerte. No hay cuerpo de la víctima ni del delito. Puede haber testigos del secuestro y presuposición del posterior asesinato pero no hay un cuerpo material que dé testimonio del hecho. No estamos de acuerdo con que se intente juzgar por homicidio, cerrando el capítulo de los desaparecidos. Y es en relación a las víctimas Celestino Aigo, Orlando Cancio, Horacio Girardello, Jesús González, Felipe Lara, Horacio Magariños, Rodolfo Marinoni, José Méndez, Mateo Nieto, José Pichulman, Miguel Ángel Pincheira, Javier Seminario y Leticia Veraldi, todos los cuales a la fecha se encuentran desaparecidos”.

Finalizando, las 5 horas que demandó el alegato, la querella del CeProDH pidió la condena a prisión perpetua, de cumplimento efectivo en cárcel común, para: Oscar Lorenzo Reinhold; Hilarión de la Pas Sosa; Luis Alberto Farías Barrera; Jorge Héctor Di Pasquale; Jorge Alberto Soza; Sergio Adolfo San Martín; Jorge Eduardo Molina Ezcurra; Raúl Antonio Guglielminetti; Enrique Braulio Olea; Gustavo Sommer; Miguel Ángel Cancrini; Alberto Antonio Camarelli; Miguel Angel Quiñones; Gerónimo Enerio Huicain; Julio Héctor Villalobos; Saturnino Martínez; Gustavo Vitón; Néstor Rubén Castelli; Osvaldo Antonio Laurella Crippa; Emilio José Rozar; Enrique Luis Sires y Ramón Luis Ángel Saboredo.

Como así que se ordene la detención inmediata de quienes se encuentren en libertad y fueren condenados, a saber: Miguel Angel Cancrini, Gerónimo Henerio Huircain, Saturnino Martínez, Miguel Angel Quiñones, Emilio José Rozar, Ramon Luis Angel Saboredo, Luis Enrique Sires, Julio Hector Villalobo, Gustavo Vitón.

Durante este jueves y el viernes tendrán su tiempo las defensas y los jueces Alejandro Silva, Guido Otrando y Marcos Aguerrido establecieron un cronograma que buscará finalizar con los planteos de los abogados y las últimas palabras de los acusados el 9 ó 12 de septiembre, oportunidad en la que se conocerá la fecha del veredicto