Fueron dos comisiones de la cámara de diputadas y diputados, que despacharon para su discusión el proyecto de ley que establece las Reglas de Uso de la Fuerza, que busca asegurar impunidad total para las acciones de policías y Fuerzas Armadas
Viernes 3 de mayo
Continua la exigencia de sangre y bala tras el asesinato de los tres carabineros, la derecha aprovecha así el pánico para pasar su agenda de impunidad para policías y FFAA, en lo que la secunda el gobierno, que le abre su agenda en el parlamento para su discusión tal cual prometió la nueva presidenta de la cámara, Karol Cariola.
Se trata de las Reglas de Uso de la Fuerza, sobre las que venia agitando hace meses la derecha para poder asegurar impunidad total a carabineros y Fuerzas Armadas, para poder utilizar su poder de fuego sin ningún contrapeso legal.
Según lo aprobado en las comisiones unidas de Constitución y Seguridad Ciudadana, que ahora pasara a su discusión en la sala de la Cámara de Diputados, se busca modificar la competencia de los tribunales militares, para que sean ellos quienes se hagan cargo de las acusaciones sobre militares y policías incluidas.
La modificación del texto indica que “durante la vigencia de los estados de excepción constitucional, la protección de la infraestructura crítica, el resguardo de áreas de zonas fronterizas y el resguardo del orden público en relación a los actos electorales y plebiscitarios a que se refiere la Constitución Política de la República, los delitos imputados a militares en actos de servicio militar, en cumplimiento de sus labores o con ocasión de ellas, serán siempre conocidos por los tribunales señalados en el artículo primero del Código de Justicia Militar. En ningún caso o circunstancia los civiles que hayan intervenidos en esos hechos podrán ser juzgados por los tribunales militares”.
Ademas aprobaron sobre lo armamento letal, rebajando los criterios para su uso, mas gatillo facil, quedando asi la indicacion presentada por RN, “el uso de la fuerza potencialmente letal constituye una medida que procede sólo cuando resulten insuficientes las medidas establecidas en las etapas previas y justificada en caso de cumplimiento del deber, legítima defensa, cumplimiento de una orden judicial, con el objeto de detener a una persona que oponga resistencia a la autoridad, para impedir su fuga o para la protección de infraestructura crítica, cuando exista peligro grave de verse afectada”.
Y la que asegura mas impunidad, llamada eximientes, que no sera una modificacion sino una ley nueva: “se presume que concurre la circunstancia eximente del cumplimiento del deber, prevista en el artículo 10 N° 10 del Código Penal, respecto del personal policial o militar que, en cumplimiento al mandato recibido, actúa de conformidad con las reglas de uso de la fuerza contenidas en la presente ley, cualquiera que sea el daño o afectación que se ocasione a las personas o cosas”.
Agregando “se presume que concurren las circunstancias de la legítima defensa exigidas en el artículo 208 del Código de Justicia Militar y en el artículo 10 N°4 y N°6 del Código Penal, respecto del personal policial o militar que en razón de su cargo, o en cumplimiento de las funciones previstas en esta ley y cualquiera que sea el daño que se ocasione al agresor, respecto de aquel que impida o trate de impedir la consumación de delitos que atenten contra la vida o integridad física del personal policial, militar o de terceros”.
Desde el gobierno aseguraron que harán reserva de constitucionalidad de estos artículos porque sobrepasan los lineamiento del gobierno en la materia, contradictoriamente cuando fue el mismo gobierno que le abrió las puertas para recomenzar a legislar sobre estas Reglas de Uso de la Fuerza que aseguren impunidad para los actos de los agentes del Estado contra la población.