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Red Internacional
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Gatillo fácil contra Fernando Leguizamón: La Justicia tuvo que aceptar a su familia como parte de la causa

Por un fallo de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones de Quilmes, la esposa de Fernando Leguizamón, asesinado por un policía el 22 de junio en Quilmes Oeste, podrá presentarse en la causa judicial como particular damnificada, derecho que le venían negando el Juez Goldberg y la Fiscal Santoro.

Miércoles 21 de octubre de 2020 17:13

Fernando Leguizamón tenía 31 años y cinco hijos. El 22 de junio, el policía bonaerense Rodrigo Valdez lo acribilló, en Quilmes, acusándolo de un robo que el agente supuestamente había sufrido minutos antes. Fernando iba junto a su esposa para el taller en el que trabajaba porque los vecinos le habían avisado que escucharon ruidos extraños. Fue entonces cuando el policía de la Comisaría Primera Rodrigo Valdez, que estaba de civil y fuera de servicio, lo interceptó con su compañera también bonaerense y un grupo de amigos. Luego lo baleó y lo remató en el piso.

Fernando es uno de los jóvenes hijos del pueblo trabajador que fue víctima del gatillo fácil de la Bonaerense de Berni y Kiciloff, durante la cuarentena blindada donde el gobierno le otorgó poderes especiales a la policía y las fuerzas federales.

Desde ese 22 de junio su esposa, su hija, sus padres, su tío y sus amigos iniciaron una dura lucha por justicia junto a otros familiares de víctimas de la brutalidad policial como Alan Maidana, Ignacio Seijas y organismos de derechos humanos como el CeProDH y la CORREPI, que tiene a su cargo la causa judicial con la representación de María de Carmen Verdú.

Tanto el Juez Marcelo Goldberg como la Fiscal Ximena Santoro se negaron a concederle a la familia de Fernando el elemental derecho de ser parte en la causa judicial a través de la figura del particular damnificado. El argumento fue, primero, que “había que determinar cuál era el rol de Fernando Leguizamón en el marco del proceso” y luego, que “el objeto procesal de la investigación era una tentativa de robo que Leguizamón habría intentado cometer en perjuicio de Rodrigo Valdez”. Es decir, el Juez y la Fiscal daban por sentada la versión policial de los hechos en lugar de abrir una investigación seria sobre el asesinato de Fernando en manos del bonaerense Valdez. Por otro lado, y a partir de esta conclusión, le negaban a su familia un derecho elemental. Una vez más, como en tantos casos de gatillo fácil, la Justicia cómplice convertía a la víctima en victimario.

En este marco, María del Carmen Verdú realizó la apelación correspondiente. Según el comunicado que nos envía CORREPI: “…la Sala Segunda de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Quilmes acaba de reconocer que, aunque “la hipótesis fiscal” sea que “el policía repelió la agresión cometida por Leguizamón mediante la utilización de un arma de fuego, produciéndose la muerte de éste último“, no puede negarse el derecho de Yésica y sus hijxs a intervenir para que se determinen las circunstancias del asesinato y la responsabilidad de su autor”.
Luego de cuatro meses de lucha contra la represión policial y la impunidad judicial, en los que incluso producto del disgusto falleció el padre de Fernando, la familia Leguizamón logró arrancarle a la Justicia una primera conquista que le da fuerza a la pelea por cárcel común y efectiva para el policía asesino Valdez.

Vamos por justicia para Fernando y todas las víctimas del gatillo fácil y la brutalidad policial.


Carla Lacorte

Carla Lacorte nació el 4 de enero de 1971 en la Ciudad de Buenos Aires. Su padre Miguel Angel murió fusilado en el Estadio Nacional de Chile en septiembre de 1973 tras ser detenido mientras resistía el golpe de Pinochet en el Cordón Industrial de Vicuña Mackenna. Junto a su madre, que escapaba de la represión del Proceso, se radicó en Quilmes. A la salida de la dictadura tuvo una activa participación en el centro de estudiantes del Colegio Nacional de esa ciudad. Integra el Centro de Profesionales por los Derechos Humanos y milita en el PTS desde el año 2000. Estudiaba Ciencias Veterinarias hasta (...)

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