La figura del contratista de viña, quien trabajaba una parcela de tierra a cambio de una mensualidad y del 18% de la producción anual, desde su aparición generó extensos y repetidos debates alrededor de su estatuto legal. En 1972 el gremio tuvo una activa participación en el Mendozazo y realizó diversas acciones en reclamo de las reivindicaciones del sector.
Martes 12 de marzo de 2019 00:00
La figura del contratista de viña, quien trabajaba una parcela de tierra a cambio de una mensualidad y del 18% de la producción anual, desde su aparición generó extensos y repetidos debates alrededor de su estatuto legal. Al ser una figura que sólo existía en Mendoza y San Juan, no fue tenida en cuenta en la legislación laboral a nivel nacional, lo que llevó a permanentes litigios entre patrones y trabajadores. El hecho de ocupar un lugar estratégico en la estructura económica (hacia 1968 el 33.7% de los viñedos y 41.8% de la superficie vitícola de Mendoza eran explotados por el régimen de contratos) llevó a que fueran sometidos/as a una ambigua situación a partir de la cual eran considerados trabajadores por unos y emprendedores por otros, además de estar sujetos a un régimen de autoexplotación tanto el contratado como su esposa e hijos/as. Vale la pena destacar que las mujeres trabajaban a la par del varón, sólo que la burguesía vitivinícola usufructuaba su trabajo productivo de modo gratuito además del trabajo reproductivo, tampoco remunerado. Respecto de la situación de las mujeres contratistas, rescatamos el concepto de Iris Young de “división del trabajo por género”, el cual nos permite comprender la estructura económica y las relaciones sociales de producción de una formación social en su conjunto, al visibilizar la explotación de clases y la opresión de las mujeres como aspectos del mismo sistema socioeconómico.
A lo largo de gran parte del s. XX, los contratistas lucharon por ser considerados trabajadores y de ese modo obtener los beneficios que éstos adquirían. Un punto de inflexión en ese proceso fue mayo de 1969, cuando se sentó nueva jurisprudencia a partir del pedido de un particular, que argumentaba que el contratista tenía un nivel de vida mejor que el campesino de la pampa húmeda, y que no estaba supeditado a un contrato. La aplicación de dicho fallo implicó para los contratistas la pérdida de derechos como indemnización por accidente de trabajo, sueldo anual complementario, sábado inglés, antigüedad, y la no renovación contractual o recisión anticipada, lo que implicaba despido sin indemnización. En este escenario, a partir de masivos despidos producto del fallo y en un clima de agudización de la lucha de clases, los contratistas mendocinos a través del Sindicato Único de Contratistas de Viñas y Frutales, comenzaron a reclamar de manera sostenida ser considerados trabajadores, junto con otras reivindicaciones tales como jornada de 8 hs, 300 días de trabajo estable, descanso de 24 hs semanales, vivienda sana, etc.
Desde ese momento y hasta el golpe de Estado de 1976, fueron numerosas las acciones de protesta encaradas por estos trabajadores. Durante 1971, frente a la decisión de los patrones de no actualizar los salarios apoyándose en el carácter supuestamente autónomo de los trabajadores, se realizaron huelgas y medidas como el no acatamiento de órdenes de los patrones, logrando de este modo el precio del tacho de uva que reclamaban. En 1972 el gremio tuvo una activa participación en el Mendozazo y realizó diversas acciones en reclamo por la prórroga de los contratos de viña del ciclo 1972/73, el pago de remuneraciones, y por la aplicación del convenio de trabajo del año 1971. A fines de 1972, un nuevo fallo de la Corte provincial estableció una vez más que los contratistas eran trabajadores autónomos, lo que llevó a que en abril de 1973 no se renovara miles de contratos frente a lo cual el sindicato resolvió que los trabajadores no desalojarían las viviendas hasta la asunción del gobierno constitucional en mayo de ese año. Con la asunción del gobierno peronista, en mayo de 1973, y a partir de la entrada en vigencia del Pacto Social, se produjo un temporario clima de “paz social”. A fines de ese año y luego de una larga lucha, se logró la conquista más importante para el sector: la ley 20.589 que dictaba un estatuto de contratistas de viñas y frutales de carácter nacional, que regulaba la figura como un contrato laboral especial, y que establecía seguro por accidente del trabajo, beneficios previsionales, obra social obligatoria, asignaciones familiares, indemnización por despido injustificado. Pese a esta histórica conquista, hacia fines del 75 comenzaron a sentirse los efectos de la crisis vitivinícola y los conflictos se agravaron cuando la patronal recurrió a táctica a la que solía recurrir frente a crisis de superproducción: dejar hileras sin cosechar y despedir trabajadores.
Recordemos que durante los meses previos al golpe de Estado fueron diversas las estrategias llevadas a cabo en pos de “normalizar” el proceso de trabajo y desactivar la resistencia-y ofensiva- de los/as trabajadores/as y sus organizaciones. Diferentes prácticas represivas tales como detenciones, bombas, secuestros, vigilancia-inteligencia, intervenciones de sindicatos y cesantías fueron puestas en marcha. En este escenario, a comienzos de diciembre, se conoció el nuevo convenio colectivo para el año 1975, el cual establecía una serie de montos que no concordaba con los reclamos de los trabajadores. Frente al descontento del sindicato y al anuncio de un plan de lucha, el gremio, que históricamente había estado ligado al Partido Comunista, fue intervenido por la derecha peronista que conducía la CGT. Una comisión normalizadora apoyada por la central obrera tomó el sindicato “ante la incapacidad de la anterior conducción liderada por Moretti” que sólo cumplía “directivas de sus amigos rojos” (Mendoza 5/12/1975). De manera simultánea, se anunció que se convocaría a elecciones en 90 días, se constituyó la Agrupación 17 de octubre ligada al denominado peronismo ortodoxo y se exigió la aprobación del convenio. El local del gremio fue clausurado y custodiado por la policía. Ante semejante atropello, los contratistas llamaron a un paro de 24 hs para el 9 de diciembre pidiendo la restitución del sindicato a las autoridades legítimamente electas a comienzos de febrero de 1974. El paro fue desautorizado por la comisión normalizadora y el 14 de diciembre, una concentración organizada por quienes habían tomado por asalto la sede sindical, recibió al secretario general de la CGT Carlos Mendoza, quien anunció que la semana siguiente el gremio sería intervenido, y que el interventor designado, tenía experiencia en enfrentar “comunistas”.
Una vez en dictadura, el Estatuto aprobado en 1973 (ley 20.589) fue reemplazado por una nueva ley (22.163) que volvió a considerar al contratista como trabajador autónomo. Finalmente, en 1984, por medio de la ley 23.154 se restableció la vigencia de la ley 20.589, con algunas modificaciones.