Comenzaron los alegatos en el juicio por los abusos cometidos en el Instituto Provolo, donde la querella solicitó la pena de 50 años de carcel para los curas Nicola Corradi y Horacio Corbacho
Jueves 14 de noviembre de 2019 20:46
Este jueves, los abogados Oscar Barrera y Leandro Lanci, que representan a un grupo de sobrevivientes de los abusos sexuales cometidos en el instituto religioso de Lujan de Cuyo, solicitaron en su alegato la pena de 50 años de carcel para los curas Nicola Corradi y Horacio Corbacho y de 30 años para el empleado del instituto Armando Gómez.
A través de un comunicado, desde la Asociacion Xumek explicaron que "requerimos la pena de 50 años prisión para Horacio Hugo Corbacho por 9 hechos calificados de abuso sexual con acceso carnal, con las agravantes por ser encargado de la guarda, por ser ministro de un culto y por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo; abuso sexual con gravemente ultrajante, con las agravantes por ser encargado de la guarda, por ser ministro de un culto y por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo; abuso sexual simple, con las agravantes por ser encargado de la guarda, por ser ministro de un culto y por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo; y corrupción de menores, agravado por ser el autor encargado de su guarda".
Por su parte, la fiscalía ya había solicitado la pena de 45 años de prisión para los curas Corradi y Corbacho, y de 22 años y 6 meses para Gómez.
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El juicio continuará con la defensa de los curas abusadores y se espera que la semana próxima pueda haber sentencia. La fecha coincidiría con el tercer aniversario de que saliera a la luz uno de los casos abuso eclesiástico más importantes de la historia argentina.
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A su vez, desde Xumek, solicitaron una serie de medidas para contener a los sobrevivientes de los aberrantes hechos cometidos contra niñas y niños sordos:
COMUNICADO JUICIO PROVOLO
En el día de hoy, los abogados de Xumek, Sergio Salinas y Lucas Lecour, realizamos nuestros alegatos en el Juicio del Próvolo con relación a las 5 víctimas que representamos y requerimos la pena de 50 años prisión para Horacio Hugo Corbacho por 9 hechos calificados de abuso sexual con acceso carnal, con las agravantes por ser encargado de la guarda, por ser ministro de un culto y por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo; abuso sexual con gravemente ultrajante, con las agravantes por ser encargado de la guarda, por ser ministro de un culto y por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo; abuso sexual simple, con las agravantes por ser encargado de la guarda, por ser ministro de un culto y por ser cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo; y corrupción de menores, agravado por ser el autor encargado de su guarda.
Asimismo, solicitamos para Nicolas Bruno Corradi, la pena de 15 años de prisión por un solo hecho de corrupción de menores, agravado por ser el autor encargado de su guarda (el máximo legal previsto).
Y con relación a Armando Ramón Gomez, solicitamos la pena de 15 años de prisión por dos hechos de corrupción de menores y abuso sexual con acceso carnal.
Es importante aclarar que, con relación a los imputados Corradi y Gómez, solo podíamos acusar por tres hechos en total, que son aquellos en los que fueron víctimas nuestros representados. Es por ello la diferencia de pena con el Ministerio Público Fiscal, quien acusó por todos los hechos.
Asimismo, solicitamos al Tribunal que ordenara las siguientes medidas de reparación integral hacia las víctimas, teniendo en cuenta su extrema vulnerabilidad y la necesidad de evitar que se repitan violaciones como las del presente caso:
1. Se recomiendo al Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, que brinde de forma inmediata, efectiva y por el tiempo que sea necesario, tratamiento psicológico o psiquiátrico gratuito con interpretes a todas las víctimas de auto, asegurando que se le otorguen todas las facilidades necesarias para que puedan asistir al mismo, ya sea a través de becas de transporte público o mediante la visita de los profesionales a sus domicilios. Asimismo, en el caso de requerirse medicación por prescripción del psiquiatra, se garantice la misma de forma gratuita. En el caso de las víctimas que viven fuera de la provincia de Mendoza, se recomiende al Ministerio de Salud o similar en la provincia de residencia la concesión de dicho tratamiento en iguales término.
2. Se recomiende a la Dirección General de Escuela asegure a la mayor brevedad, opciones educativas o de capacitación formal a las víctimas según sus necesidades y proyecto de vida, incluyendo educación universitaria, a través de sus instituciones públicas o privadas, otorgando una beca de estudio, que incluya transporte, materiales de estudio y un estipendio que le permita cursar y concluir sus estudios. Lo mismo para aquellos casos de víctimas que viven fuera de la provincia de Mendoza.
3. Se recomiende a través del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Mendoza que inicie todos los trámites necesarios para que las víctimas puedan acceder a becas, subsidios o programas de ayuda nacional para estudiantes o trabajo joven o primer trabajo, tales como los programas Progresar o Argentina trabaja cualquier otro similar que les signifique una ayuda para el desarrollo de sus proyectos de vida.
4. Se publique solo el resolutivo de la sentencia en la página web del poder judicial, con el debido resguardo de la identidad de las víctimas.
5. Se requiera de la máxima autoridad de la Iglesia Católica Argentina, un pedido de disculpas mediante acto público a las víctimas realizadas con el acuerdo y participación de ésta.
6. Recomendar a la Municipalidad de Luján de Cuyo colocar en el inmueble donde funcionaba el Instituto Antonio Próvolo, hoy sede central de la Municipalidad, una placa recordatoria de los terribles hechos que allí sucedieron.
7. Se exhorte a la Honorable Legislatura de Mendoza a discutir el proyecto de ley de la figura del Defensor del Niño, con competencias para intervenir en ámbitos públicos o privados, laicos o religiosos, dando cumplimiento a lo establecido en el art. 52 de la Ley 9139, Régimen jurídico de protección de las personas menores de edad.
8. Se garantice que el Defensor del Niño pueda realizar inspecciones o monitoreos en cualquier tipo de instituciones, publicas o privadas, laicas o religiosas, en las que se encuentren niños, niñas o adolescentes albergados, realizar visitas periódicamente y sin previo aviso, controlando en forma permanente el trato que reciben, con miras a fortalecer su protección contra cualquier acto que pueda lesionar su dignidad e integridad, entrevistarse libre y privadamente con los niños, niñas y adolescentes, personalmente o por cualquier medio de comunicación y con la asistencia de un intérprete cuando sea necesario, así como con cualquier otra persona que se considere que pueda facilitar información pertinente.
9. Se exhorte al Congreso de la Nación a denunciar el Concordato con la Santa Sede de 1966 en todas aquellas prerrogativas que sean contrarias al marco constitucional y convencional actual, tales como la obligación de dar información, de conformidad con lo resuelto por la Excma. Suprema Corte de Justicia de Mendoza en el I.G. c/Arzobispado de Mendoza. Recurso extraordinario de inconstitucionalidad y casación de 2015.
10. Se recomiende al Poder Ejecutivo Provincial replicar el programa a cargo del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación denominado Brigada Móvil de Intervención en Urgencias con Víctimas de Delitos Sexuales que funciona en la Ciudad de Bs. As. a través de la línea 137. Las Brigadas están compuestas por una psicóloga, trabajadora social y dos oficiales de la Policía Federal que, organizadas en un sistema de guardia permanente las 24 horas durante los 365 días del año, se desplazan en un móvil no identificable hasta el lugar del hecho o la comisaría donde se encuentra la NNyA. Una vez en el lugar, los profesionales acompañan a la víctima a su familia, brindándole asistencia jurídica, social y psicológica y, en caso de ser preciso, la trasladan a un hospital público.
11. Recomiende a la Dirección General de Escuela, que haga efectiva la Ley 7393, su decreto reglamentario 2.049/2012 sobre Lengua de Señas Argentina y la reciente Ley 9168 mediante la cual se establecen talleres sobre el Lenguaje de Señas Argentina en el Sistema de Educación de la Provincia de Mendoza.
12. Que la Dirección General de Escuela, junto a la Dirección de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, con más la participación de la Oficina de Enlace del Ministerio Público Fiscal y asociaciones civiles vinculadas a la materia y cualquier otra institución competente, diseñen un “Protocolo de Actuación para la prevención de delitos de índole sexual en establecimientos educativo y/o religiosos” de conformidad con la Declaración sobre los principios fundamentales de Justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder de ONU adoptada por la Asamblea General en su resolución 40/34, de 29 de noviembre de 1985, y con la Guia de Buenas Prácticas para la protección de derechos y el acceso a la justicia de niños víctimas de abuso sexual de UNICEF.
13. Recomendar a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza y al Ministerio Público Fiscal, implemente, en un plazo razonable y con la asignación de adecuados recursos presupuestales, las Guia de Buenas Prácticas para la protección de derechos y el acceso a la justicia de niños víctimas de abuso sexual de UNICEF
14. En este sentido, recomendar al Ministerio Público Fiscal reducir los tiempos de demora en la fijación de los turnos de las Cámaras Gesell, lo que actualmente son fijados directamente en Procuración General, con una demora superior a tres meses en los mejores casos, lo que implica una afectación a la integridad de las víctimas y un riesgo a la efectividad de la investigación penal de los hechos denunciados.
15. Recomendar a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio de Seguridad de Mendoza, diseñar e impartir cursos de capacitación sobre las “Guia de Buenas Prácticas para la protección de derechos y el acceso a la justicia de niños víctimas de abuso sexual de UNICEF”, “La justicia en asuntos concernientes a menores víctimas y testigos de delitos de UNICEF”, “Las Reglas de Brasilia sobre acceso a la Justicia de Personas con vulnerabilidad” y “Protocolo sobre acceso a la justicia para personas con discapacidad” a magistrados, funcionarios judiciales, empleados judiciales y personal policial.
16. Se exhorte a las máximas autoridades de la Iglesia Católica a iniciar con las víctimas un proceso de reparación integral con el objeto de conformar un tribunal ad hoc a los efectos de determinar la eventual indemnización que pudiera corresponder, toda vez que la actual situación de extrema vulnerabilidad en la que se encuentran las víctimas y sus familias, requiere de los responsables de la Iglesia una urgente reparación de los daños ocasionados.
17. Recomendar a la Dirección de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza hacer el seguimiento de las recomendaciones, debiendo este organismo informar al tribunal las medidas dispuestas.
El juicio continuara el día de mañana con los alegatos del resto de las querellas y de la asesora de menores, quedando para el día jueves 14 de noviembre los alegatos de la defensa de los imputados.
Se estima que el Tribunal integrado por los jueces Carlos Diaz, Mauricio Juan, Exequiel Crivelli dicte sentencia la próxima semana.